Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 6343
Bases reguladoras de los Premis Vuit d’Agost 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, a continuación se hacen públicas las bases reguladoras de los Premios Vuit d'Agost 2020, aprobados por resolución núm. 2020000018 de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, del Consell Insular de Eivissa, de fecha 16 de julio de 2020.

Primera. Justificación

El artículo 44.1 de la Constitución española dispone que los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura.

El Consell Insular de Eivissa (CIE), a través del su Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, en virtud de lo que establece el artículo 70.18 de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares tiene competencias propias en materia de cultura y de promoción y animación cultural, de actividades artísticas y culturales, de fomento y difusión de la creación y producción teatral, musical, cinematográfica y audiovisual, literaria, de danza y de artes combinadas, que ejerce des de que le fue transferida la competencia mediante la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes. Además, el artículo 73 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares le atribuye el ejercicio de la actividad de fomento, sin perjuicio de la actividad que corresponde a la Comunidad Autónoma, en las materias que este Estatuto le atribuye como competencia propia.

En este sentido, el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, según el Decreto de Presidencia núm. 484/2019, de fecha 16 de julio de 2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Eivissa (BOIB extr. núm. 98, de fecha 17-07-19, modificación BOIB núm. 175, de data 31 de diciembre de 2019), quiere impulsar la creatividad cultural en el ámbito de la investigación, la pintura, la artesanía, la fotografía y el diseño gráfico, a través de la convocatoria de estos premios, los cuales están previstos en el Presupuesto general para el año 2020 y en el Pla estratégico de subvenciones 2020-2021-2022, aprobado por acuerdo del Consell Executiu en fecha 7 de febrero de 2020 y publicado en el BOIB núm. 20, de 15 de febrero de 2020.

El año 1997 el entonces Consell Insular de Eivissa y Formentera convocó la primera edición del Premi Vuit d'Agost d'Investigació.

Bajo el mismo nombre, se añadieron posteriormente, en 2014, el Premi Vuit d'Agost de Pintura, para menores de treinta años y que, anteriormente, con las mismas características, había tenido el nombre de Premi de Pintura Jove Sant Miquel de Balansat entre 2000 y 2002, posteriormente Premi de Tardor de Pintura Jove entre 2003 y 2010. Desde 2017 no está limitado a ninguna edad, por voluntad del Departamento y siguiendo la sugerencia del jurado de la edición de 2016.

El mismo 2014, el Premi d'Artesania del Fang Joan Daifa, creado el 2005 y que se convocó hasta al 2010 pasa a denominarse Premi Vuit d'Agost d'Artesania del Fang.

Por otro lado, el 2016 se suma una nueva categoría: el Premi Vuit d'Agost de Fotografia Amateur, y el 2017, el Premi Vuit d'Agost de Disseny Gràfic.

Segunda. Objeto

Es el objeto de los Premis Vuit d'Agost 2020 seleccionar y premiar mediante la concesión de una cantidad económica los mejores trabajos de investigación sobre la isla de Eivissa, en los diversos ámbitos científicos, y la creación artística en la isla de Eivissa.

Tercera. Modalidades

Los Premis Vuit d'Agost 2020 es dividen en las siguientes modalidades:

a) Premi Vuit d'Agost d'Investigació

b) Premi Vuit d'Agost de Pintura

c) Premi Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

d) Premi Vuit d'Agost de Fotografia Amateur

e) Premi Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

Cuarta. Participantes

Al Premi Vuit d'Agost d'Investigació se podrán presentar investigadores/as, tanto individualmente como en equipo, aunque no hayan nacido ni residan en la isla, pero que hayan hecho su investigación sobre Eivissa.

Podrán participar en las otras cuatro modalidades de estos Premis Vuit d'Agost todas les personas físicas nacidas a Eivissa o que residan en la isla al menos desde hace tres años.

El hecho de participar en estos premios significa la aceptación plena de sus bases reguladoras, de manera que quedarán excluidos los y las participantes que no cumplan con los requisitos que se establecen.

Así mismo, la participación comporta la aceptación de las decisiones del jurado, que serán inapelables.

Se establece el régimen de concurrencia competitiva como procedimiento de selección de las personas ganadoras de las cinco modalidades de los premios.

