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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 6503
Aprobación listado definitivo, por estricto orden de puntuación, de los aspirantes que han superado la totalidad de las pruebas del proceso de selección, por el sistema de concurso oposición, procedimiento extraordinario, de 2 plazas de funcionario/funcionaria de carrera, categoría policía local, del Consell Insular de Formentera

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Texto

Se hace público que la Presidenta del Consell Insular de Formentera, en fecha 20 de julio de 2020, ha dictado, entre otros, el siguiente decreto:

“DECRETO DE PRESIDÈNCIA

SRA. ALEJANDRA FERRER KIRSCHBAUM, PRESIDENTA DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA.

Vistas las bases que han regido el proceso de selección, por sistema de concurso oposición, procedimiento extraordinario, de 2 plazas de funcionario/funcionaria de carrera, categoría policía local, del Consell Insular de Formentera, publicadas en el BOIB núm. 174, de 28 de diciembre de 2019.

Dado que este proceso selectivo se ha regido por las determinaciones contenidas en esta convocatoria específica y por las Bases Generales de convocatorias de procesos de selección del Consell Insular de Formentera, publicadas en el BOIB núm. 46, de 5 de abril de 2008.

Dado que el estado de alarma derivado de la pandemia sanitaria originada por el COVID-19, según el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo y la normativa correlativa, se ha levantado, si bien, aun así, hay que estar a lo que se deriva de la normativa siguiente:

  • El Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE núm. 163, de 10 de junio de 2020).
  • El Decreto 5/2020, de 19 de junio, de la Presidenta de las Illes Balears por el cual se declara superada la fase 3 del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, para todo el territorio de las Illes Balears, con efectos de día 21 de junio de 2020 (BOIB Ext., núm. 111, de 19 de junio de 2020).
  • Acuerdo del Consell de Govern de 19 de junio de 2020 por el cual se aprueba el Plan de Medidas Excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer Frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad (BOIB núm. 112, de 20 de junio de 2020, con rectificaciones de errores publicados en el BOIB núm. 113, de 23 de junio de 2020).

Y que, en cualquier caso, todo el mundo ha de cumplir de manera tajante todas las medidas sanitarias y de prevención derivadas de la normativa anteriormente citada, con la adopción de todas las exigencias que la situación comporta.

Dado el Decreto de esta Presidencia de fecha 11 de mayo de 2020 (BOIB núm. 82, de 14 de mayo de 2020), por lo que al procedimiento, en espera de dictar un nuevo Decreto de Presidencia, una vez levantado el estado de alarma.

Dado el punto treceavo de las bases del proceso de selección de dos plazas de funcionario/funcionaria de carrera, categoría policía local, el cual dispone que una vez finalizadas y valoradas las pruebas del proceso de selección, el Tribunal hará público el listado definitivo, por riguroso orden de puntuación globalmente obtenida.

Dada el acta núm. 4/2020 emitida por el Tribunal Calificador de fecha 23 de junio de 2020, en la cual consta entre otros aspectos, el listado provisional de aspirantes que han superado este proceso selectivo, que es el siguiente:

Orden puntuación

DNI

Calif. 1a fase (prueba de aptitud física)

Calif. 2a fase (prueba de conocimientos)

Calif. 3a fase (prueba de aptitud psicológica)

Valoración méritos

RESULTADO FINAL del proceso selectivo

1

43.160.720R

7,8

34,70

APTO

31,70

74,20

2

43.126.401K

9,6

32,93

APTO

19,78

62,31

Dado que el día 30 de junio de 2020 se publicó el listado provisional de admitidos en la página web de la corporación y que transcurrido el plazo de 5 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de este, no se han presentado reclamaciones o alegaciones, según informe emitido por el área de secretaría, de fecha 14 de julio de 2020.

