Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 6870
Correcció errades publicació convocatòria plaça Educador Social, funcionari de carrera
Resolución de Alcaldía de corrección de errores advertidos en la publicación de las Bases para la convocatoria de una plaza de Educador/a Social de servicios sociales comunitarios básicos, funcionario de carrera mediante oposición. Exp. 1868/2020.
Antecedentes:
1.-En el BOIB núm. 126 de 16 de julio de 2020, se publicó la aprobación por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Capdepera, en sesión celebrada en fecha 9 de junio de 2020, las bases de la convocatoria de una plaza de Educador/a Social de servicios sociales comunitarios básicos. Funcionario de carrera mediante oposición.
2.- Se han advertido errores en la base septima (Procedimiento de selección) i en el temario específico del ANEXO I
Fundamentos de derecho:
1.- El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que se pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que pueda haber en sus actos.
Per este motivo
RESUELVO
1.-Rectificar los errores observados y,
Allí donde dice:
“Base séptima. Procedimiento de selección.
Segunda prueba: consiste en responder a las preguntas planteadas en relación con uno o dos supuestos prácticos, planteados por el Tribunal Calificador, relacionados con las materias del temario específico contenidas en el anexo I de la convocatoria, y con las funciones que deban ejercer como Trabajador/a social en los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Capdepera...”
Debe decir:
“Base séptima. Procedimiento de selección.
Segunda prueba: consiste en responder a las preguntas planteadas en relación con uno o dos supuestos prácticos, planteados por el Tribunal Calificador, relacionados con las materias del temario específico contenidas en el anexo I de la convocatoria, y con las funciones que deban ejercer como Educador/a social en los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Capdepera...”
Allí donde dice:
“ANEXO I
TEMARIO BASES DE EDUCADOR/A SOCIAL DE SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS BÁSICOS
TEMARIO
Específico
27. Ley 4/2009, de 11 de junio, de Servicios Sociales de las Islas Baleares: Definición y características de los Servicios Sociales comunitarios básicos. Profesionales del equipo de Servicios Sociales. Funciones del Trabajador Social en los Servicios Sociales comunitarios y Servicios Sociales especializados. Los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Capdepera.
Debe decir:
ANEXO I
TEMARIO BASES DE EDUCADOR/A SOCIAL DE SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS BÁSICOS.
TEMARIO
Específico
27. Ley 4/2009, de 11 de junio, de Servicios Sociales de las Islas Baleares: Definición y características de los Servicios Sociales comunitarios básicos. Profesionales del equipo de Servicios Sociales. Funciones del Educador Social en los Servicios Sociales comunitarios y Servicios Sociales especializados. Los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Capdepera.
2.-Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Capdepera.
Capdepera, 27 de julio de 2020
El alcalde
Rafel Fernández Mallol