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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 5819
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de julio de 2020 por el que se declaran inversión de interés autonómico las obras de construcción de un campo experimental en el campus de la Universidad de las Illes Balears

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Texto

El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, según la redacción aprobada por La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, establece en el artículo 36.4 que, en materia de enseñanza universitaria, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de la autonomía universitaria, en la programación y la coordinación del sistema universitario, en la financiación propia de las universidades y en la regulación y la gestión del sistema propio de becas y ayudas.

El Real Decreto 2243/1996, de 18 de octubre, aprueba las transferencias de las funciones y los servicios en materia de universidades de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el Decreto 204/1996, de 28 de noviembre, hace pública la asunción y la distribución de las competencias transferidas por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de universidades y prevé la perspectiva de la planificación universitaria en cuanto a la docencia, la investigación, la implantación de nuevos estudios y la construcción de edificios de docencia e investigación.

Por otra parte, la Universidad de las Illes Balears (UIB) se crea mediante la Ley 18/1978, de 15 de marzo, sobre la creación de una universidad con sede en Palma (BOE núm. 66, de 18 de marzo).

De acuerdo con lo que dispone el artículo 1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la universidad lleva a cabo el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio y tiene las funciones siguientes:

a. La creación, el desarrollo, la transmisión y la crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura.

b. La preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos y para la creación artística.

c. La difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida y del desarrollo económico.

d. La difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida.

La implantación progresiva del sistema europeo de educación superior ha supuesto la necesidad de disponer de más espacios docentes para poder satisfacer las demandas en el conjunto de los estudios implantados en la UIB, tanto de grado como de máster.

El grado de Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural (GEAM) y el Máster Universitario en Ingeniería Agronómica (MEAG) tienen carencias, reflejadas en el informe de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), que hacen que se pueda ver afectada su viabilidad si no se resuelven.

Entre los recursos más urgentes para poder llevar a cabo las experiencias propias de los estudios se necesita un invernadero para actividades prácticas de jardinería y horticultura. Se requiere instalar un invernadero de 480 m2, la mitad dedicado a cultivos hortícolas y floricultura sobre suelo y la otra mitad a cultivo de planteles y plantas en contenedores con mesas.

Atendida la naturaleza de los estudios y las necesidades planteadas para su correcto desarrollo, la Universidad propuso como espacio más adecuado para la implantación de estas infraestructuras la zona rural del campus. De este modo se permite restaurar el uso primigenio de la zona, además de recuperarla para el campus, dado que se encuentra en un estado decadente. Así se volverán a implantar cultivos que servirán de base para la práctica y experimentación de los estudios, se rehabilitará el algarrobal y se instalará el invernadero necesario para la acreditación de los estudios.

Estas infraestructuras permitirán mejorar sustancialmente, desde un punto de vista práctico, la realización de trabajos de fin de grado (TFG) y trabajos de fin de máster (TFM) con un componente experimental y, también, poder elaborar trabajos de investigación de cariz agrario.

Además, la habilitación de estos terrenos donde se proponen estas instalaciones permitirá dar funcionalidad a un espacio agrario infrautilizado en estos momentos y que se pretende recuperar.

Por todo ello, la Universidad tiene inscrita la explotación en el Registro insular agrario (RIA) con carácter singular y preferente desde el 10 de enero de 2019, de acuerdo con los términos que establece el artículo 11 de la Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears, con el número 13467.

De acuerdo con lo anterior, el mes de septiembre de 2019, la UIB contrató el proyecto para la instalación del invernadero con un ingeniero técnico agrícola, y el 7 de diciembre de 2019 entregó el proyecto correspondiente a la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación.

La instalación del invernadero se prevé en la zona 7 del Plan Especial del Campus Universitario de Balears. Esta zona tiene una superficie de 182.565 m2 destinada al cultivo del algarrobo y una superficie de 17.228 m2 de tierras labrables, donde se prevé la instalación del invernadero y de las parcelas de prácticas y experimentación.

