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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 6118
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, por el cual se aprueba el Programa Anual de Estadística 2020 en desarrollo del Plan de Estadística de las Illes Balears 2018-2021

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Texto

La Ley 3/2002, de 17 de mayo, de Estadística de las Illes Balears, establece en el artículo 18 que el Plan de Estadística se tiene que desarrollar mediante programas anuales, que son el instrumento que permite conocer durante cada ejercicio las operaciones estadísticas que se van a llevar a cabo. Los programas anuales aportan una visión mucho más completa sobre cuál es el contenido específico de cada actividad, tanto con respecto a quien lo tiene que ejecutar, como a los objetivos, la metodología empleada, la información que ha de incluir o la disponibilidad de los datos con respecto a su calendario de difusión.

Este Programa desarrolla el Plan de Estadística 2018-2021, tercer Plan aprobado por el Decreto 40/2018, de 23 de noviembre, que tiene como objetivo, entre otros, seguir avanzando en la consolidación del Sistema Estadístico de las Illes Balears (SESTIB). Esto significa que tanto el IBESTAT y las unidades estadísticas de las consejerías del Gobierno, como los consejos insulares y demás entidades territoriales, una vez se incorporen al Sistema Estadístico de las Illes Balears, tienen que llevar a cabo una tarea estable que se caracterice por el rigor metodológico de sus productos y por la optimización de los recursos existentes.

La actividad productiva del Instituto de Estadística de las Illes Balears (IBESTAT) está determinada por la demanda de información, en el ámbito balear o insular, de las variables que contienen los ficheros estadísticos de las grandes operaciones de referencia, y por la realización de significativas operaciones estadísticas de carácter turístico y empresarial mediante encuestas participadas por el Instituto.

Como novedades, hay que mencionar la creación de la unidad estadística del Consejo Insular de Eivissa que incorpora dos operaciones. Otras novedades son la realización de los Indicadores de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible, con un conjunto de 244 indicadores desarrollados por la ONU. Destacar también el Estudio del gasto turístico de los pasajeros de cruceros y la Explotación de la Encuesta de Turismo de Residentes; así como la Explotación de la Muestra continua de vidas laborales (MCVL) con la cual se pretende analizar la evolución de los salarios y la calidad del trabajo.

Por su parte, las unidades estadísticas de las consejerías del Gobierno seguirán centrando su actividad en las explotaciones estadísticas de los registros administrativos de los que son titulares, desde el refuerzo técnico que implica la sistematización de los documentos metodológicos y gracias a un acceso más fácil a los datos que generen sus operaciones. Con todo ello se pretende garantizar que este plus de información que generan la Comunidad Autónoma y los consejos insulares de Mallorca, de Menorca, de Eivissa y de Formentera contribuya a hacer posible un conocimiento más real del territorio y de las actividades que sobre él se desarrollan, lo que es imprescindible a la hora de analizar o de emprender cualquier tipo de actuación en lo referente a las demandas y potencialidades de los diversos ámbitos que definen la sociedad de las Illes Balears en sus diferentes aspectos.

Este Programa Anual de Estadística 2020 se concreta en un total de 261 operaciones estadísticas, las cuales se distribuyen de la manera siguiente:

La Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad asume la gestión de 6 operaciones estadísticas, 1 de las cuales es de nueva incorporación prevista inicialmente en el Plan y procedente de la antigua Consejería de Cultura, Participación y Deportes.

La Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo asume la gestión de 33 operaciones estadísticas, 27 proceden de la antigua Consejería de trabajo, Comercio e Industria.

La Consejería de Educación, Universidad e Investigación asume la gestión de 3 operaciones estadísticas.

La Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores asume la gestión de 4 operaciones estadísticas.

La Consejería de Medio Ambiente y Territorio, asume la gestión de 23 operaciones estadísticas, 4 proceden de la antigua Consejería de Territorio, Energía y Movilidad.

La Consejería de Administraciones Públicas y Modernización, asume la gestión de 15 operaciones estadísticas, 1 nueva no prevista en el Plan, 3 procedentes de la antigua Consejería de Presidencia, 11 procedentes de la antigua Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.

La Consejería de Asuntos Sociales y Deportes asume la gestión de 30 operaciones estadísticas, 1 de las cuales es de nueva incorporación no prevista en el Plan, 3 proceden de la antigua Consejería de Cultura, participación y Deportes.

La Consejería de Salud y Consumo asume la gestión de 15 operaciones estadísticas.

La Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos asume la gestión de 5 operaciones estadísticas, 4 procedentes de la antigua Consejería de Territorio, Energía y Movilidad y 1 procedente de la antigua Consejería de Trabajo, Comercio e Industria.

La Consejería de Agricultura, pesca y Alimentación asume la gestión de 15  operaciones estadísticas, todas procedentes de la antigua Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca.

La Consejería de Movilidad y Vivienda asume la gestión de 11 operaciones estadísticas, de las cuales 2 son nuevas, 1 prevista en el Plan y 1 no prevista.

El Consejo Insular de Mallorca asume la gestión de 22 operaciones estadísticas.

El Consejo Insular de Menorca asume la gestión de 6 operaciones estadísticas.

El Consejo Insular de Eivissa asume la gestión de 2 operaciones estadísticas.

El Consejo Insular de Formentera asume la gestión de 3 operaciones estadísticas.

Por otro lado, el IBESTAT llevará a cabo un total de 68 operaciones estadísticas, de las cuales 3 son de nueva incorporación no previstas en el Plan.

De estas 261 operaciones estadísticas que se prevén en el Programa de 2020, 10 son de nueva incorporación y decaen 3 operaciones previstas en el Programa 2019. Del total de las operaciones que componen el Plan 2018-2021, 23 no se integran en este Programa.

La configuración del Programa Anual de Estadística para el ejercicio de 2020 figura en los siguientes anexos que lo integran:

Anexo 1: relación de actividades ordenadas por área y sección temática.

Anexo 2: relación de actividades ordenadas por órgano y departamento responsable.

Anexo 3: principales características identificativas y técnicas de cada operación estadística ordenadas por órgano responsable.

Anexo 4: calendario de difusión de datos correspondiente a cada operación estadística, ordenado por la unidad estadística responsable.

Anexo 5: relación consolidada de operaciones que integran el Plan de Estadística de las Illes Balears 2018-2021, de acuerdo con las modificaciones introducidas por este Programa, indicando las que se dan de alta.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, en la sesión del día 10 de julio de 2020, adopta, entre otros, en Acuerdo siguiente:

Primero. Aprobar el Programa Anual de Estadística de 2020, que desarrolla el Plan de Estadística de las Illes Balears 2018-2021, en los términos que se establecen en los anexos de este Acuerdo, el cual contiene las estadísticas de interés de la Comunidad Autónoma que han de llevar a cabo los servicios que integran el Sistema Estadístico de las Illes Balears.

Segundo. Ordenar a los responsables de las unidades estadísticas y de las operaciones que lo ejecuten de acuerdo con los parámetros que se fijan en este programa, así como en el Plan de Estadística de las Illes Balears 2018-2021 y la Ley 3/2002, de 17 de mayo, de Estadística de las Illes Balears.

Tercero. Disponer que este Acuerdo produzca efectos desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta la aprobación del nuevo programa anual de estadística. En caso de que tenga que prorrogar sus efectos el año 2021, se considerarán las adaptaciones a las disponibilidades del nuevo ejercicio que correspondan.

Cuarto. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 10 de Julio de 2020

La secretaria del Consejo de Gobierno Pilar Costa i Serra

Documentos adjuntos