Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

Núm. 6280
Avocación de atribuciones

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En fecha 30 de junio de 2020, el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Artà, ha dictado un Decreto de avocación de atribuciones, el cual se transcribe a continuación:

"Exp. 2020/2083. Decreto de avocación de atribuciones del alcalde Manuel Galán Massanet

Visto que en sesión extraordinaria de fecha 25 de mayo de 2020, el Pleno se dio por enterado de la renuncia del concejal Josep Antoni Valle Fuente y con el fin de conseguir una mayor eficacia en la gestión, considero necesario, de conformidad con las atribuciones que confiere a la Alcaldía el artículo 43 y siguientes del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, de 28 de noviembre de 1986, conferir a la Alcaldía una avocación de atribuciones previamente delegadas en la junta de Gobierno.

Por todo ello, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente en materia de régimen local, dicto la siguiente

Resolución

1. Avocar específicamente en favor del alcalde Manuel Galán Massanet las atribuciones y las funciones de la Alcaldía que habían sido delegadas en el concejal Antonio José Valle Fuente en los ámbitos de actuación municipal siguientes:

  1. deportes

2. Determinar que, en el ámbito de actuación municipal mencionado en el punto anterior, las atribuciones y funciones que conlleva este cargo son las siguientes:

a) Elaborar propuestas políticas, planes, programas de actuación y proyectos previstos en el Pacto de Gobierno 2019-2023, y otros que sean aprobados por el Consejo de Gobierno o la Junta de Gobierno Local; presentar y defender estas propuestas en el Pleno cuando éste sea el órgano competente; e impartir las órdenes de trabajo y los criterios adecuados al personal técnico responsable de su preparación y su ejecución.

b) Establecer canales de comunicación con la ciudadanía y las entidades con el objetivo de informar sobre las actuaciones y los proyectos de actuación municipal y de recoger, también, sus necesidades, preocupaciones, demandas y opiniones, pero sin adquirir en ningún caso compromisos de actuación en nombre del Ayuntamiento, fuera de aquellos que hayan sido expresamente aprobados por los órganos de gobierno.

c) Inspeccionar, requerir información e impartir directrices al personal responsable técnico competente y la persona responsable de la Unidad Administrativa para ejecutar actuaciones y expedientes, sin interferir en las órdenes y las directrices que se impartan por la vía jerárquica.

d) Representar al Ayuntamiento en todos los actos, los eventos sociales, las reuniones y las entrevistas institucionales, la temática específica esté comprendida en el ámbito especificado en el punto 2, cuando no asista el alcalde.

e) Resolver sobre el uso de las instalaciones deportivas municipales y, en general, las resoluciones municipales en materia de la actividad deportiva, excepto cuando las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno oa la Junta de Gobierno local. Sin embargo, y en relación a los expedientes que la concejala mencionada considere oportuno por su complejidad o trascendencia ciudadana, establecer la opción de llevar la propuesta de resolución del expediente a deliberación de la Junta de Gobierno Local.

f) Informar periódicamente al alcalde y el Consejo de Gobierno del ejercicio de esta delegación y, una vez al año como mínimo, presentar al Pleno municipal un informe de su actuación, que se publicará en la web municipal en aplicación del principio y compromiso de transparencia de este Gobierno.

3. Determinar que, en caso de ausencia, vacaciones, enfermedad o cualquier otro impedimento del Alcalde, la primera teniente de alcalde asumirá el ejercicio de las atribuciones ordinarias de esta avocación.

4. Derogar y dejar sin efecto todos los decretos anteriores que se opongan y, específicamente, el Decreto de Alcaldía de 25 de junio de 2019, sobre la delegación de atribuciones a favor del tercer teniente de alcalde Antonio José Valle Font, en lo que contradiga este Decreto.

5. Notificar este Decreto a todos los concejales y los jefes responsables de las dependencias municipales.

6. Dar cuenta de esta resolución al Pleno en la primera sesión que se celebre, y publicarla en la web municipal, en el tablón de anuncios y en el BOIB, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la presente resolución."

 

Artà, 3 de julio de 2020

El Alcalde Manuel Galán Massanet