Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 6593
Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se reabre el plazo de ratificación de solicitudes previsto en la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 18 de julio de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización de las organizaciones de productores del sector de la pesca
En fecha 23 de julio del 2019 se publicó en el BOIB núm. 101 la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 18 de julio de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización de las organizaciones de productores del sector de la pesca. Esta resolución prevé un total de cuatro convocatorias.
En el apartado sexto de dicha resolución se establece que la presentación ante la Dirección General de Pesca y Medio Marino de un plan de producción y comercialización y del informe anual tiene la consideración de una solicitud de ayuda del FEMP; no obstante, para tener derecho a cobrar la ayuda, el beneficiario debe ratificar ante el FOGAIBA esta solicitud y acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en la normativa de aplicación.
Concretamente, para la segunda convocatoria, el plazo de presentación de la solicitud de ratificación se fija entre el 1 de marzo del 2020 y el 31 de marzo del 2020, ambos incluidos.
El Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria, ha supuesto la adopción de medidas de contención extraordinarias para paliar sus efectos, tanto en el ámbito de la Administración general del Estado como en el autonómico. Este real decreto establece, en la disposición adicional tercera, la suspensión de todos los plazos administrativos, si bien contempla, en el apartado 4, la posibilidad de que las entidades del sector público puedan acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.
El 4 de abril del 2020 se publicó en el BOIB núm. 52 la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 1 de abril de 2020, por la cual se acuerda la reanudación de los procedimientos de concesión de subvenciones, por razones de interés general, y se dictan instrucciones de gestión y funcionamiento en el marco de la afectación del COVID-19. En esta última resolución, se acuerda reanudar, por razones de interés general, todos los procedimientos para solicitar y conceder subvenciones gestionados por el FOGAIBA que estuvieran en tramitación con fecha de 14 de marzo del 2020.
No obstante, vista la confusión que la suspensión de los plazos acordados como consecuencia de la declaración del estado de alarma puede provocar en los posibles beneficiarios de esta línea de ayuda, y considerando la importancia que tiene la labor de las organizaciones de productores del sector pesquero, se estima conveniente reabrir el plazo de presentación de solicitudes de ratificación correspondiente a la segunda convocatoria.
Por todo ello, en virtud de lo establecido en el artículo 6.1.g del Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears, y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Se reabre el plazo de presentación de solicitudes de ratificación para la segunda convocatoria de ayudas, previsto en el punto 1 del apartado sexto de la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 18 de julio de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización de las organizaciones de productores del sector de la pesca, publicada en el BOIB núm. 101, de 23 de julio de 2019, desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOIB hasta el 14 de agosto del 2020.
Segundo
Esta resolución se debe comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y se debe publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, 22 de julio de 2020
La presidenta del FOGAIBA
María Asunción Jacoba Pía de la Concha García-Mauriño