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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 6663
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2020, por el que se decide que un importe de 15.000.000 de euros, correspondiente a los proyectos aprobados en el marco del Plan Anual de Impulso del Turismo Sostenible para el año 2019 que constan relacionados en el anexo 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, respecto de los que se declaró que no se ejecutarán en el marco del plan anual mencionado, se imputará al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas a la COVID-19), de acuerdo con lo que prevé el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, y se concreta su destino

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Texto

El Plan de Mejora de la Sostenibilidad y la Eficiencia Urbana es un compromiso aprobado formalmente durante la II Conferencia de Presidentes de esta legislatura y una de las prioridades que se ha marcado el Gobierno de las Illes Balears, más necesaria tras la crisis sanitaria, dado que, la irrupción de la COVID-19 ha provocado una situación extraordinaria y sin precedentes en las Illes Balears que ha afectado de manera generalizada y transversal a todos los sectores de nuestra sociedad.

El Plan consiste en un mecanismo de colaboración entre el Gobierno, los consejos insulares y los ayuntamientos, por el que se acuerda hacer una aportación económica, a partes iguales. Se enmarca dentro de los objetivos estratégicos de las Illes Balears, donde se ha planteado un modelo de progreso basado en la renovación urbana, la mejora de los servicios básicos urbanos, la sostenibilidad energética y ambiental, la eficiencia en el uso de los recursos naturales, la protección del territorio y la diversificación de un modelo económico que requiere sectores con potencial para crear empleo cualificado, estable y de calidad.

Dadas la alarmante bajada de la actividad económica y la destrucción del empleo provocadas por la crisis sanitaria, el Plan pretende impulsar la agenda urbana como mecanismo de reactivación y generación de la actividad y empleo a medio plazo.

El Gobierno de las Illes Balears se compromete a destinar 15.000.000 de euros este mismo año 2020 a proyectos de ámbito municipal en las islas de Mallorca, Menorca e Ibiza. En cuanto al reparto de este fondo del Gobierno, el Consejo Insular de Mallorca recibirá 11,1 millones de euros, el de Menorca, 1,8 millones de euros, y el de Ibiza, 2,1 millones de euros, los cuales además de aportar, respectivamente, la misma cuantía, se comprometen a realizar la correspondiente convocatoria pública de subvenciones para que los municipios de cada isla respectiva puedan presentar sus proyectos. Así, los ayuntamientos serán los encargados de ejecutar las actuaciones, aprovechando también las medidas de agilización incluidas en el Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.

Por otra parte, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, se declaró que se consideran de ejecución estratégica los proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que constan relacionados en el anexo 1 que se adjunta al Acuerdo mencionado, según la excepción prevista en el primer párrafo in fine del artículo 36.1 del Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19. Asimismo, se declaró que no se ejecutarán los proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que constan relacionados en el anexo 2 que se adjunta al Acuerdo mencionado, y por el importe que establece en el mismo anexo, según el último párrafo del artículo 36.1 del Decreto ley 8/2020 antes mencionado, sin perjuicio de su financiación posterior a cargo de ejercicios futuros. Finalmente, el Acuerdo mencionado declaró que el resto de proyectos que constan relacionados en el anexo 3 que se adjunta al Acuerdo mencionado pueden seguir su curso, de acuerdo con las condiciones y los requisitos resultantes de los planes respectivos y las resoluciones de aprobación de cada proyecto, y el importe máximo que se establece en el mismo anexo.

Hay que tener en cuenta que el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020 antes mencionado prevé que:

2. Las aplicaciones que, en forma de proyectos o de líneas de gasto o inversión, acuerde el Consejo de Gobierno, que se tienen que imputar al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas a la COVID-19), al cual hace referencia el artículo 11 del Decreto Ley 4/2020, de 20 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación, convenios, conciertos educativos y subvenciones, servicios sociales, medio ambiente, procedimientos administrativos y presupuestos para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19, se tienen que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears, e implicarán la autorización previa al consejero o al órgano competente para la autorización del gasto a que se refiere el artículo 72.2 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y también para la suscripción del contrato, la subvención, el convenio o el negocio jurídico correspondiente en cada caso, en los casos en que la legislación presupuestaria o sectorial establezca la necesidad de esta autorización previa.

Así, mediante el presente Acuerdo, se decide que un importe total de 15.000.000 de euros, correspondientes a los proyectos aprobados en el marco del Plan Anual de Impulso del Turismo Sostenible para el año 2019 que constan relacionados en el anexo 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, respecto de los cuales se declaró que no se ejecutarán en el marco del plan anual mencionado, se imputará al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas a la COVID-19), de acuerdo con lo previsto en el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020 antes mencionado, y, en concreto, se destinará a los gastos del Plan de Mejora de la Sostenibilidad y la Eficiencia Urbana.

Al tratarse de créditos de la sección presupuestaria 37, se debe tramitar la transferencia de crédito correspondiente en los estados de gastos del presupuesto corriente del ejercicio 2020, de acuerdo con lo previsto en el último párrafo del artículo 36.3 del Decreto ley 8/2020 antes mencionado.

Este Acuerdo se toma sin perjuicio de que se puedan tomar otros acuerdos posteriores que decidan que otros proyectos o líneas de gasto o inversión se imputen al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas a la COVID-19), de acuerdo con lo previsto en el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020 antes mencionado.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta conjunta de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores y del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, en la sesión del día 24 de julio de 2020, adopta, entre otros, el Acuerdo siguiente

Primero. Decidir que un importe total de 15.000.000 de euros, correspondiente a los proyectos aprobados en el marco del Plan Anual de Impulso del Turismo Sostenible para el año 2019 que constan relacionados en el anexo 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, respecto de los cuales se declaró que no se ejecutarán en el marco del plan anual mencionado, se imputará al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas a la COVID-19), de acuerdo con lo previsto en el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19. En concreto, este importe se destinará a la financiación de las medidas del Plan de Mejora de la Sostenibilidad y la Eficiencia Urbana, aportación que se realizará a los consejos insulares de la siguiente forma: 11,1 millones de euros para el Consejo Insular de Mallorca, 1,8 millones de euros para el Consejo Insular de Menorca y 2,1 millones de euros para el Consejo Insular de Ibiza. Cada consejo insular aportará la misma cuantía respectiva y se compromete a realizar la correspondiente convocatoria pública de subvenciones para que los municipios de cada isla respectiva puedan presentar sus proyectos.

Segundo. Determinar que, de acuerdo con el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020 antes mencionado, en relación con el apartado 2 del artículo 10 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2020, modificado por el apartado 1 de la disposición final novena del Decreto ley 8/2020, este Acuerdo implica la autorización previa al consejero de Movilidad y Vivienda para ejercer la competencia en materia de autorización y disposición del gasto derivado de los convenios de colaboración que se tramiten para la ejecución de las medidas mencionadas en el punto anterior, por un importe total de 15.000.000 de euros, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias para el año 2020:

Partida de alta

Importe

25601 413G01 76100 10

11.100.000 €

25601 413G01 76100 20

1.800.000 €

25601 413G01 76100 30

  2.100.000 €

TOTAL

  15.000.000 €

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 24 de julio de 2020

La secretaria del Consejo de Gobierno Pilar Costa i Serra