Quinta. Créditos presupuestarios y cuantía de los premios

El importe total de estos premios es de 15.000 euros, provenientes de la aplicación presupuestaria 3340 48100 de los presupuestos del Departamento de Cultura, Educación y Patrimoni del Consell Insular de Eivissa para este año 2020.

El crédito presupuestario está distribuido de la manera siguiente entre las cinco modalidades:

a) Premi Vuit d'Agost d'Investigació: 5.000 euros y la publicación del trabajo ganador

b) Premi Vuit d'Agost de Pintura: 2.500 euros

c) Premi Vuit d'Agost d'Artesania del Fang: 2.500 euros

d) Premi Vuit d'Agost de Fotografia Amateur: 2.500 euros

e) Premi Vuit d'Agost de Disseny Gràfic: 2.500 euros

Sexta. Plazo y lugar de presentación de los trabajos

Se establece un plazo de diez días hábiles desde la publicación del extracto en el BOIB para presentar los trabajos de la forma que establece, para cada modalidad, la base octava, en el Registro General de Entrada del Consell Insular de Eivissa, av. de España, 49, 07800, Eivissa, o en las otras formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptima. Publicidad de la convocatoria

Una vez aprobadas las bases, se publicarán en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. Posteriormente se remitirá la convocatoria y el extracto de la convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones que dará traslado al Butlletí Oficial de les Illes Balears del extracto para su publicación, tal como establece la normativa vigente de subvenciones. La eficacia de la convocatoria queda supeditada a la publicación del extracto en el BOIB.

Octava. Forma de presentación de los trabajos

Teniendo en cuenta las diferentes modalidades, la presentación de los trabajos seguirá las siguientes indicaciones:

Modalidad A) Premi Vuit d'Agost d'Investigació

A.1. Características del trabajo: El trabajo deberá de ser inédito, escrito en catalán y tener una extensión mínima de 100 páginas de texto (letra formato doce e interlineado sencillo) y un máximo de 250 páginas, ilustraciones aparte.

No se admitirán obras que hayan sido valoradas académicamente ni que sean fruto de trabajos remunerados. En los trabajos presentados no han de constar agradecimientos de ningún tipo.

A.2. Forma de presentación de los trabajos:

- Una instancia general del Consell Insular de Eivissa (que se podrá encontrar en el Registro General o en la página web www.conselldeivissa.es\Impresos) junto con el trabajo que se ha de presentar en soporte digital (CD/DVD/lápiz de memoria en formato PDF con el trabajo), con el título escrito en la parte exterior del mencionado CD/DVD/lápiz de memoria.

En la instancia deberá de constar el nombre del autor/a, el DNI o pasaporte, dirección y un teléfono de contacto. Así mismo, es imprescindible que en esta instancia se haga constar el mismo título de la obra.

Modalidad B) Premi Vuit d'Agost de Pintura

B.1. Características de la obra: La temática de la obra y la técnica pictórica que se utilice es libre. Se entenderá que la manera como se presente la obra es la que el artista considera adecuada para su exposición. Deberá ser original y no haber estado premiada en ningún otro certamen. No se admitirá ninguna obra que vaya firmada por el autor/a.

Para ser admitida en el concurso la obra no podrá superar los 150 cm en su lado más largo.

B.2. Forma de presentación de la obra: Las personas participantes en este concurso deberán de presentar, junto con la obra, la siguiente documentación:

-Una instancia general del Consell Insular de Eivissa (que se puede encontrar en el Registro General o a la pàgina web www.conselldeivissa.es\Impresos).

En la instancia deberá de constar el nombre del autor/a, el DNI o pasaporte, la dirección y un teléfono de contacto. Así mismo, es imprescindible que en esta instancia se haga constar el título de la obra, además de adjuntarse una imagen en papel de esta sin ninguna marca que la pueda hacer identificable.

Pegada a la parte posterior de la obra presentada, deberá haber una etiqueta con el mismo título de la obra que aparece en la instancia.

Modalidad C) Premi Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

C.1. Características de la obra: La temática de la obra de cerámica y la técnica que se utilice son libres. No se admitirán las obras de producción comercial ni industrial. En caso de haber otros materiales, el cerámico debe predominar claramente. Se entenderá que la manera como se presenta la obra es la que el artista considera adecuada para su exposición.

Cada artista presentará solo una obra, que deberá de ser original, inédita y no haber estado premiada en ningún otro certamen. No se admitirán las obras que vayan firmadas por el autor/a.

