Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 6425
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 15 de julio de 2020 por la que se emplaza a las personas interesadas en el procedimiento abreviado núm. 344/2019 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares
Hechos
El Procurador Santiago Carrión Ferrer, en nombre y representación de Alberto Caldés Casas, Antonia Juan Muñoz, Miguel Mesquida Sitges, Àngels Mezquida Noguera, Miguel Ferriol Boada, Natalia Mulet Sancho, Francisco Javier Gómez Pérez y María José García García, interpuso un recurso contencioso administrativo (PA 344/2019, que se tramita en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares) contra el Decreto 45/2019, de 24 de mayo, por el que se crean, modifican y suprimen diversas categorías de personal estatutario en el ámbito del Servicio de Salud de las Illes Balears.
De manera directa o indirecta, esta impugnación puede resultar relevante para una pluralidad de personas que podrían tener la condición de interesadas en el procedimiento.
Fundamentos de derecho
El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Por todo ello dicto la siguiente
Resolución
Emplazar a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Procurador Santiago Carrión Ferrer, en nombre y representación de Alberto Caldés Casas, Antonia Juan Muñoz, Miguel Mesquida Sitges, Àngels Mezquida Noguera, Miguel Ferriol Boada, Natalia Mulet Sancho, Francisco Javier Gómez Pérez y María José García García contra el Decreto 45/2019, de 24 de mayo, por el que se crean, modifican y suprimen diversas categorías de personal estatutario en el ámbito del Servicio de Salud de las Illes Balears.
Comunicar a les personas interesadas que, si se personan fuera del plazo establecido, se les considerará como parte (sin que por ello el procedimiento se deba retrotraer ni interrumpir) y que, si no se personan, el procedimiento continuará y no será procedente hacerles ninguna otra notificación.
Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 15 de julio de 2020
El director general Julio Miguel Fuster Culebras