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AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 5835
Aprobación inicial MC 06/2020
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el dia 28 de mayo acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos en la modalidad de transferencias de créditos que no afecctan a créditos de personal.
En el mencionado pleno se adoptó el siguiente acuerdo:
“En relación con el expediente relativo a la Modificación de créditos 06/2020 que no afecta a bajas y altas de créditos de personal.
Visto que mediante provisión de Alcaldia de fecha 17 / de mayo / 2020, se incoó expediente para la modificación de créditos del Presupuesto en vigor, mediante la modalidad de transferencias de créditos.
Visto que con fecha 17 de mayo, se emitió Memoria del Alcalde en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.
Visto que con fecha 18 de mayo, se emitió informe de Secretaria sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.
Visto que con fecha 18 de mayo, se emitiió informe de Intervención por el que se informó favorablemente la propuesta de Alcaldia.
Visto que la legislación aplicable es la siguiente:
— Els articles 3, 4, 11, 12, 13, 21 i 23 de la Llei Orgànica 2/2012, de 27 d'abril, d'Estabilitat Pressupostària i Sostenibilitat Financera.
— Los artículos 179 y 180 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
— El artículo 16 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en la su Aplicación a las Entidades Locales aprobadas por Real decreto 1463/2007, de 2 de noviembre.
— Los artículos 42, 173 y 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
— Los artículos 22.2.a), e) y 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
— Los artículos 40 a 42 del Real decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de Presupuestos.
— El Reglamento (UE) Núm. 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10).
— La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales.
— La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
—El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
— El artículo 4.1.b).2n. del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Visto lo que antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, por eso:
SE ACUERDA:
PRIMERO. Aprobar el expediente de modificación de créditos núm. 06/2020, en la modalidad de transferencias de crédito, como sigue a continuación:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Transferencia de créditos |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
326 |
48902 |
IES Baltassar Porcel |
6.000 |
2.000 |
8.000 |
|
|
TOTAL |
|
2.000 |
|
Esta modificación del Presupuesto Municipal no altera la cuantia total de este, se imputa el importe total o parcial de un crédito a otras partidas presupostàries con diferente vinculación jurídica.
Bajas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Transferencia de créditos |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
326 |
22719 |
Cursos |
20.000 |
-2.000 |
18.000 |
|
|
TOTAL |
|
-2.000 |
|
SEGUNDO. Modificar la base núm. 43, la línea del cuadro de subvenciones que hace referencia al IES Baltassar Porcel de la siguiente manera:
326. .48902. |
SUBV. CENTRE EDUCATIU IES BALTASAR PORCEL |
8.000,00 |
S0718127D |
TERCERO. Exponer este expediente al público mediante anuncio en el tablón de editos del Ayuntamiento y en el BOIB, por plazo de quince dias, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.”
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubieran presentado alegaciones se considerará definitivament aprobado dicho acuerdo.
Andratx, 30 de junio de 2020
El Alcalde
Joan Manera Jaume