Para ser admitida al concurso, la obra no podrá superar los 80 cm entre sus puntos más alejados.

C.2. Forma de presentación de la obra. Las personas participantes en este concurso deberán de presentar, junto con la obra, la siguiente documentación:

- Una instancia general del Consell Insular de Eivissa (que se puede encontrar en el Registro General o en la página web www.conselldeivissa.es\Impresos).

En la instancia deberá de constar el nombre del autor/a, el DNI o pasaporte, la dirección y un teléfono de contacto. Así mismo, es imprescindible que en esta instancia se haga constar el título de la obra, además de adjuntarse una imagen en papel de esta sin ninguna marca que la pueda hacer identificable.

Pegada en la obra presentada, deberá haber una etiqueta con el mismo título de la obra que aparece en la instancia.

Modalidad D) Premi Vuit d'Agost de Fotografia Amateur

Todas las personas interesadas han de ser fotógrafos/as amateurs, es decir, que no perciban ningún tipo de ingreso por su dedicación a esta especialidad artística.

Se ha de presentar una colección de tres fotografías diferentes (pero que tengan relación en cuanto a la temática) por participante, realizadas con cualquier dispositivo fotográfico.

D.1. Temática. Las fotografías deberán de abordar la visión del autor/a respecto de algún elemento relacionado con el patrimonio cultural material de la isla de Eivissa. Es decir, todo aquello que haga referencia a la realidad cultural propia de la isla de Eivissa que tenga un especial interés histórico, artístico, etnográfico, arquitectónico, urbano y arqueológico.

D.2. Características de las fotografías. Las fotografías realizadas han de ser inéditas, no haber sido presentadas a otros concursos ni públicamente en exposiciones ni en redes sociales.

Han de tener una medida mínima de 20 cm y máxima de 45 cm por lado. Las fotos se han de presentar enmarcadas con un paspartú que sobrepasará en un mínimo de 5 cm las medidas previstas.

D.3. Forma de presentación de las fotografías. Las personas participantes en este concurso deberán de presentar la siguiente documentación:

- Una instancia general del Consell Insular de Eivissa (que se puede encontrar en el Registro General o en la página web www.conselldeivissa.es\Impresos).

En la instancia deberá de constar el nombre del autor/a, el DNI o pasaporte, la dirección y un teléfono de contacto. Así mismo, es imprescindible que en esta instancia se haga constar el título del conjunto de fotografías, además de una imagen de estas impresa en A4, en baja resolución, a efectos administrativos, sin ninguna marca que las pueda hacer identificables.

Pegada en la parte posterior de las fotos originales presentadas, una etiqueta con el mismo título que aparece en la instancia.

Modalidad E) Premi Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

E.1. Temática. El trabajo presentado en esta modalidad del Premi Vuit d'Agost consistirá en la elaboración de un cartel del Vuit d'Agost, fecha que conmemora la conquista catalana de Eivissa. El Consell Insular de Eivissa, dentro de los objetivos de fomentar los valores y los principios que representa esta fiesta, así como para fomentar las actividades de cultura popular y tradicional que se celebran este día (y que están reconocidas como Fiestas de Interés Cultural, FIC), utilizará el cartel ganador para la difusión de esta celebración y de los diversos actos que se prevean.

E.2. Características del diseño

Se ha de presentar el original en formato impreso A3.

En el diseño del cartel ha de aparecer el lema “Vuit d'Agost 2021” y ha de permitir su adaptación a formatos publicitarios verticales y horizontales: pantallas de televisión y móvil, adaptaciones de anuncios en prensa escrita, báners digitales, banderolas, opis...

No se admitirán los diseños que presenten cualquier tipo de marca que permitiera identificar el nombre del autor/a.

E.3. Forma de presentación del diseño. Las personas participantes en este concurso deberán de presentar la siguiente documentación:

- Una instancia general del Consell Insular de Eivissa (que se puede encontrar en el Registro General o en la página web www.conselldeivissa.es\Impresos) junto con el trabajo en formato digital (lápiz de memoria/CD/DVD).

En la instancia deberá de constar el nombre del autor/a, el DNI o pasaporte, la dirección y un teléfono de contacto. Así mismo, es imprescindible que en esta instancia se haga constar el mismo título de la obra, además de una imagen impresa en A4 en baja resolución del diseño, a efectos administrativos, sin ninguna marca que lo pueda hacer identificable. Pegada en la parte posterior del diseño original presentado, una etiqueta con el mismo título que aparece en la instancia.

