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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 5919
Registro insular de entidades sin ánimo de lucro de caza y pesca fluvial

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En fecha 25 de junio de 2020, el consejero ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local ha RESUELTO

“Primero.- Ordenar la creación del Registro Insular de entidades sin ánimo de lucro de caza y  pesca fluvial de conformidad con la Disposición adicional segunda de la Ley 3/2013, de 17 de julio, de modificación de la Ley 6/2006, del 12 de abril, balear de caza y pesca fluvial.

El registro tiene carácter público y voluntario, y la inscripción en este reportará a las entidades y asociaciones inscritas el disfrute de los beneficios y el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 6/2006, del 12 de abril, Balear de Caza y Pesca Fluvial, que dependerá del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consejo de Mallorca, o en su caso, del Departamento con competencias en materia de caza.

Segundo.- Aprobar el procedimiento para la inscripción en el Registro Insular de entidades sin ánimo de lucro  de caza y pesca fluvial y el modelo de instancia adjunto.

Las inscripciones se realizarán a solicitud de las entidades sin ánimo de lucro interesadas. Las solicitudes se habrán de formalizar mediante el modelo de instancia adjunto y han de contener los datos necesarios para identificar la entidad correctamente y la persona que la representa, así como aquella otra información que se detalla en el modelo de la instancia.

En el plazo de los quince días desde la solicitud, salvo que este se hubiera de interrumpir para enmendar la instancia, el consejero ejecutivo del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local notificará a la persona interesada la aprobación o denegación de la inscripción.  

Los datos contenidos en el fichero serán los siguientes:

  1. Razón social de la sociedad o asociación.

  2. CIF

  3. Nombre del representante, cargo y vigencia del cargo.

  4. Domicilio social i/o domicilio del contacto.

  5. Teléfono del contacto de la entidad.

  6. Dirección electrónica de la entidad.

  7. Objeto social.

  8. Ámbito de actuación.

  9. Número de socios.

La persona interesada se obliga con la presentación de la instancia a informar de los cambios en los datos proporcionados, dentro del mes siguiente que se produzcan (excepto el que hace referencia al número de socios de cuyos cambios informará anualmente). El incumplimiento de esta obligación determinará, con el correspondiente trámite de audiencia previa, que se pueda dar de baja la entidad del Registro.

Las entidades inscritas tendrán derecho en relación a la inscripción a la inclusión, oposición, acceso, rectificación y cancelación que podrán ejercer delante del órgano competente en materia de caza.

El acceso al fichero será público y libre, pudiendo existir física y digitalmente, procurándose un acceso al espacio del Servicio de Caza en la web del Consejo Insular de Mallorca.

Tercero.- Ordenar que esta resolución sea publicada en el BOIB con indicación de los recursos pertinentes.”

Contra esta resolución que no pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia del Consejo de Mallorca en el plazo de un mes desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Si transcurrieran tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se hubiera recibido la notificación de la resolución expresa, se entiende desestimado por silencio el recurso y se podrá interponer el recurso-contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si así se considera, cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, del 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, 1 de juliol de 2020

El secretario técnico de Promoción Económica y Desarrollo Local Por substitución (BOIB núm. 9, de 21.01.2020) Jaume Tomàs Oliver

 

MODELO SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN REGISTRO INSULAR DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE CAZA Y PESCA FLUVIAL DE MALLORCA

(Nombre y apellidos) ......................................................................................................................., con domicilio en .............................................., calle / plaza ........................................................... ......................................................................................................., distrito postal .........................., con DNI / NIF núm. ............................, actuando en calidad de ...................................................... ........................................................................................................, en nombre y representación de ........................................................................................................................................................... con CIF .............................. y domicilio fiscal en ............................... calle ……………………… ………………………………………………………............................. número ……..................., de la que tengo la debida representación.

Enterado de la creación del Registro Insular de entidades sin ánimo de lucro de caza y pesca fluvial de Mallorca, conforme ordena la Disposición adicional segunda de la Ley 3/3013, de 17 de julio, de modificación de la Ley 6/2006, de 12 de abril, Balear de Caza y Pesca Fluvial, modificada por la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y económico DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD, ante el Consejo Insular de Mallorca que:

1. Que la entidad que represento está válidamente constituida y es una entidad sin ánimo de lucro.

2. Que la entidad que represento tiene por objeto social la gestión, la regulación y la organización de actividades incluidas en la Ley balear de caza y pesca fluvial en el ámbito de Mallorca y que cumple todos los requisitos legales para llevar a cabo en su objeto social.

3. Que los datos que proporciono para la inscripción en el registro público mencionado son correctos y válidos y que me obligo a comunicar al Consejo de Mallorca cualquier modificación de los datos o de las circunstancias que afectan a esta solicitud en el plazo máximo de un mes desde que se produzcan, excepto en cuanto al número de socios los cambios en el que se comunicarán anualmente.

4. Que acompaño la siguiente documentación:

- Fotocopia compulsada de los estatutos o acta fundacional inscritos en el registro oficial correspondiente.

- Copia de la resolución de inscripción en el registro de entidades correspondiente.

- Fotocopia del CIF de la entidad y del DNI / NIE de la persona que la representa y, en su caso, de la persona que firma la solicitud.

- Documentación acreditativa de la representación en virtud de la cual actúa la persona que firma la solicitud. Y la documentación acreditativa de la vigencia del representante de la entidad. (Debe acompañarse del certificado de nombramiento y de vigencia del cargo).

- Certificado, firmado por el cargo competente de la entidad, del número de socios.

En virtud de lo anterior, SOLICITO

Que el Consejo Insular de Mallorca inscriba la entidad que represento en el Registro Insular de entidades sin ánimo de lucro de caza y pesca fluvial de Mallorca a los efectos del disfrute de beneficios y cumplimiento de obligaciones establecidos en la Ley balear de caza y en el resto de legislación vigente aplicable, con los siguientes datos:

1. Razón social.

2. CIF

3. Nombre del representante, cargo y vigencia del cargo.

4. Domicilio social y / o domicilio de contacto

5. Teléfono de contacto de la entidad

6. Dirección electrónica de la entidad.

7. Objeto social.

8. Ámbito de actuación.

9. Número de socios.

........................, .... de ................... de 20 ...

(Rúbrica y sello de la entidad)

 

La inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato en el formulario de solicitud, comportarán la admisión de la solicitud, sin perjuicio de que puedan ser causa de revocación de la inscripción si se conocen con posterioridad a la misma, comportando todas las responsabilidades en que haya podido incurrir.