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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 6091
Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 8 de julio de 2020, por el cual se convocan subvenciones correspondientes a la Línea 2, apoyo a la producción y a la actividad de dinamización cultural de la ciudad para el año 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 515045

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b. y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo podrá consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web del Ayuntamiento de Palma (www.palmacultura.cat i www.palma.cat):

De acuerdo con toda la normativa que es de aplicación en materia de subvenciones se han redactado las Bases correspondientes a la línea 2 - 2.3.2. Producción de obras audiovisuales que apuesten por las temáticas de interés social y cultural para la ciudadanía de Palma  del Plan estratégico de subvenciones 2020-2022 del área de Cultura y Bienestar Social (Departamento de Cultura) y en el ámbito de sus competencias (Decreto 201913026, de 28 de junio, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma).

Primero. Beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas que puedan llevar a cabo los proyectos, las actividades o los comportamientos, que se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención y cumplen los requisitos y las obligaciones previstas a los art. 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS) y 10 y 11 de la Ordenanza municipal de subvenciones.

Pueden optar a esta convocatoria las obras audiovisuales incluidas en la categoría de cortometrajes y largometrajes documentales (se entiende por largometraje la obra de durada superior a los 52 minutos) que tienen como temática problemáticas sociales o temas de interés cultural para la ciudad de Palma. Pueden presentar la obra acabada o una parte del proceso de producción: investigación y guión, producción, postproducción, etc., en el marco del proyecto global.

Segundo. Finalidad:

Fomentar las iniciativas culturales surgidas del tejido cultural para el desarrollo de su tarea de creación y gestión de proyectos culturales que tienen como ámbito de actuación la ciudad de Palma, y apoyarlas. Tienen que ser iniciativas de utilidad pública o social y de interés general, que redunden en beneficio de los ciudadanos de Palma.

Tercero. Bases reguladoras

Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Palma, aprobada por el Pleno en fecha 26/02/2015 y publicada en el BOIB núm. 35 de fecha 12 de marzo de 2015.

Cuarto. Consignación presupuestaria:

La dotación total de esta convocatoria es de 30.000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Veinte días naturales contados desde el día siguiente en que se publique esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 9 de julio de 2020

El jefe del Departamento de Cultura Damià Sans Tous