Así mismo, si el autor/a lo considera adecuado, también se puede presentar un texto en el cual explique su diseño al jurado calificador en los términos que considere convenientes.

Novena. Entrada y retirada de trabajos

La entrada y retirada de los trabajos serán por cuenta de la persona concursante, así como el seguro del transporte de las obras, si es necesario, y no se podrá formular ninguna reclamación al Consell Insular de Eivissa por posibles pérdidas o desperfectos que se pudieran producir una vez que las obras estén en su poder.

Una vez se resuelvan los premios habrá un plazo de doce meses para retirar las obras presentadas que no hayan obtenido premio mediante el anexo 2, el cual deberá presentarse en el Registro de Entrada, y en caso que no se recojan el Consell entenderá que han estado cedidas a esta administración.

Décima. Comisiones evaluadoras

10.1. La comisión de evaluación es el órgano colegiado al cual corresponden las funciones siguientes:

- Evaluar las obras presentadas, de acuerdo con los criterios establecidos en esta base.

- Emitir un acta con un informe que ha de servir de base para elaborar la propuesta de resolución provisional.

La comisión evaluadora puede declarar desierto el premio o, si lo considera conveniente, dividirlo entre dos o más premiados.

10.2. Las comisiones evaluadoras para cada una de las modalidades de los Premis Vuit d'Agost 2020 estarán formadas por un/a presidente/a, elegida entre personas de reconocido prestigio de cada una de las cinco modalidades; tres vocales, elegidos entre personas de reconocido prestigio en el ámbito de la cultura de la isla de Eivissa, y un/a secretario/a, que será personal del Departamento de Cultura.

Para poder constituirse, la Comisión Evaluadora deberá de contar con la asistencia del presidente/a, el/la secretario/a y al menos de dos vocales.

10.3. Miembros de las comisiones evaluadoras

Modalidad A) Comisión Evaluadora del Premi Vuit d'Agost d'Investigació

Presidente: Sr. Antoni Tur Torres

Suplente: Sra. Catina Costa Marí

Vocales:

1. Sr. Francesc X. Torres Peters

2. Sr. Pere Vilàs Gil

3. .Sr. Antoni Marí Marí

Suplentes:

1r: Sra. Francisca Riera Escandell

2n: Sr. Vicent Marí Costa

3r: Sr. Xavier Guasch Ribas

Secretario/a:

Sr. Joan-Albert Ribas Fuentes

Suplente: Sra. Maria Antònia Costa Costa

Modalidad B) Comisión Evaluadora del Premi Vuit d'Agost de Pintura

Presidente: Sr. Mario Stafforini Montaña

Suplente: Sra. Catina Costa Marí

Vocales

1. Sr. Josep Marí Marí

2. Sr. Carles Fabregat Sans

3. Sr. Josep Rosales Torres

Suplentes:

1r. Sra. Nuria del Río Pinto

2n. Sr. Antonio Montero Guasch

3r. Sr. Miguel Martínez Pérez

Secretario/a:

Sr. Joan-Albert Ribas Fuentes

Suplente: Sra. Maria Antònia Costa Costa

Modalidad C) Comisió Evaluadora del Premi Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

Presidente: Sr. Antoni Ribas Costa, Toniet

Suplente: Sra. Catina Costa Marí

Vocales

1. Sr. Antoni Marí Ribas, Frígoles

2. Sr. Adrián Ribas Escandell

3. Sra. Laura Julve Martínez

Suplentes: 1r. Sr. Miguel Martínez Pérez

2n. Sra. Catalina Marí Tur

3a. Sra. Maria Rosa Tur Roig

Secretario/a:

Sr. Joan-Albert Ribas Fuentes

Suplente: Sra. Maria Antònia Costa Costa

Modalidad D) Comisión Evaluadora del Premi Vuit d'Agost de Fotografia Amateur

Presidente: Sr. Antoni Pomar Bofill

Suplente: Sra. Catina Costa Marí

Vocales

1. Sra. Lourdes Grivé Roig

2. Sr. Antoni Planells Riera

3. Sr. Germán G. Lama

Suplentes:

