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AYUNTAMIENTO DE CAMPOS
Núm. 6594
Modificación zonas ORA
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de 21 de julio de 2020, ha adoptado el acuerdo que a continuación se hace público:
«Sebastián Portell Bonet, EN CALIDAD DE SECRETARIO DE ESTE ÓRGANO, CERTIFICO: Que en la sesión celebrada el 21 / julio / 2.020 se adoptó el acuerdo siguiente:
Expediente 1815/2020. PROPUESTA RELATIVA A LA MODIFICACIÓN DE LAS ZONAS REGULADAS DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR EL ESTACIONAMIENTO REGULADO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN LA VÍA PÚBLICA EN CAMPOS Y SA RÁPITA
Según lo dispuesto en la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por el estacionamiento regulado de vehículos de tracción mecánica en la vía pública en el artículo 5. (Normas de gestión), en su apartado 3º, que literalmente dice: " la Junta de Gobierno podrá modificar las zonas reguladas, los horarios y la duración de las temporadas, cuando las circunstancias así lo aconsejen, y deberá publicar el acuerdo en el BOIB para su entrada en vigor. "
Dado que se hace necesaria esta modificación para un mejor funcionamiento del servicio.
A efectos de clarificar exactamente las zonas reguladas por la ordenanza municipal reguladora de la tasa por el estacionamiento regulado de vehículos de tracción mecánica en la vía pública en Campos y sa Ràpita; la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
1. Incluir dentro de la zona de implantación y el ámbito del servicio en las calles siguientes:
Núcleo de Campos:
1. Calle de Nunyo Sans hasta c. Antoni Vives (14 plazas)
2. Calle de sa Creu (39 plazas)
3. Calle de Antelm Obrador (13 plazas)
4. Calle de Santanyí (59 plazas)
5. Calle Mayor (19 plazas)
6. Pz. Pere Ignasi (8 personas)
7. Calle de Antoni Maura (14 plazas)
Casco urbano de Sa Ràpita:
1. Calle des Dulce (99 plazas)
2. Calle se Port (84 plazas)
3. Calle se Bosqueró (80 plazas)
4. Calle Torrent (63 plazas)
5. Calle Torre Marina (36 plazas)
6. Avenida Son Durí (32 plazas)
7. Aparcamiento Avenida Torre de Son Durí (106 plazas)
8. Avenida Miramar (22 plazas)
2. Publicar este acuerdo en el BOIB para su entrada en vigor.
Y para que así conste a los efectos del expediente, se emite el presente certificado por orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, con la excepción prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE »
Campos, 22 de julio de 2020
La Alcaldesa,
Francisca Porquer Manresa