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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 6641
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre la modificación no sustancial consistente en la construcción de la celda II des Milà, promovido por el Consorcio de Residuos de Menorca (IPPC M31/2019)

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.3 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 25 de junio de 2020,

"CONSIDERANDO

1. Que el Consorcio de Residuos y Energía de Menorca ha solicitado modificación de la Autorización Ambiental Integrada del Área de Tratamiento de Residuos des Milà consistente en la construcción de la celda II.

2. Que la documentación aportada justifica que se trata de una modificación no sustancial, en cumplimiento del artículo 14 del RD 815/2013.

3. Que los informes emitidos por los diferentes organismos son favorables y proponen una serie de condicionantes y modificaciones en la Autorización Ambiental Integrada.

ACUERDA

Primero.- Conceder la modificación no sustancial de la Autorización Ambiental Integrada del área de tratamiento de residuos des Milà consistente en la construcción de la celda II. Con las condiciones de explotación, capacidad y procesos indicados en la documentación que acompaña la solicitud y con sujeción a las siguientes condiciones:

-En el punto 2 del apartado 7.2.1 donde dice:

2.Los lixiviados des Milà I se recogerán por gravedad en la parte norte del vaso. El titular, en el plazo de un año, deberá llevar a cabo las actuaciones necesarias para que sean bombeadas hacia el pozo de registro situado al pie del talud des Milà II de donde se han de conducir a la balsa de lixiviados .

Los lixiviados des Milà II se recogerán mediante un pozo de registro situado al pie del talud, se deben conducir por gravedad en un segundo pozo situado frente al límite oeste de la celda III y, finalmente, se han de bombear hacia la balsa de lixiviados.

Los lixiviados de la ampliación des Milà II se recogerán de forma separada cada una de las celdas mediante una red de drenes instalados en espina de pescado y pozos unidos mediante un colector que les ha de transportar hasta la balsa de lixiviados.

Debe decir:

2.Los lixiviados des Milà I se recogerán por gravedad en la parte norte del vaso. El titular, en el plazo de un año, deberá llevar a cabo las actuaciones necesarias para que sean bombeadas hacia el pozo de registro situado al pie del talud des Milà II de donde se han de conducir a la balsa de lixiviados.

Los lixiviados des Milà II se recogerán mediante un pozo de registro situado al pie del talud, se deben conducir por gravedad a un segundo pozo situado frente al límite oeste de la celda III y, finalmente, se han de bombear hacia la balsa de lixiviados.

Los lixiviados de la ampliación des Milà II se recogerán de forma separada cada una de las celdas mediante una red de drenes instalados en espina de pescado y pozos unidos mediante un colector que los ha de transportar hasta la balsa de lixiviados.

La celda II dispondrá de un sistema de gestión de lixiviados de forma separada en cada una de las subceldas por encima de la impermeabilización del vaso, que estará formado por un sistema de tuberías de PEAD a modo de espina de pescado y de 200 mm de diámetro, una capa de gravas de 0,5 m de espesor que se situará sobre el sistema de impermeabilización del vaso, y las tuberías de captación.

Los lixiviados captados serán transportados por gravedad hasta un pozo de registro, de aquí a través de una doble tubería de seguridad en una arqueta de PEAD, y finalmente se conducirán a la balsa de lixiviados a través de un sistema de doble tubería de seguridad para evitar fugas accidentales en caso de rotura de la tubería de transporte.

Para garantizar la impermeabilización del fondo de la celda II respecto a la subida del nivel freático, se ejecutará una capa de PEAD adicional por debajo de la capa de geocompuesto bentonítico para evitar la interferencia entre las aguas subterráneas y el fondo del vaso.

Los lixiviados generados durante el relleno de tierras de la fase II de la ampliación des Milà II serán transportados por gravedad por el sistema de drenaje de lixiviados de la celda II.