1r. Sr. Rafel Domínguez Mulet

2n. Sr. Vicent Marí Marí

3r. Sra. Nuria del Río Pinto

Secretario/a:

Sr. Joan-Albert Ribas Fuentes

Suplente: Sra. Maria Antònia Costa Costa

Modalidad E) Comissió Avaluadora del Premi Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

Presidenta: Sra. Diana Bustamante Frías

Suplente: Sra. Catina Costa Marí

Vocales:

1. Sr. Ricard Bofill Torres

2. Sra. Carme Boix Bonet

3. Sra. Verónica Prats Marí

Suplentes:

1r. Sra. Rocío Cala Pacheco

2n. Sr. Joan Antoni Marí Marí

3r. Sr. Antoni Pomar Bofill

 

Secretario/a:

Sr. Joan-Albert Ribas Fuentes

Suplente: Sra. Maria Antònia Costa Costa

10.4. Criterios de las comisiones evaluadoras

De manera general las comisiones evaluarán la creatividad, el proceso de elaboración u otros aspectos que se consideren adecuados y calificarán las obras presentadas con los criterios técnicos establecidos en las bases respecto de su presentación y teniendo en cuenta, entre otros, los criterios particulares que a continuación se detallan para cada modalidad:

Modalidad A) Criterios para el Premi Vuit d'Agost d'Investigació

- Metodología científica en su elaboración

- Fuentes utilizadas

- Conclusiones de la investigación

- Aportación al corpus de trabajos de investigación respecto a la isla de Eivissa

Modalidad B) Criterios para el Premi Vuit d'Agost de Pintura

- Creatividad del autor/a

- Proceso de elaboración

- Técnicas utilizadas

- Adecuación y combinación, si corresponde, de los materiales utilizados

Modalidad C) Criterios para el Premi Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

- Creatividad del autor/a

- Proceso de elaboración

- Técnicas utilizadas

- Adecuación y la combinación, si corresponde, de los materiales utilizados

Modalidad D) Criterios para el Premi Vuit d'Agost de Fotografia Amateur

- La calidad técnica (composición, luz, equilibrio de color…)

- La originalidad

- La adecuación a la temática (el patrimonio cultural material de Eivissa)

Modalidad E) Criterios para el Premi Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

- La calidad técnica (composición, luz, equilibrio de color…)

- La originalidad de la propuesta

- La adecuación a la temática solicitada

- Que sea adecuado al impacto publicitario que ha de tener la obra ganadora en diferentes soportes.

Undécima. Obligaciones de las personas ganadoras

Una vez el jurado haya decidido los trabajos ganadores se comunicará a la persona ganadora, que deberá de presentar, en un plazo máximo de cinco días, en el Consell Insular el anexo 1 cumplimentado y firmado, así como la hoja de domiciliación bancaria a nombre suyo y sellado por la entidad bancaria y firmado por el titular de la cuenta (se puede descargar de la página www.conselldeivissa.es en el apartado Sede Electrónica).

La persona ganadora deberá de cumplir con lo que disponen el artículo 13 (Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora) y el artículo 14 (Obligaciones de los beneficiarios) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en relación con los artículos 10 y 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

También deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y con el Estado español, con la Seguridad Social y con el mismo Consell Insular de Eivissa.

Las personas ganadoras en estos premios se responsabilizan totalmente que no existen derechos de terceros sobre los trabajos presentados y se hacen responsables de cualquier reclamación que pudiera surgir por derechos de imagen o cualquier otro derecho alegado por terceros. En tal caso, quedará sin efecto el acto de concesión del premio y, como consecuencia de la revocación, deberá reintegrarse totalmente la cantidad recibida por la persona ganadora y, si es necesario, la exigencia de los intereses de demora, que se realizará por el procedimiento establecido en el título II de la Ley general de subvenciones, en el cual se ha de garantizar la audiencia a las personas interesadas.

Duodécima. Instrucción y resolución

12.1. Órganos competentes para la ordenación, la instrucción y la resolución

El Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular de Eivissa es el competente para instruir el procedimiento de concesión de estos premios, de conformidad con lo establecido en el artículo tercero 6 del Decreto de Presidencia núm. 471/2019, de data 10 de julio, de estructura de gobierno del Consell Insular de Eivissa y de creación de departamentos (BOIB extr. núm. 95, d'11-07-19; modificación en el BOIB núm. 175, de 31-12-19).