Por todo esto, y por las competencias que tiene atribuidas según lo establecido en el Decreto de Presidencia de fecha 2 de julio de 2019, publicado en el BOIB núm. 102 de 25 de julio de 2019, según el artículo 9.2.l de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consells insulars, y tota la normativa aplicable que esté vigente,

HE RESUELTO

PRIMERO.- APROBAR el listado definitivo, por estricto orden de puntuación, de los aspirantes que han superado la totalidad de las pruebas del proceso de selección, por sistema de concurso oposición, procedimiento extraordinario, de 2 plazas de funcionario/funcionaria de carrera, categoría policía local, del Consell Insular de Formentera, según el acta núm. 4/2020 del Tribunal Calificador de data 23 de junio de 2020:

Orden puntuación

DNI

Calif. 1a fase (prueba de aptitud física)

Calif. 2a fase (prueba de conocimientos)

Calif. 3a fase (prueba de aptitud psicológica)

Valoración méritos

RESULTADO FINAL del proceso selectivo

1

43.160.720R

7,8

34,70

APTO

31,70

74,20

2

43.126.401K

9,6

32,93

APTO

19,78

62,31

SEGUNDO.- COMUNICAR a los aspirantes citados en el punto primero, que disponen de un plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este Decreto de Presidencia en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), para la presentación de la siguiente documentación, delante del Registro General de esta Corporación, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP):

  1. Certificado médico oficial, vigente, que acredite que no padece ninguna enfermedad o defecto físico que impida total o parcialmente el desarrollo correcto de las funciones del puesto de trabajo.

  2. Fotocopia de la tarjeta de afiliación a la Seguridad Social, si se dispone.

  3. Declaración jurada de no haber estado separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, y de no encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el cumplimiento de las funciones públicas, así como de no encontrarse en alguna de las causas legales de incapacidad e incompatibilidad previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

  4. Declaración jurada de no tener antecedentes penales en vigor. En el caso de comprobarse de oficio la existencia de antecedentes penales o expedientes disciplinarios, la persona aspirante quedaría excluida del proceso selectivo.

  5. Autorización del aspirante al Consell Insular de Formentera, de solicitud del certificado de antecedentes penales.

  6. Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

  7. Declaración jurada o promesa de no ocupar ningún puesto de trabajo ni ejercer ninguna actividad en el sector público delimitado por el artículo I de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

  8. Documentación acreditativa de servicios prestados en otras administraciones (a los efectos del cálculo de la antigüedad), en su caso.

  9. Documentación original que acredite los puntos a), b), c), d), h), i), y j) de la base cuarta.

Aquel/aquella aspirante que ya tenga condición de personal al servicio de la Administración Pública estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener el anterior nombramiento. En este caso, tendrán que presentar certificado del organismo público del cual dependan, acreditativo de su condición y del resto de circunstancias que consten en su expediente personal.

TERCERO.- COMUNICAR a los aspirantes que dentro del plazo fijado en el punto segundo, excepto en caso de fuerza mayor, quien no presente la documentación requerida o bien que, una vez examinada, se compruebe que no cumple con alguno de los requisitos presentes en estas bases, no podrá ser nombrado como a funcionario en prácticas, y se anularan sus actuaciones. En este caso, se propondrá al siguiente aspirante que haya obtenido la mayor puntuación por orden estricto de puntuación.

CUARTO.- COMUNICAR a los aspirantes que una vez presentada la documentación, y si todo es correcto, se efectuará el correspondiente nombramiento como funcionario/funcionaria en prácticas de la categoría de policía local.

QUINTO.- COMUNICAR a los aspirantes que para completar el procedimiento selectivo, es necesario superar un período de prácticas en el Consell Insular de Formentera, tal como se establece en el punto catorceavo de las bases que regulan este proceso selectivo.

SEXTO.- COMUNICAR a los aspirantes que la fase de prácticas, está relacionada con las funciones propias de la categoría de policía local, y tendrá una duración de seis meses en el término municipal de Formentera.

SEPTIMO.- COMUNICAR a los aspirantes que aquellas persones que no superen el periodo de prácticas perderán el derecho a ser nombrados como personal funcionario de carrera del Consell Insular de Formentera, por medio de una resolución motivada de la Presidenta del Consell Insular de Formentera, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del periodo de prácticas.

OCTAVO.- PUBLICAR el Decreto de Presidencia presente en el tablón de anuncios de la OAC del Consell Insular de Formentera, a la web de la corporación, www.consellinsulardeformentera.cat y al Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB).

La Presidenta,                                                          Delante mío, el Secretario,

Alejandra Ferrer Kirschbaum                                  Ángel C. Navarro Sánchez”

Lo que se publica, para general conocimiento, y conforme a la normativa de función pública.

  

Formentera, 21de julio de 2020

La presidenta

Alejandra Ferrer Kirschbaum