-En la tabla del punto 1 del apartado 7.3.2 donde dice:

1.La periodicidad con que se debe efectuar el control de las aguas es el que se establece en la siguiente tabla:

Controles

Parámetros

Explotación

Post clausura

Aguas subterráneas

Composición

Zona saturada

Trimestral

Semestral

Nivel freático

Trimestral

Semestral

Composición

Zona no saturada

Cada 5 años

Cada 5 años

Lixiviados y aguas pluviales en el vaso

Volumen

Mensual

Semestral

Composición

Trimestral

Semestral

Superficiales

Volumen y composición

Trimestral

Semestral

Lixiviados tratados vertidos a la red de alcantarillado

Volumen y composición

Trimestral

Semestral

Lixiviados tratados por humectación de los residuos del vertedero

Volumen y composición

Mensual

-

Lixiviados del dren de seguridad de la subcelda E(1)

Volumen y composición

Mensual los 6 primeros meses, trimestral

Semestral

Aguas subterráneas bajo la subcelda E(2)

Volumen y composición

Mensual los 6 primeros meses, trimestral y después de episodio de lluvias fuertes

Semestral

Lixiviados del punto de bombeo de la celda III (de los residuos bajo la nueva impermeabilización)

Volumen y composición

Mensual los 6 primeros meses, trimestral

Semestral

Lixiviados de la celda III (de los residuos sobre la nueva impermeabilización)

Volumen

Mensual

Semestral

Composición

Mensual los 6 primeros meses, trimestral

Semestral

Aguas subterráneas en el punto de control bajo celda III (2)

Volumen y composición

Mensual los 6 primeros meses, trimestral y después de episodio de lluvias fuertes

Semestral

Aguas subterráneas en el punto de control bajo el depósito de lixiviados (2)

Volumen y composición

Mensual los 6 primeros meses, trimestral y después de episodio de lluvias fuertes

Semestral

Depósito de pluviales de las cubiertas y pluviales limpias de pavimentos de las instalaciones de tratamiento y valorización de residuos

Volumen

Mensual

-

Composición

Trimestral

-

(1) En caso de detectar la presencia de líquido, se comunicará inmediatamente al órgano ambiental, se tomará una muestra para su analítica. En el supuesto de encontrarse una afección a las aguas subterráneas deberá bombear y realizar el tratamiento idóneo en la planta de tratamiento de lixiviados.

(2) En caso de detectar afección a las aguas subterráneas se comunicará inmediatamente al órgano ambiental y las aguas se deberán tratar como lixiviado en la planta de tratamiento y no se podrán destinar a torrente.

 

Debe decir:

1. La periodicidad con la que se debe efectuar el control de las aguas es el que se establece en la siguiente tabla:​​​​​​

Controles

Parámetros

Explotación

Post clausura

Aguas subterráneas

Composición

Zona saturada

Trimestral

Semestral

Nivel freático

Trimestral

Semestral

Composición

Zona no saturada

Cada 5 años

Cada 5 años

Lixiviados y aguas pluviales en el vaso

Volumen

Mensual

Semestral

Composición

Trimestral

Semestral

Superficiales

Volumen y composición

Trimestral

Semestral

Lixiviados tratados vertidos en la red de alcantarillado

Volumen y composición

Trimestral

Semestral

Lixiviados tratados por humectación de los residuos del vertedero

Volumen y composición

Mensual

-

Lixiviados del dren de seguridad de la subcelda E(1)

Volumen y composición

Mensual los 6 primeros meses, trimestral

Semestral

Aguas subterráneas bajo la subcelda E(2)

Volumen y composición

Mensual los 6 primeros meses, trimestral y después de episodio de lluvias fuertes

Semestral

Lixiviados del punto de bombeo de la celda III (de los residuos bajo la nueva impermeabilización)

Volumen y composición

Mensual los 6 primeros meses, trimestral

Semestral

Lixiviados de la celda III (de los residuos sobre la nueva impermeabilización)

Volumen

Mensual

Semestral

Composición

Mensual los 6 primeros meses, trimestral

Semestral

Aguas subterráneas en el punto de control bajo celda III (2)

Volumen y composición

Mensual los 6 primeros meses, trimestral y después de episodio de lluvias fuertes

Semestral

Aguas subterráneas en el punto de control bajo el depósito de lixiviados (2)

Volumen y composición

Mensual los 6 primeros meses, trimestral y después de episodio de lluvias fuertes

Semestral

Depósito de pluviales de las cubiertas y pluviales limpias de pavimentos de las instalaciones de tratamiento y valorización de residuos

Volumen

Mensual

-

Composición

Trimestral

-

Lixiviados de la celda II

Volumen

Mensual

Semestral

Composición

Trimestral

 

(1) En caso de detectar la presencia de líquido, se comunicará inmediatamente al órgano ambiental, se tomará una muestra para su analítica. En el supuesto de encontrarse una afección a las aguas subterráneas deberá bombear y realizar el tratamiento idóneo en la planta de tratamiento de lixiviados.

