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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 6608
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 16 de julio de 2020 por la cual se resuelve con carácter definitivo el concurso de traslados voluntario para proveer plazas básicas vacantes de la categoría de facultativo/facultativa especialista de área de medicina intensiva

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Texto

Hechos

1. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 16 de julio de 2018 (BOIB núm. 89/2018, de 19 de julio) se convocó un concurso de traslados voluntario para proveer plazas básicas vacantes de diversas categorías de personal estatutario, entre las que está la de facultativo/facultativa especialista de área de medicina intensiva dependiente del Servicio de Salud.  Esta resolución se completó con otra de fecha de 9 de agosto de 2018 (BOIB núm. 101/2018, de 16 de agosto) por la que se modificaron las plazas de parte de las especialidades de FEA convocadas (anestesia y reanimación; cirugía general y del aparato digestivo; medicina interna, y cirugía ortopédica y traumatología), y también se añadieron dos nuevas categorías: medicina física y rehabilitación y radiodiagnóstico.

2. Tal como figura en el Anexo 3 de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 16 de julio de 2018, para la categoría de facultativo/facultativa especialista de área de medicina intensiva se han ofertado dos plazas en la gerencia del Hospital Universitario Son Espases.

3. En los Boletines Oficiales de las Islas Baleares números 110 y 116, de 18 y 30 de junio, se publicaron las Resoluciones del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 15 y 22 de junio per las cuales se aprobaron las listas definitivas de personas candidatas admitidas y de personas excluidas del concurso de traslados mencionado en el punto anterior, tal y como establece la base 5.3 de la convocatoria. En dicha resolución aparecen dos únicas personas candidatas de las que se ha verificado que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente para participar en el procedimiento.

4. Al haberse presentado dos personas candidatas para ocupar las dos plazas descritas en el punto 3 a través de su participación en el concurso de traslados en la categoría de facultativo/facultativa especialista de área de medicina intensiva, no se genera competencia en la fase de evaluación de méritos.

5. Dada la previsión contenida en el art. 72 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que pueden acordarse en un único acto todos los trámites que, por su naturaleza, admitan un impulso simultáneo, pueden obviarse los trámites referidos a la concurrencia competitiva entre personas interesadas y los relativos a su clasificación por orden de prelación en la fase de méritos.

6. Por ello, es conveniente aplicar en este caso el principio de concentración de trámites, con el objetivo de conseguir la simplificación administrativa prevista en la Ley 39/2015 y realizar en un único acto los trámites previstos en los puntos 6.3, 6.4 y 6.5 del Anexo 1 (Bases de la convocatoria) de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 16 de julio de 2018 (BOIB núm. 89/2018, de 19 de julio).

Fundamentos de derecho

1. Resoluciones del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 16 de julio de 2018 (BOIB núm. 89/2018, de 19 de julio) y de 9 de agosto de 2018 (BOIB núm. 101/2018, de 16 de agosto) por las cuales se convoca un concurso de traslados voluntario para proveer de plazas básicas vacantes de diversas categorías de personal estatutario, se modifican plazas de parte de las especialidades FEA convocadas (anestesia y reanimación; cirugía general y del aparato digestivo; medicina interna, y cirugía ortopédica y traumatología) y también se añaden dos nuevas categorías: medicina física y rehabilitación, y radiodiagnóstico.

2. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

3. El Real Decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social, vigente con rango reglamentario y sin carácter básico en virtud de la disposición transitoria sexta de la Ley 55/2003.

4. La Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública.

5. El Decreto 8/2018, de 23 de marzo, por el cual se regula la capacitación lingüística del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

6. El Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización.

7. El artículo 72 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que dispone que, de acuerdo con el principio de simplificación administrativa, se acordarán en un único acto todos los trámites que, por su naturaleza, admitan un impulso simultáneo y no sea obligado su cumplimiento sucesivo.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Resolver con carácter definitivo el concurso de traslados voluntario para proveer plazas básicas vacantes de la categoría de facultativo/facultativa especialista de área de medicina intensiva dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares, convocado a través de las resoluciones a las que se refiere el punto 1 del apartado “Hechos”.

2. Determinar que con esta resolución se adjudican definitivamente las plazas ofertadas a las dos personas que han participado en el concurso de traslados para la categoría de facultativo/facultativa especialista de área de medicina intensiva, según figura en la lista del Anexo 1 de esta resolución.

3. Recordar que, de conformidad con la base 6.8 de la convocatoria, las plazas adjudicadas son irrenunciables, salvo que la renuncia esté motivada por la obtención de una plaza en virtud de la resolución de un procedimiento de movilidad voluntaria convocado por otra administración pública, en base al artículo 37.4 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

4. Disponer que, de conformidad con la base 7.1 de la convocatoria, las personas concursantes que hayan obtenido una plaza cesen en la plaza que estén ocupando en el plazo de los 3 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5. Establecer que, de acuerdo con la base 7.2 de la convocatoria, la toma de posesión de las nuevas plazas tiene que efectuarse en los plazos siguientes:

En los 3 días hábiles siguientes a la fecha del cese si las plazas están ubicadas en el mismo municipio; en 15 días hábiles si están situadas en municipios diferentes pero en la misma área de salud; y en un mes si están localizadas en un municipio y en una área de salud diferentes o cuando implique un cambio de servicio de salud. Según la base 7.4 de la convocatoria, si la adjudicación de las plazas  supone reingresar en el servicio activo, el plazo para tomar posesión es de un mes a contar desde la fecha de publicación de la resolución definitiva del concurso.

6. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el portal  web www.ibsalut.es.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa- puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2007, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede presentar directamente un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Palma,  16 de julio de 2020

El director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares

Julio Miguel Fuster Culebras

Por delegación de la consejera de Salud y Consumo (BOIB 10/2016)

 

ANEXO 1

Resolución definitiva del concurso de traslados de la categoría de FEA de Medicina Intensiva

Doc. identidad

Apellidos, nombre

Plaza

Centro/ZBS

Puntuación

***5622**

PÉREZ BÁRCENA, JUAN

03501

HOSPITAL SON ESPASES

34,6

***8707**

COLOMAR FERRÁ, MARÍA ASUNCIÓN

03501

HOSPITAL SON ESPASES

24,8