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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 6870
Correcció errades publicació convocatòria plaça Educador Social, funcionari de carrera

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Texto

Resolución de Alcaldía de corrección de errores advertidos en la publicación de las Bases para la convocatoria de una plaza de Educador/a Social de servicios sociales comunitarios básicos, funcionario de carrera mediante oposición. Exp. 1868/2020.

Antecedentes:

1.-En el BOIB núm. 126 de 16 de julio de 2020, se publicó la aprobación por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Capdepera, en sesión celebrada en fecha 9 de junio de 2020, las bases de la convocatoria de una plaza de Educador/a Social de servicios sociales comunitarios básicos. Funcionario de carrera mediante oposición.

2.- Se han advertido errores en la base septima (Procedimiento de selección) i en el temario específico del ANEXO I

Fundamentos de derecho:

1.- El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que se pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que pueda haber en sus actos.

Per este motivo

RESUELVO

1.-Rectificar los errores observados y,

Allí donde dice:

“Base séptima. Procedimiento de selección.

Segunda prueba: consiste en responder a las preguntas planteadas en relación con uno o dos supuestos prácticos, planteados por el Tribunal Calificador, relacionados con las materias del temario específico contenidas en el anexo I de la convocatoria, y con las funciones que deban ejercer como Trabajador/a social en los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Capdepera...”

Debe decir:

“Base séptima. Procedimiento de selección.

Segunda prueba: consiste en responder a las preguntas planteadas en relación con uno o dos supuestos prácticos, planteados por el Tribunal Calificador, relacionados con las materias del temario específico contenidas en el anexo I de la convocatoria, y con las funciones que deban ejercer como Educador/a social en los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Capdepera...”

Allí donde dice:

“ANEXO I

TEMARIO BASES DE EDUCADOR/A SOCIAL DE SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS BÁSICOS

TEMARIO

Específico

27. Ley 4/2009, de 11 de junio, de Servicios Sociales de las Islas Baleares: Definición y características de los Servicios Sociales comunitarios básicos. Profesionales del equipo de Servicios Sociales. Funciones del Trabajador Social en los Servicios Sociales comunitarios y Servicios Sociales especializados. Los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Capdepera.

Debe decir:

ANEXO I

TEMARIO BASES DE EDUCADOR/A SOCIAL DE SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS BÁSICOS.

TEMARIO

Específico

27. Ley 4/2009, de 11 de junio, de Servicios Sociales de las Islas Baleares: Definición y características de los Servicios Sociales comunitarios básicos. Profesionales del equipo de Servicios Sociales. Funciones del Educador Social en los Servicios Sociales comunitarios y Servicios Sociales especializados. Los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Capdepera.

2.-Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Capdepera.

 

Capdepera, 27 de julio de 2020

El alcalde

Rafel Fernández Mallol