(2) En caso de detectar afección a las aguas subterráneas se comunicará inmediatamente al órgano ambiental y las aguas se deberán tratar como lixiviado en la planta de tratamiento y no se podrán destinar a torrente.

-En el punto 3 del apartado 7.3.2 donde dice:

3. Se debe ejecutar y llevar el control de los siguientes pozos de control de las aguas subterráneas:

-El Pz 3 (punto de control 3) que se encuentra más cercano a la ampliación des Milà II, celdas I y II, que se trata de un pozo autorizado pero que no se ha ejecutado.

-El Pz 6, situado entre la celda III y Milà II.

-El Pz 7, situado al sur de la celda III.

-El Pz 8, situado al oeste de la celda III, para tener datos aproximados de lo que sucede en la celda III, con una profundidad aproximada de 20 m, un diámetro de 250 mm y que consistirá en una tubería de PVC ranurada en su totalidad.

-El Pz 9, situado al norte de Milà II, en la zona de las plantas de tratamiento de residuos, con el fin de disponer de las características hidroquímicas en la zona de cabecera, y también servirá para evaluar cuantitativamente la recarga, instalando en el piezómetro una sonda tipo Diver para el control de presión. La profundidad aproximada será de 40 m, el diámetro de 250 mm y consistirá en una tubería de PVC ranurada en su totalidad.

Las características del Pz 3, Pz 6 y Pz 7 serán una profundidad de 25-30 m, un diámetro de 250 mm y consistirá en una tubería de PVC ranurada en su totalidad.

Respecto al entubado de todos los pozos de control, en función de cuáles sean los niveles registrados, la entubación deberá ser totalmente ranurado o parcialmente ranurado. En el caso en que no se detecten filtraciones provenientes de Milà II, la entubación será totalmente ranurado (a excepción del tramo superior de 2-3 m sellados). En caso de que aparezcan surgencias habrá que aislar el nivel de la surgencia con el nivel freático más profundo.

Punt núm.

Coordenadas UTM (x,y)

Pz 1

607.904, 4.419.822

Pz 2

607.588, 4.419.407

Pz 3

607.480, 4.418.990

Pz 4

607.745, 4.418.928

Pz 5

608.000, 4.419.880

Pz 6

607.830, 4.419.020

Pz 7

607.880, 4.418.890

Pz 8

607.755, 4.419.008

Pz 9

607.760, 4.419.274

Respecto a la propuesta del estudio hidrogeológico a realizar que incorpora el "Proyecto constructivo de las actuaciones de mejora de la fase I de ampliación del vertedero des Milà II, celda III y balsa de lixiviados (marzo de 2016) ", hay que hacer una serie de consideraciones:

1.Para poder caracterizar correctamente el subsuelo y determinar los posibles niveles freáticos y calidad de las aguas es necesario que los nuevos sondeos (Pz 3, Pz 6, Pz 7, Pz 8 y Pz 9) se lleven a cabo en primer lugar con testigo continuo. Una vez descritos los testigos y determinadas las profundidades y calidad de las aguas se podrá proceder a reperforar los sondeos con un diámetro suficiente que permita el muestreo. Opcionalmente se puede optar por perforar el sondeo con testigo continuo pero con un diámetro superior, de modo que no sea necesario la reperforación.

2.Las cajas con los testigos deberán ser guardadas para que técnicos de la administración puedan llevar a cabo la revisión de los mismos.

3.El Pz 6 y el Pz 8 son los que su vida útil depende del avance de la explotación y que deberán ser sellados.

4.Respecto al ensayo de bombeo hay que indicar que en cualquier caso la duración mínima será de 8 h.

5.El monitoreo que se propone para las aguas arriba también se debería realizar en la zona de aguas abajo, por ejemplo el Pz 7.

El estudio hidrogeológico se realizará en paralelo a la ejecución de las obras del proyecto presentado, de manera que cuando se finalicen las obras, estimadas en 19 semanas, se deben haber entregado al órgano ambiental, los resultados del estudio hidrogeológico junto con la determinación de las actuaciones que se llevarán a cabo para evitar el contacto de los niveles freáticos con el fondo de la celda III y para reducir el volumen de lixiviados generados.

