Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 6102
Resolución de habilitación del personal inspector de la Dirección Insular de Participación y Juventud para hacer ceses provisionales de actividades de tiempo libre e instalaciones juveniles

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El consejero ejecutivo del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, día 30 de junio de 2020, ha dictado la siguiente resolución:

«Hechos

  1. El día 1 de octubre de 2018 el Consell de Mallorca ha pasado a ejercer competencias en materia de juventud y actividades de tiempo libre que, hasta ese momento, desarrollaba el Gobierno Balear, a través del Decreto 26/2018, 3 de agosto, de traspaso al Consell Insular de Mallorca de las funciones y los servicios en materia de juventud y tiempo libre.

  2. Dentro de estas competencias, entre otras, en el apartado B) Funciones y servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares que asume el Consell Insular de Mallorca, punto 2. «En su ámbito territorial, la vigilancia, la inspección y el control de las escuelas de formación de tiempo libre y de las actividades de tiempo libre infantil y juvenil, y también de las instalaciones, las entidades, los centros y los servicios para la juventud, corresponden al Consell Insular de Mallorca, administración que también se encargará de la incoación, la tramitación, la resolución y la ejecución de los procedimientos sancionadores que correspondan por infracción de la normativa reguladora en materia de juventud y tiempo libre.»

  3. Día 12 de febrero de 2019 se habilitó al personal inspector de la Dirección Insular de Juventud.

  4. Actualmente se considera necesario, teniendo en cuenta las circunstancias existentes, que, por un lado se especifiquen los derechos que tienen los agentes inspectores en materia de juventud en el desarrollo de sus funciones, descritas al artículo 76 de la Ley 10/2006. Que son los siguientes:

    1. Identificar a cualquier persona que se encuentre en el lugar, en el momento de levantar acta de inspección, solicitando relación con la actividad o instalación.

    2. Solicitar cualquier documento relacionado directa o indirectamente con la actividad o instalación.

    3. Poder entrar en el local, oficina, edificio, anexo, almacén, vehículos, solicitar apertura de mochilas, archivadores (ya sean físicos o informáticos), muebles... dónde se desarrolle la actividad o se encuentre ubicada la instalación. No tienen acceso a las zonas utilizadas como domicilio, excepto que en este se desarrolle de manera parcial actividades relacionadas o se almacenen archivos, documentación, material etc... relacionado con la actividad o instalación.

  5. Y por otra parte, se los habilite expresamente, de acuerdo con las prescripciones legales en la materia, para que puedan declarar el cese temporal tanto de las actividades de tiempo libre como de las instalaciones juveniles, siempre con necesidad de ratificación posterior por cese definitivo por el órgano competente.

  6. Existe informe favorable de la técnica jurídica de la Dirección Insular con el visto bueno del Director Insular de Participación y Juventud.

Fundamentos de derecho 

  1. Decreto 26/2018, 3 de agosto, de traspaso al Consell Insular de Mallorca de las funciones y los servicios en materia de juventud y ocio.

  2. Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el cual se despliega parcialmente la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud. Artículos 45, 59, 60 y 61.

  3. Ley 10/2006, de 26 de julio integral de la juventud. Artículos 49, 52 y 76

  4. Decreto de la presidencia del Consell Insular de Mallorca, de día 9 de diciembre de 2019, por el cual se determina la organización del Consell Insular de Mallorca, modificada por el decreto de día 6 de marzo de 2020 y por el decreto de día 22 de mayo de 2020;  artículo 9, corresponde al Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, entre otros «Proponer la ordenación de políticas, planes y programas destinados a la juventud.»

Visto los hechos y fundamentos jurídicos mencionados, se dicta la siguiente

Resolución

Primero.- Acordar la habilitación del personal inspector de la Dirección Insular de Participación y Juventud para hacer ceses provisionales de actividades de tiempo libre e instalaciones juveniles.

Segundo.- Comunicar los derechos del personal inspector en el desarrollo de sus funciones:

  • Identificar a cualquier persona que se encuentre en el lugar, en el momento de levantar acta de inspección, solicitando relación con la actividad o instalación.
  • Solicitar cualquier documento relacionado directa o indirectamente con la actividad o instalación.
  • Poder entrar en el local, oficina, edificio, anexo, almacén, vehículos, solicitar apertura de mochilas, archivadores (ya sean físicos o informáticos), muebles... dónde se desarrolle la actividad o se encuentre ubicada la instalación. No tienen acceso a las zonas utilizadas como domicilio, excepto que en este se desarrolle de manera parcial actividades relacionadas o se almacenen archivos, documentación, material etc... relacionado con la actividad o instalación.

Tercero.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y a la Sede electrónica del Consell Insular de Mallorca.»

 

Palma, 2 de julio de 2020

El secretario técnico de Promoción Económica y Desarrollo Local (por suplencia: resolución de 8 de enero 2020. BOIB nº 9, de 21/01/2020) ​​​​​​​Jaume Tomàs Oliver