Dentro de este Departamento corresponde a la consejera ejecutiva la ordenación del procedimiento, en virtud del artículo primero y del Decreto de Presidencia núm. 484/2019, de fecha 16 de julio de 2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Eivissa (BOIB extr. núm. 98, de fecha 17-07-19; modificación en el BOIB núm. 175, de 31-12-19).

En relación a la competencia para aprobar las bases de estos premios y convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo primero, apartado e, del Decreto de Presidencia núm. 484/2019, de fecha 16 de julio, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Eivissa, corresponde a la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio “Aprobar o resolver las convocatorias de ayudas o subvenciones a particulares o entidades públicas o privadas hasta la cantidad de quince mil euros (15.000 €) y dar cuenta de las resoluciones en el próximo Consell Executiu que se celebre”.

12.2. El órgano instructor podrá requerir, en cualquier momento de la tramitación del expediente, los documentos complementarios que se consideren necesarios a las personas que se presenten.

Cuando se haya de hacer alguna notificación personalizada, se establecerá como preferente la notificación electrónica mediante el correo electrónico de la persona solicitante, siempre que esta lo haya indicado en la solicitud.

12.3. Con fundamento en el acta del jurado y en la propuesta del órgano instructor, los premios se concederán mediante resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio.

12.4. De acuerdo con el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento no excederá los seis meses, contadores a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB.

12.5. La resolución concediendo estos premios se hará pública en la página web del Consell www.conselldeivissa.es, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones i al BOIB.

12.6. Una vez que ya se haya hecho público el veredicto del jurado y se haya concedido el premio, el artista ganador/a de cada una de las cuatro categorías artísticas deberá de firmar su obra, para que las obras que queden en poder del Consell Insular puedan garantizar la autenticidad de su autoría.

Decimotercera. Entrega de los premios

El pago del premio a la persona ganadora se hará por transferencia bancaria en el número de cuenta indicado en la hoja de transferencia previsto en la base decimoprimera de estas bases reguladoras.

La percepción de los premios estará sujeta a las retenciones establecidas en la normativa fiscal vigente.

Siempre que sea posible, se hará en un acto público con las personas ganadoras de los premios, en el cual se les entregará un diploma acreditativo, en el lugar y la data que se determinará con posterioridad, y coincidirán, si es posible, en un mismo acto la entrega de las cinco modalidades de los Premis Vuit d'Agost convocados para el 2020.

Decimocuarta. Normativa aplicable

La convocatoria de estos premios se regirá por lo que disponen las presentes bases reguladores, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, por la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en aquello que sea de aplicación.

Respecto a la protección y el tratamiento de datos de carácter personal para la realización de las actividades objeto de esta convocatoria se deben observar las prescripciones contenidas en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos y garantía de los derecho digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo de Europa, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas sobre el tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el cual se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DOUE 4.5.2016), y el resto de legislación vigente en materia de protección de datos personales que sea de aplicación.

Decimoquinta. Derechos sobre los trabajos ganadores

Ninguno de los trabajos presentados en esta convocatoria puede haber estado premiado en ningún otro premio o concurso anteriormente.

El Premio de Investigación comportará la publicación de la primera edición del trabajo por parte del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular de Eivissa. Esta publicación será la del original entregado por la persona ganadora y valorado por el jurado, excepto alguna sugerencia de dicho jurado o del Departamento convocante.

En las otras cuatro modalidades, la obra premiada, firmada por su autor/a, quedará en propiedad del Consell Insular de Eivissa, el cual tendrá potestad de reproducirla y/o de exponerla.

Si las y los miembros del jurado lo consideran adecuado y si consta en el acta del mencionado jurado, se podrá organizar una exposición individual del/de la artista ganador/a siempre que esta esté de acuerdo.

Decimosexta. Régimen de recursos

La resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio no agota la vía administrativa y en contra se puede interponer, ante la Presidencia, el recurso de alzada previsto en los artículos 112.1, 121 i 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente de su notificación, todo esto en virtud de lo que disponen los artículos 22.3 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares y el artículo 147.2 del Reglamento orgánico del Consell Insular de Eivissa (publicado en el BOIB núm. 136 de 18/09/10, corrección en el BOIB núm. 148 de 14/10/10, modificación en el BOIB núm. 48 de 16/04/16). El recurso deberá de resolverse en el plazo de tres meses, transcurridos los cuales sin que se haya dictado resolución expresa se entenderá desestimado y quedará abierta la vía contenciosa administrativa.

