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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR

Núm. 5794
Delegación de competencia del Pleno a favor de la Junta de Gobierno para ejercer como órgano de contratación

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Mediante el presente anuncio se hace público que el Pleno del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar, en sesión extraordinaria celebrada en fecha 2 de julio de 2020, en el acuerdo de aprobación del expediente de contratación, así como de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que han de regir la contratación de la explotación y dinamización de la cafetería restaurante y exteriores de la Estación de Sant Llorenç des Cardassar, acordó, asimismo:

"En beneficio de la agilidad procedimental, delegar en la Junta de Gobierno la competencia para actuar como órgano de contratación durante el procedimiento de adjudicación y durante la ejecución estrictamente del referido contrato, así como a la Alcaldía la facultad de firma y formalización del mismo. "

Lo que se hace público en cumplimiento de la normativa vigente.

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, se pueden interponer alternativamente los siguientes recursos:

a) El recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que ha dictado el acto.

b) Directamente, el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o de la publicación del edicto, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

Si opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no puede presentar recurso contencioso administrativo hasta que se resuelva ese expresamente o se haya producido la desestimación por silencio, que se producirá por el transcurso de un mes desde la presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado. En este caso, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses, a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

Todo ello sin perjuicio de otros recursos o acciones que considere adecuadas.

 

Sant Llorenç des Cardassar, 2 de julio de 2020

El alcalde

Mateu Puigròs Sureda