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AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 5834
Aprobación inicial MC 04/2020
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el dia 28 de mayo, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n. º 04/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplementos de crédit financiado mediante RTGG.
En la mencionada sesión se adoptaron los siguientes acuerdos:
“Visto que existen gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito en el vigente Presupuesto de la Corporación, por la Alcaldia se propuso la modificación consistente en créditos extraordinarios y suplementos de créditos financiados con cargo al RTGG.
Visto que se emitió Memòria de la Alcaldia en la cual se especificaban la modalidad de modificación del crédit, la financiación de la operación y su justificación.
Visto que se emitió informe de Secretaria sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.
Visto que se emitió informe de Intervención por el que se informó favorablemente la propuesta de Alcaldia y se elaboró Informe de Intervención sobre Evaluación de las reglas fiscales que prevé un posible incumplimiento de la estabilidad presupuestaria.
Vista la necesidad de proceder al pago de las diferentes actuaciones que conforman el expediente se propone la adopción del siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos núm. 04/2020, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de tesoreria resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de conformidad con el siguiente detalle:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Crédito extraordinario |
Crèdits finals |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
150 |
60000 |
Inversió en bens destinats a l'ús general |
428.894,72 |
249.227,91 |
678.122,63 |
150 |
27099 |
Execucions subsidiàries |
8.000,00 |
524.783,55 |
532.783,55 |
132 |
12004 |
Retribucions bàsiques |
8.914,36 |
37.532,58 |
46.446,94 |
150 |
12004 |
Retribucions bàsiques |
71.314,88 |
105.611,34 |
176.926,22 |
1532 |
12004 |
Retribucions bàsiques |
8.914,36 |
37.532,58 |
46.446,94 |
2310 |
12004 |
Retribucions bàsiques |
8.914,36 |
37.389,62 |
46.303,98 |
3321 |
12004 |
Retribucions bàsiques |
0,00 |
27.135,58 |
27.135,58 |
920 |
12004 |
Retribucions bàsiques |
44.571,80 |
135.166,65 |
179.738,45 |
925 |
12004 |
Retribucions bàsiques |
53.486,16 |
177.200,75 |
230.686,91 |
931 |
12004 |
Retribucions bàsiques |
26.743,08 |
65.666,43 |
92.409,51 |
934 |
12004 |
Retribucions bàsiques |
17.828,72 |
37.532,58 |
55.361,30 |
920 |
22611 |
Responsabilitat patrimonial |
50.000,00 |
33.600,00 |
83.600,00 |
|
|
TOTAL |
|
1.468.379,52 |
|
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesoreria, en los siguientes terminos:
Altas en Conceptos de Ingresos
Aplicación económica |
Descripción |
Euros |
||||||
Cap. |
|
|
||||||
87001 |
RTGG |
1.468.379,52 |
||||||
|
TOTAL INGRESOS |
1.468.379,52 |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esta finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel de vinculación establecido.
SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Província, por quince dias, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el mencionado plazo no se hubieran presentado reclamaciones; en caso contrario el Pleno dispondrá de un mes para resolverlas. “
Aprobado inicialmente el expediente en cumplimiento de lo que dispone el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince dias, a contar des desde el dia siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOIB.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Si transurrido dicho plazo no se hubieran presentado alegaciones se considerará definitivamente aprobado dicho acuerdo.
Andratx, 30 de junio de 2020
El alcalde
Joan Manera Jaume