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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 6581
Decreto de la presidenta del Consejo Insular de Mallorca por el que se delegan las funciones de Secretaría del Consorcio de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de Mallorca (TICMALLORCA) en los casos de ausencia o enfermedad de la persona titular de la delegación

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Texto

Esta Presidencia, hoy, ha resuelto:

«Hechos

1. Mediante decreto de día 22 de marzo de 2019 se delegaron las funciones de Secretaría del Consorcio de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de Mallorca (TICMALLORCA) en la Sra. Margarita Marqués Moyà.

2. Es necesario prever la suplencia de la Sra. Marqués ente los casos de ausencia o enfermedad.

3. El secretario general, por sustitución, ha formulado la propuesta correspondiente.

Fundamentos

1. Las funciones de fe pública y asesoramiento legal preceptivo respecto de juntas, órganos o entidades dependientes de la Corporación distintas de la Presidencia, Lleno o Comisión de Gobierno decisoria, pueden ser encomendadas a funcionarios propios que no tengan la habilitación de carácter estatal, a propuesta del titular de la Secretaría y que actuarán como delegados de esta.

2. El artículo 20.1 de los Estatutos del Consorcio de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de Mallorca (TICMALLORCA) establece que las funciones de Secretaría son ejercidas por la persona que lo es del Consejo de Mallorca o persona funcionaria en quien delegue.

Por todo eso, decreto:

1. Encomendar el ejercicio de las funciones de la Secretaría del Consorcio de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de Mallorca (TICMALLORCA) a la Sra. Maria Elena Tur Figueruelo, técnica jurídica adscrita al Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, en los casos de ausencia o enfermedad de la titular.

2. Los actos administrativos que se adopten por delegación tienen que indicar expresamente esta circunstancia.

3. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que tenga lugar.

4. Notificarlo a las personas interesadas y publicarlo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.»

 

Palma, 16 de julio de 2020

La presidenta

Catalina Cladera Crespí