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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 6450
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 17 de julio de 2020 por la que se deja sin efectos la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 10 de diciembre de 2019 por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondientes al curso 2018-2019

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Texto

Hechos

  1. El 19 de diciembre de 2019, se publicó la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 10 de diciembre de 2019 por la que se convocaban los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondientes al curso 2018-2019 (BOIB núm. 170, de 19 de diciembre).

  2. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 por el que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears 2018-2020 incluye la posibilidad de otorgar los premios mencionados.

  3. El crédito máximo disponible destinado a los premios que se deben distribuir en esta convocatoria es de 17.000,00 euros, a cargo de la partida 13901 421G07 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2020.

  4. La concesión de los premios objeto de esta convocatoria está sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de la obligación en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio 2020.

  5. Mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (BOE núm. 67, de 14 de marzo), se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

  6. El director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores ha emitido propuesta de resolución justificativa de las circunstancias sobrevenidas de interés público relacionadas con la crisis económica y sanitaria derivada de la COVID-19 al objeto de dejar sin efectos la convocatoria mencionada, sin perjuicio que en la próxima convocatoria de Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior se incluyan los cursos 2018-2019 y 2019-2020.

Fundamentos de derecho

  1. La Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 10 de diciembre de 2019 por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondientes al curso 2018-2019 (BOIB núm. 170, de 19 de diciembre).

  2. La Orden EDU/2128/2011, de 15 de julio, por la que se crean y regulan los premios nacionales de Formación Profesional de grado superior (BOE núm. 180, de 28 de julio), establecidos por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

  3. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).

  4. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio).

  5. El Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears 2018-2020 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo de 2018).

​​​​​​​Por todo ello, a propuesta del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores, dicto la siguiente

 

Resolución

  1. Dejar sin efectos la convocatoria de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondientes al curso 2018-2019.

  2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

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Palma, 17 de julio de 2020

El consejero de Educación, Universidad e Investigación Martí X. March i Cerdà