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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 6662
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2020 por el cual se decide que un importe de 6.200.000 euros, correspondiente a los proyectos aprobados en el marco de los Planes Anuales de Impulso del Turismo Sostenible para el año 2019 que constan relacionados en el anexo 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, respecto de los cuales se declaró que no se ejecutarán en el marco de los planes anuales correspondientes, se debe imputar al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas al COVID-19), de acuerdo con lo que prevé el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, y se concreta el destino

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Texto

La gestión de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 obligó a parar buena parte de la economía de nuestras islas, así como en el resto del estado español, una medida también adoptada por la inmensa mayoría de países europeos y del resto del mundo. Como es evidente, este parón de la actividad está teniendo consecuencias muy graves en la economía balear, con el añadido que la propia especialización productiva insular, centrada en el turismo, el cual tiene un peso superior al 26€% del PIB balear, ha provocado que la incidencia del parón se mantenga una vez permitida la reactivación económica.

En términos del mercado laboral, los efectos de la parada económica y la incertidumbre ante una temporada turística de muy baja intensidad no se han hecho esperar. Con los datos de final de junio, la ocupación ha caído interanualmente en 85.000 personas, un -14,7%. Con estas cifras se tiene que considerar, que 121.000 personas continúan afectadas por ERTE, lo que supone un número potencialmente alto de personas que pueden pasar a la situación de desempleo.

En términos de paro, la crisis sanitaria, y con las consecuencias sobre las dificultades para empezar la temporada turística, ha provocado que el paro pase de 38.000 personas en el mes de marzo a más del doble ya en el mes de mayo, con 74.000 personas.

Por esto, es necesario desplegar un conjunto amplio de políticas activas de empleo para dar respuesta a este enorme incremento, sin precedentes, que se ha producido en tan corto plazo de tiempo. Dentro de este abanico de políticas de empleo en estos momentos se hace necesario que las personas desempleadas de corta duración no pierdan sus competencias profesionales y, así puedan tener una alta empleabilidad tan pronto como la economía vuelva a alcanzar los valores previos a la crisis sanitaria.

Para paliar los efectos de esta crisis, el Servicio de Empleo de las Islas Baleares (SOIB) tiene previsto aprobar un programa de ayudas que se gestionará mediante la convocatoria de subvenciones SOIB REACTIVA, que se debe ejecutar en el marco de colaboración con las entidades locales, configurado como una política activa de fomento del empleo para que las personas paradas que no puedan integrarse en el mercado laboral a causa de la crisis económica causada por el COVID-19, puedan mantener sus competencias profesionales y mejorar su empleabilidad.

El objeto de estas ayudas será la contratación por parte de las entidades locales o entidades dependientes o vinculadas a los entes locales de personas jóvenes desempleadas menores de 30 años, personas desempleadas de 30 años o más, parados de larga duración y personas desocupadas de 30 años o más, que no cumplan la condición de personas paradas de larga duración, por un periodo de 4 meses.

El SOIB quiere destinar a este programa de ayudas un crédito aproximado de 22.622.125,76 euros, que se pagarán a las entidades destinatarias en el ejercicio 2020. Este crédito se asignará por reparto territorial entre todas las islas y municipios de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Este crédito proviene de diversos fondos: 4.431.162,57 euros provienen del fondo del Programa Operativo de Empleo Juvenil (FSE); 7.759.000,62 euros provienen del Fondo de Impulso del Turismo Sostenible (ITS) y del FSE Programa Operativo Regional 2014-2020; 4.231.962,57 euros de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales del fondo finalista 20021; y 6.2000.000 euros correspondientes a proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que constan relacionados en el anexo 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, los cuales se declaró que no se ejecutarían en el marco de los planes anuales correspondientes.