Debe decir:

3. Se debe ejecutar y llevar el control de los siguientes pozos de control de las aguas subterráneas:

Punt núm.

Coordenadas UTM (x,y)

Pz 1

607.904, 4.419.822

Pz 2

607.588, 4.419.407

Pz 3

607.480, 4.418.990

Pz 4*

607.745, 4.418.928

Pz 4

607.772, 4.418.926

Pz 5

608.000, 4.419.880

Pz 6*

607.830, 4.419.020

Pz 7

607.880, 4.418.890

Pz 8*

607.755, 4.419.008

Pz 9

607.760, 4.419.274

Pz 14

607.799, 4.418.934

Pz 15

607.836, 4.418.909

* Sellado durante la ejecución de la ampliación de Milà II

-El Pz 3 (punto de control 3) que se encuentra más cercano a la ampliación de Milà II, celdas I y II, que se trata de un pozo autorizado pero que no se ha ejecutado.

-El Pz 6, situado entre la celda III y Milà II.

-El Pz 7, situado al sur de la celda III.

-El Pz 8, situado al oeste de la celda III, para tener datos aproximados de lo que sucede en la celda III, con una profundidad aproximada de 20 m, un diámetro de 250 mm y que consistirá en una tubería de PVC ranurada en su totalidad.

-El Pz 9, situado al norte de Milà II, en la zona de las plantas de tratamiento de residuos, con el fin de disponer de las características hidroquímicas en la zona de cabecera, y también servirá para evaluar cuantitativamente la recarga, instalando en el piezómetro una sonda tipo Diver para el control de presión. La profundidad aproximada será de 40 m, el diámetro de 250 mm y consistirá en una tubería de PVC ranurada en su totalidad.

-El Pz 14 y Pz 15, se ejecutarán con la ampliación de Milà II para captar los lixiviados que pudieran percolar desde Milà II a las aguas subterráneas. La profundidad aproximada será de 20 m, el diámetro será el suficiente para el muestreo y bombeo de las aguas subterráneas.

-El Pz 4 será sellado y reubicado durante la ejecución de las obras de la celda II. La profundidad aproximada será de 10 m, el diámetro será suficiente para el muestreo y bombeo de las aguas subterráneas.

Las características del Pz 3, Pz 6 y Pz 7 serán de una profundidad de 25-30 m, un diámetro de 250 mm y consistirá en una tubería de PVC ranurada en su totalidad.

Respecto a la ejecución de los nuevos sondeos Pz 4, Pz 14 y Pz 15, las perforaciones exploratorias se llevarán a cabo con una perforación previa con rotación con extracción de testigo continuo. El revestimiento de los piezómetros serán de PVC con un diámetro suficiente que permita el bombeo de las aguas subterráneas y con la mayor parte de la tubería ranurada.

Respecto al entubado de todos los pozos de control, en función de cuáles sean los niveles registrados, la entubación deberá ser totalmente ranurado o parcialmente ranurado. En el caso en que no se detecten filtraciones provenientes de Milà II, la entubación será totalmente ranurado (a excepción del tramo superior de 2-3 m sellados). En caso de que aparezcan surgencias habrá que aislar el nivel de la surgencia con el nivel freático más profundo.

Respecto a la propuesta del estudio hidrogeológico a realizar que incorpora el "Proyecto constructivo de las actuaciones de mejora de la fase I de ampliación del vertedero de Milà II, celda III y balsa de lixiviados (marzo de 2016) ", hay que hacer una serie de consideraciones:

-Para poder caracterizar correctamente el subsuelo y determinar los posibles niveles freáticos y calidad de las aguas es necesario que los nuevos sondeos (Pz 3, Pz 6, Pz 7, Pz 8 y Pz 9) se lleven a cabo en primer lugar con testigo continuo. Una vez descritos los testigos y determinadas las profundidades y calidad de las aguas se podrá proceder a reperforar los sondeos con un diámetro suficiente que permita el muestreo. Opcionalmente se puede optar por perforar el sondeo con testigo continuo pero con un diámetro superior, de modo que no sea necesario la reperforación.

