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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 6531
Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización de 20 de julio de 2020, por la que se nombran personal funcionario de carrera del cuerpo subalterno correspondiente a la reserva para personas con discapacidad intelectual moderada, ligera o límite, o con sordera prelocutiva profunda, severa o media de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas convocadas por la Resolución de 26 de octubre de 2017 y se les adjudica un puesto de trabajo

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución de 3 de julio de 2020 (BOIB nº 119, de 7 de julio) se publicó la lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo subalterno correspondiente a la reserva de personas con discapacidad intelectual moderada, ligera o límite, o con sordera prelocutiva profunda, severa o media de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y se hizo pública la lista de los puestos vacantes ofrecidos a efectos de la adjudicación.

2. Después que las personas aspirantes aprobadas hayan presentado los documentos y la solicitud de destino y que cada uno de ellos haya renunciado al resto de plazo establecido en el art. 13.1 de las bases generales han de ser nombrados personal funcionario de carrera del cuerpo subalterno correspondiente a la reserva de personas con discapacidad intelectual moderada, ligera o límite, o con sordera prelocutiva profunda, severa o media de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

3. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma.

4. El Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOCAIB nº 41, de 5 de abril).

5. El Decreto 12/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por la que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

6. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por la que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears.

7. La base 14 de la Resolución de 5 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases generales que deben regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario, del ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas públicas de empleo que apruebe la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, incluidas las ofertas de empleo pública aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno para los años 2014 y 2015.

8. La base 17 de la Resolución de 26 de octubre de 2017, por la que se aprobaron la convocatoria, las bases, el baremo de méritos y la designación del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, incluida la reserva para personas con discapacidad, en el cuerpo subalterno de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Por todo eso, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Nombrar personal funcionario de carrera del cuerpo subalterno correspondiente a la reserva de personas con discapacidad intelectual moderada, ligera o límite, o con sordera prelocutiva profunda, severa o media de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares a las personas siguientes:

Cuerpo subalterno Mallorca reserva de personas con discapacidad intelectual moderada, ligera o límite, o con sordera prelocutiva profunda, severa o media

DNI

Apellidos, nombre

***3903*

GARCÍA GIRÓN, NATALIA

***6111*

FLEXAS ROSSELLÓ, FRANCISCA MARIA

***0100*

MATEU CASASNOVAS, GABRIEL

Cuerpo subalterno Ibiza reserva de persones con discapacidad intelectual moderada, ligera o límite, o con sordera prelocutiva profunda, severa o media

DNI

Apellidos, nombre

***5957*

LUQUE MOLINA, BELÉN

2. Adjudicar los puestos de trabajo, de acuerdo con lo que se indica en el anexo de esta Resolución, a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso al cuerpo subalterno correspondiente a la reserva de personas con discapacidad intelectual moderada, ligera o límite, o con sordera prelocutiva profunda, severa o media de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, después de haber presentado la documentación pertinente, de acuerdo con la petición efectuada por las personas interesadas y la puntuación obtenida en el proceso selectivo.

3. Una vez publicado el nombramiento, para adquirir la condición de funcionario de carrera se tiene que efectuar el juramento o la promesa de acatar la Constitución, el Estatuto de autonomía de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el ordenamiento vigente y tomar posesión en el plazo reglamentario.

4. La toma de posesión se tiene que efectuar en la consejería correspondiente, en el plazo de tres días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Antes de tomar posesión del puesto adjudicado, la persona interesada debe hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que realiza ninguna actividad en el sector público de las que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Si realiza alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, lo debe declarar en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o de incompatibilidad.

5. El personal funcionario que obtenga destino definitivo no puede participar en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo durante un plazo mínimo de dos años, a contar a partir del día en el que tomen posesión del puesto de trabajo, de conformidad con el artículo 3.7 del Decreto 33/1994.

Tampoco puede participar, durante el periodo de un año, en las convocatorias para otorgar comisiones de servicios, excepto si ha habido una primera convocatoria de la comisión de servicios correspondiente a un puesto de jefatura orgánica que haya quedado desierto por no haber funcionarios de carrera que cumplan los requisitos establecidos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Administraciones Públicas y Modernización en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

​​​​​​​También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa de Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 20 de julio de 2020

La consejera de Administraciones Públicas y Modernización

Isabel Castro Fernández

 

ANEXO 

 

Relación de adjudicaciones de puestos de trabajo a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso al cuerpo subalterno correspondiente a la reserva de personas con discapacidad intelectual moderada, ligera o límite, o con sordera prelocutiva profunda, severa o media de la Administración general de la comunidad autónoma de las Islas Baleares

MALLORCA

CONSEJERÍA / O.A.

UNIDAD

CÓDIGO

NOMBRE DEL PUESTO

ADJUDICATARIOS APELLIDOS,NOMBRE

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

PUESTOS BASE DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO (PALMA)

F02750006

ORDENANZA DE APOYO

GARCÍA GIRÓN, NATALIA

CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO

PUESTOS BASE DE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO (PALMA)

F02750001

ORDENANZA DE APOYO

FLEXAS ROSSELLÓ, FRANCISCA MARIA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

PUESTOS BASE CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO (PALMA)

F02750007

ORDENANZA DE APOYO

MATEU CASASNOVAS, GABRIEL

IBIZA

CONSEJERÍA / O.A.

UNIDAD

CÓDIGO

NOMBRE DEL PUESTO

ADJUDICATARIOS APELLIDOS,NOMBRE

CONSELLERIA D'EDUCACIÓ, UNIVERSITAT I RECERCA

IES QUARTÓ DE PORTMANY (SANT ANTONI DE PORTMANY)

F02750003

ORDENANZA DE APOYO

LUQUE MOLINA, BELÉN