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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 5834
Aprobación inicial MC 04/2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el dia 28 de mayo, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n. º 04/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplementos de crédit financiado mediante RTGG.

En la mencionada sesión se adoptaron los siguientes acuerdos:

“Visto que existen gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito en el vigente Presupuesto de la Corporación, por la Alcaldia se propuso la modificación consistente en créditos extraordinarios y suplementos de créditos financiados con cargo al RTGG.

Visto que se emitió Memòria de la Alcaldia en la cual se especificaban la modalidad de modificación del crédit, la financiación de la operación y su justificación.

Visto que se emitió informe de Secretaria sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

Visto que se emitió informe de Intervención por el que se informó favorablemente la propuesta de Alcaldia y se elaboró Informe de Intervención sobre Evaluación de las reglas fiscales que prevé un posible incumplimiento de la estabilidad presupuestaria.

Vista la necesidad de proceder al pago de las diferentes actuaciones que conforman el expediente se propone la adopción del siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos núm. 04/2020, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de tesoreria resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de conformidad con el siguiente detalle:

Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Crédito extraordinario

Crèdits finals

Progr.

Económica

 

 

 

 

150

60000

Inversió en bens destinats a l'ús general

428.894,72

249.227,91

678.122,63

150

27099

Execucions subsidiàries

8.000,00

524.783,55

532.783,55

132

12004

Retribucions bàsiques

8.914,36

37.532,58

46.446,94

150

12004

Retribucions bàsiques

71.314,88

105.611,34

176.926,22

1532

12004

Retribucions bàsiques

8.914,36

37.532,58

46.446,94

2310

12004

Retribucions bàsiques

8.914,36

37.389,62

46.303,98

3321

12004

Retribucions bàsiques

0,00

27.135,58

27.135,58

920

12004

Retribucions bàsiques

44.571,80

135.166,65

179.738,45

925

12004

Retribucions bàsiques

53.486,16

177.200,75

230.686,91

931

12004

Retribucions bàsiques

26.743,08

65.666,43

92.409,51

934

12004

Retribucions bàsiques

17.828,72

37.532,58

55.361,30

920

22611

Responsabilitat patrimonial

50.000,00

33.600,00

83.600,00

 

 

TOTAL

 

1.468.379,52

 

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesoreria, en los siguientes terminos:

 

Altas en Conceptos de Ingresos

Aplicación económica

Descripción

Euros

Cap.

 

 

87001

RTGG

1.468.379,52

 

TOTAL INGRESOS

1.468.379,52

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esta finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel de vinculación establecido.

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Província, por quince dias, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el mencionado plazo no se hubieran presentado reclamaciones; en caso contrario el Pleno dispondrá de un mes para resolverlas. “

Aprobado inicialmente el expediente en cumplimiento de lo que dispone el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince dias, a contar des desde el dia siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOIB.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Si transurrido dicho plazo no se hubieran presentado alegaciones se considerará definitivamente aprobado dicho acuerdo.

 

Andratx, 30 de junio de 2020

El alcalde

Joan Manera Jaume