El proyecto consiste en la instalación de un invernadero multicapilla de 480 m2 de superficie (16 x 30 m). La mitad se dedicará a cultivos hortícolas y floricultura sobre suelo y la otra mitad, a cultivo de planteles y plantas en contenedores con mesas, para actividades prácticas de jardinería y horticultura. Este invernadero se debe dotar de las instalaciones necesarias de electricidad y agua.

El invernadero estará construido con perfiles metálicos de acero galvanizado, con cierres de plástico rígido ondulado. La estructura será totalmente desmontable. Dispondrá de dos puertas de acceso correderas para acceder en el interior con maquinaria agrícola. La altura mínima del invernadero tiene que ser de 3,00 m, para el desarrollo correcto de las tareas.

También se prevé la habilitación de una superficie de 1,72 ha para la instalación de parcelas para el ensayo y experimentación de cultivos. Cada una de las parcelas se dotará de agua y electricidad.

El plazo previsto para la instalación del invernadero es de dos meses y medio, y el presupuesto máximo para la ejecución es de 119.999,77 euros, IVA incluido.

El planeamiento urbanístico del campus universitario está recogido en su plan especial, aprobado el 30 de abril de 1987 (BOCAIB núm. 69, de 2 de junio), el cual se incorporó al PGOU de Palma como sistema general de equipamiento comunitario docente en suelo rústico (SGEC/DO, ficha 43-01-E, del PGOU de Palma).

Los terrenos sobre los que se ubica el campus universitario fueron objeto de un proceso de expropiación. El acta de recepción de las fincas se formalizó mediante una escritura de agrupación de las fincas y la inscripción de la parcela del campus universitario en el Registro de la Propiedad número 2 de Palma con el número de entrada 996 de 1996 (referencia catastral: 9582004-DD6898A-0001-DG).

El día 28 de mayo de 2020, el rector de la Universidad de las Illes Balears solicitó que se declararan inversión de interés autonómico las obras de construcción de un campo experimental en el campus de la Universidad de las Illes Balears, en la parcela con la referencia catastral 9582004-DD6898A-0001-DG, zona 7, del Plan Especial del Campus Universitario de Balears de 1987 (registro núm. L13E20459/2020).

El Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece la regulación de los efectos de la declaración de inversiones de interés autonómico de las Illes Balears con el fin de atender la demanda creciente de servicios y prestaciones en los ámbitos recogidos en el Decreto Ley. En este sentido, la Dirección General de Política Universitaria e Investigación estima plenamente justificado que se consideren inversión de interés autonómico las obras de construcción de un campo experimental en el campus de la Universidad de las Illes Balears.

Por todo ello, teniendo en cuenta que es un proyecto del máximo interés general para la población y con el fin de darle el mayor impulso posible, lo más adecuado es declarar inversión de interés autonómico las obras de construcción de un campo experimental en el campus de la Universidad de las Illes Balears, en la parcela con la referencia catastral 9582004-DD6898A-0001-DG, zona 7, del Plan Especial del Campus Universitario de 1987.

El artículo 7 del Decreto Ley 1/2018 establece que un equipamiento público de uso educativo se considera inversión de interés autonómico cuando así lo declare expresamente el Consejo de Gobierno de las Illes Balears, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Inversión en las Illes Balears, y en las condiciones que el Consejo de Gobierno determine para ejecutarlo.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Educación, Universidad e Investigación, en la sesión de 3 de julio de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero. Declarar, en conformidad con los artículos 7 y 8 del Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, inversión de interés autonómico las obras de construcción de un campo experimental en el campus de la Universidad de las Illes Balears, en la parcela con la referencia catastral 9582004-DD6898A-0001-DG, zona 7, del Plan Especial del Campus Universitario de Balears del año 1987.

Segundo. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Palma.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 3 de julio de 2020

La secretaria del Consejo de Gobierno

Pilar Costa i Serra