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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE FERRERIES

Núm. 6437
Extracto del Acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Ferreries, en sesión ordinaria de 28 de mayo de 2020, por el que se aprueban las bases y la convocatoria para la concesión de ayudas a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades propias del ámbito social durante el año 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 515631

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b i 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web del Ayuntamiento de Ferreries (https://www.carpetaciutadana.org):

«Objeto

El objeto de la presente convocatoria es prestar colaboración a las entidades y/o asociaciones en el desarrollo de actividades de carácter social en el municipio o que lleven a cabo programas o actuaciones que beneficien a los vecinos de Ferreries durante el año en curso.

Beneficiarias

Entidades del ámbito social, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas.

Las ayudas se otorgarán a las entidades solicitantes que cumplan los requisitos determinados en el artículo 4 de las bases reguladoras.

Criterios en la concesión de las ayudas

Las solicitudes seran valoradas de conformidad con el orden de prioridad y los criterios contenidos en el artículo 7.

Consignación presupuestaria

Importe máximo de 4.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 231.48200 del Presupuesto general para el año 2020.

Plazo y forma de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Ferreries mediante la correspondiente presentación telemática, de conformidad y al amparo de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Forma de concesión de las ayudas

El procedimiento de concesión de las ayudas será por concurrencia competitiva.»

Lo que se publica para general conocimiento.

 

Ferreries, 10 de julio de 2020

La alcaldesa

Joana Febrer Rotger