-Las cajas con los testigos deberán ser guardadas para que técnicos de la administración puedan llevar a cabo la revisión de los mismos.

-El Pz 6 y el Pz 8 son los que su vida útil depende del avance de la explotación y que deberán ser sellados.

-Respecto al ensayo de bombeo hay que indicar que en cualquier caso la duración mínima será de 8 h.

-El monitoreo que se propone para las aguas arriba también se debería realizar en la zona de aguas abajo, por ejemplo el Pz 7.

-El estudio hidrogeológico se realizará en paralelo a la ejecución de las obras del proyecto presentado, de manera que cuando se finalicen las obras, estimadas en 19 semanas, se deben haber entregado al órgano ambiental, los resultados del estudio hidrogeológico junto con la determinación de las actuaciones que se llevarán a cabo para evitar el contacto de los niveles freáticos con el fondo de la celda III y para reducir el volumen de lixiviados generados.

Respecto al Proyecto constructivo de la celda II, de la Fase II de ampliación del vertedero de Milà II (octubre 2019), una vez se disponga de los resultados de las actuaciones de excavación se ejecutará un sistema de drenaje y control de las aguas subterráneas para evitar subpresiones en la zona suroeste de la celda II. La actuación será la ejecución de una zanja en el perímetro sur de la celda II con material drenante para disminuir el nivel freático y conducir las posibles aguas subterráneas en el pozo de bombeo Pz 4.

Los pozos de bombeo Pz4, Pz 15 y Pz 14 dispondrán de contadores volumétricos para registrar el volumen de agua subterránea extraída. El bombeo irá acompañado de un control analítico y si la conductividad es superior a 2.500 mS/cm las aguas se destinarán a la planta de tratamiento de lixiviados de Milà y si son inferiores verterán al cauce público. Los resultados de este seguimiento serán reportados trimestralmente al órgano ambiental.

En caso de detectar contaminación en las aguas subterráneas en función de los resultados analíticos en estos puntos de control deberá comunicar inmediatamente al órgano ambiental y las aguas se destinarán a la planta de lixiviados y no se podrán verter en torrente.

Las aguas subterráneas drenadas serán vertidas a un único punto en el torrente que será el punto de vertido del torrente de Binissarmenya. Estos vertidos a torrente se deberán notificar anualmente al registro PRTR.

-En el apartado 9 del punto 7.3.2 donde dice:

9.El control de las aguas superficiales se llevará a cabo en un mínimo de cuatro puntos, con una periodicidad trimestral durante la explotación y semestral en la fase de clausura siempre y cuando haya agua o grandes lluvias.

Punt núm.

Coordenadas UTM (x,y)

1 (norte)

608.010/4.420.080

2 (oeste):

607.360/4.419.510

3 (sur):

608.230/4.418.790

4 (más al sur):

608.790/4.418.330

Tiene que dir:

9.El control de las aguas superficiales se ha de llevar a cabo en un mínimo de cuatro puntos, con una periodicidad trimestral durante la explotación y semestral en la fase de clausura siempre y cuando haya agua o grandes lluvias.

Punt núm.

Coordenadas UTM (x,y)

1 (nord)

608.060/4.420.010

2 (oest)

607.434/4.418.978

3 (sud)

607.836/4.418.876

4 (més al sud)

608.437/4.418.424

En caso de que no sea posible realizar el muestreo en las coordenadas indicadas, el titular solicitará la modificación de los puntos de control y propondrá nuevos puntos.

En caso de detectar afección a las aguas superficiales se comunicará inmediatamente al órgano ambiental.

Segundo.- En cumplimiento del artículo 82 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares, para el inicio y ejercicio de la actividad, el titular deberá presentar una declaración responsable de inicio y ejercicio de la actividad ante la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares, acreditativa de las obras realmente ejecutadas y, si es necesario, las variaciones entre el proyecto presentado en la solicitud y lo realmente ejecutado. La declaración responsable deberá acompañar el certificado final de obra del técnico director, así como del resto de documentación enumerada en el apartado 2 de este artículo.

El titular deberá presentar, junto con la solicitud de inspección previa a la puesta en funcionamiento, un certificado emitido por una empresa independiente respecto a la correcta ejecución del plan de calidad de los materiales. »

 

Palma, 29 de junio de 2020

El presidente de la CMAIB

Antoni Alorda Vilarrubias