En el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, se declaró que se consideraban de ejecución estratégica los proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que consten relacionados en el anexo 1 que se adjunta al acuerdo citado, según la excepción prevista en el primer párrafo in fine del artículo 36.1 del Decreto Ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para impulsar la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por el COVID-19. Así mismo, se declaró que no se ejecutarían los proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que consten relacionados en el anexo 2 que se adjunta al Acuerdo citado, y por el importe que se establece en el mismo anexo, según el último párrafo del artículo 36.1 del Decreto ley 8/2020 citado anteriormente, sin perjuicio de su financiamiento posterior a cargo de ejercicios futuros. Finalmente, el Acuerdo citado declaró que el resto de proyectos que consten relacionados en el anexo 3 que se adjunta en el Acuerdo citado pueden seguir su curso, de acuerdo con las condiciones y los requisitos resultantes de los planes respectivos y las resoluciones de aprobación de cada proyecto, y el importe máximo que se establece en el mismo anexo.

Debe tenerse en cuenta que el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020 citado anteriormente prev´é que:

2. Las aplicaciones que, en forma de proyectos o de lineas de gasto o inversión, acuerde el Consejo de Gobierno, que se deben imputar al programa presupuestario de gato 413G (acciones públicas relativas al COVID-19), al que hace referencia el artículo 11 del Decreto ley 4/2020, de 20 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación, convenios, conciertos educativos y subvenciones, servicios sociales, medio ambiente, procedimientos administrativos y presupuestos para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, se han de publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, e implicarán la autorización previa del consejero o del órgano competente para la autorización de gasto al que se refiere el artículo 72.2 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y también para la suscripción del contrato, la subvención, el convenio o el negocio jurídico correspondiente en cada caso, en los casos en los que la legislación presupuestaria o sectorial establezca la necesidad de esta autorización previa.

Así, mediante el presente Acuerdo, se decide que un importe total de 6.200.000 euros, correspondientes a los proyectos aprobados en el marco del Plan Anual de Impulso del Turismo Sostenible para el año 2019 que constan relacionados en el anexo 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, respecto de los cuales se declaró no se ejecutarían en el marco del plan anual citado, se debe imputar al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas al COVID-19), de acuerdo con lo que prevé el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020 citado antes, y, en concreto se debe destinar al programa de ayudas que se gestionará mediante la convocatoria de subvenciones SOIB REACTIVA.

Al tratarse de créditos de la sección presupuestaria 37, se debe tramitar la transferencia de crédito correspondiente a los estados de gastos del presupuesto corriente del ejercicio 2020, de acuerdo con lo que prevé el último párrafo del artículo 36.3 del Decreto ley 8/2020 citado antes.

Este acuerdo se toma sin perjuicio de que se puedan tomar otros acuerdos posteriores que decidan que otros proyectos o lineas de gasto o inversión se imputen al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas al COVID-19), de acuerdo con lo que prevé el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020 citado antes.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta conjunta de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores y del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, en la sesión del día 24 de julio de 2020, adopta, entre otros, el Acuerdo siguiente

Primero. Decidir que un importe total de 6.200.000 euros, correspondientes a proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que consten relacionados en el anexo 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, respecto de los cuales se declaró que no se ejecutarían en el marco de los planes anuales correspondientes, se debe imputar al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas al COVID-19), de acuerdo con el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por el COVID-19. En concreto, este importe se debe destinar a financiar parte del programa de ayudas que tramita el SOIB en el marco de la convocatoria de subvenciones SOIB REACTIVA por un crédito total de 22.622.125,76 euros, que se abonará a las entidades beneficiarias dentro del ejercicio presupuestario 2020, y que tiene por objeto la contratación por parte de las entidades locales o entidades dependientes o vinculadas a los entes locales de personadas paradas por un periodo de 4 meses. La asignación de la subvención se realizará por reparto territorial entre islas y municipios de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Segundo. Determinar que, de acuerdo con el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020 citado antes, en relación con el apartado 2 del artículo 10 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, modificado por el apartado 1 de la disposición final novena del Decreto ley 8/2020, este Acuerdo implica la autorización previa al presidente del SOIB para ejercer la competencia en materia de autorización y disposición de gasto derivada del programa de ayudas que se gestionará mediante la convocatoria de subvenciones SOIB REACTIVA citada en el punto anterior, por un importe de 6.200.000 euros.

Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Palma, 24 de julio de 2020

La secretaria del Consejo de Gobierno Pilar Costa i Serra