  

 

ANEXO 1

DECLARACIÓN RESPONSABLE

Nombre ......................................................... DNI ...................... domicilio ........................... población .......................... CP ...................... teléfon .................... correo electrónico ...........................................................................................

DECLARO bajo mi responsabilidad, en relación con la solicitud para participar en los Premis Vuit d'Agost 2020, que:

1. Reúno todas y cada una de las condiciones exigidas para poder optar a un premio convocado por esta Corporación y no incurro en ninguna de las circunstancias de prohibiciones que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, para ser beneficiario/a, en relación con el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y me comprometo a mantener el cumplimiento de las anteriores condiciones durante el período de tiempo inherente al dicho reconocimiento o ejercicio, y en el caso que haya alguna variación, a comunicarla a esta administración.

2. Conozco y me comprometo a cumplir las obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación con el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

3. Conozco y acepto las bases de estos premios.

4. Me encuentro al corriente con mis obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica, con la Seguridad Social y con el Consell Insular de Eivissa, dispongo de la documentación que así lo acredita y la pongo a disposición de la administración cuando me sea requerida.

( ) AUTORIZO al Consell Insular de Eivissa a acceder a la información necesaria para comprobar que me encuentro al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, con la Hacienda estatal y autonómica y con el Consell Insular de Eivissa.

( ) NO AUTORIZO al Consell Insular de Eivissa a acceder a la información necesaria para comprobar que me encuentro al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, con la Hacienda estatal y autonómica y con el Consell Insular de Eivissa. En este caso, se han de aportar los certificados acreditativos juntamente con la solicitud de la ayuda.

POLÍTICA DE PRIVACIDAD

De conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo de Europa, de 27 de abril de 2016, en relación con la protección de las personas físicas en relación al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DOUE 4.5.2016), y el resto de legislación vigente en esta materia, le informamos que los datos de carácter personal que nos proporcione a través de esta convocatoria se incorporarán en el fichero de titularidad del Consell Insular de Eivissa con la finalidad de tramitar las solicitudes de estos premios y la posterior publicación de las resoluciones correspondientes y no podrán usarse para ninguna otra finalidad diferente a la mencionada.

Las personas titulares de los datos objeto de tratamiento podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, portabilidad, cancelación y oposición, dirigiendo escrito, de forma electrónica (seu.conselldeivissa.es) o presencial, según corresponda, al Consell Insular de Eivissa, av. España, 49, 07800 Eivissa. Asimismo, tienen el derecho a presentar reclamación ante la autoridad de control.

(firma)

 

Eivissa, ______ d ___________________ de 20___

PRESIDENCIA DEL CONSELL INSULAR DE EIVISSA

  

 

ANEXO 2

Premis Vuit d'Agost 2020

Retirada de obras

Nombre _______________________________con documento de identidad _____________ retira la obra ___________________________________________ de la categoría _______________________________ presentada a los Premis Vuit d'Agost 2020, el día ________ con RGE núm. ___________

Firma

 

​​​​​​​

Fecha:

POLÍTICA DE PRIVACIDAD

De conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo de Europa, de 27 de abril de 2016, en relación con la protección de las personas físicas en relación al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DOUE 4.5.2016), y el resto de legislación vigente en esta materia, le informamos que los datos de carácter personal que nos proporcione a través de esta convocatoria se incorporarán en el fichero de titularidad del Consell Insular de Eivissa con la finalidad de tramitar las solicitudes de estos premios y la posterior publicación de las resoluciones correspondientes y no podrán usarse para ninguna otra finalidad diferente a la mencionada

Las personas titulares de los datos objeto de tratamiento podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, portabilidad, cancelación y oposición, dirigiendo escrito, de forma electrónica (seu.conselldeivissa.es) o presencial, según corresponda, al Consell Insular de Eivissa, av. España, 49, 07800 Eivissa. Asimismo, tienen el derecho a presentar reclamación ante la autoridad de control.

PRESIDENCIA DEL CONSELL INSULAR DE EIVISSA

   

Eivissa, 16 de julio de 2020

El jefe de Sección del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular de Eivissa,

José Vicente Garibo Redolat