Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 6081
Decreto de la Presidencia del Consejo de Mallorca de delegación de competencias de la Presidencia en el Consejo Ejecutivo en relación con la omisión de la función interventora
Esta Presidencia, en fecha de 30 de junio de 2020, ha dictado el siguiente decreto:
“De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, en relación con los supuestos de omisión de la función interventora, corresponde a la Presidencia de las entidades locales la competencia para «(...) decidir si continúa el procedimiento o no y las otras actuaciones que, en su caso, procedan.»
Visto lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen del Sector Público, los órganos de las diferentes administraciones públicas pueden delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, y de acuerdo con lo previsto en la base 56 de las bases de ejecución del presupuesto del Consejo de Mallorca para el año 2020.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por las disposiciones mencionadas, dicto este,
DECRETO
Primero.- DELEGAR en el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca la competencia para aprobar la convalidación de la omisión de la función interventora, así como la autorización, disposición y reconocimiento de las obligaciones que, en su caso, procedan en concepto de indemnización por daños y perjuicios derivada de responsabilidad patrimonial, en el marco de lo dispuesto en el artículo 28 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público y la base 56 de las bases de ejecución del presupuesto del Consejo de Mallorca para el año 2020.
Segundo.- PUBLICAR el contenido de este Decreto en el Boletín Oficial de las Illes Balears y ESTABLECER que entrará en vigor el mismo día de su publicación.”
Palma, 6 de julio de 2020
La presidenta Catalina Cladera Crespí