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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 5752
Resolución de la directora gerente de la Escuela Balear de Administración Pública de 1 de julio de 2020 por la cual se fija el calendario y el sistema de evaluación de las pruebas de lengua catalana organizadas por la Escuela para la convocatoria del año 2020

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Texto

Antecedentes

Mediante el Acuerdo del Consejo de Dirección de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) de 25 de noviembre de 2019 se publicaron la oferta de cursos y las instrucciones que rigen el Plan de Formación de Lengua de la EBAP para el año 2020 (BOIB núm. 163, de 3 de diciembre). 

El punto 22.2 del Acuerdo de 25 de noviembre dispone que, antes de acabar los cursos de todas las modalidades, se publicarán en la página web Lengua Catalana EBAP (http://catalaebap.caib.es) y en Boletín Oficial de las Illes Balears las fechas concretas, el horario y los lugares de realización de las pruebas.

Con el Acuerdo del Consejo de Dirección de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) de 20 de mayo de 2020 se modificó el Acuerdo del Consejo de Dirección de 25 de noviembre de 2019 por el cual se aprueba la oferta de cursos y las instrucciones que rigen el Plan de Formación de Lengua de la EBAP para el año 2020 (BOIB núm. 93, de 26 de mayo). 

El punto 22.1 de las instrucciones por las cuales se rigen los cursos de lengua catalana del año 2020 del EBAP, con la modificación de 20 de mayo mencionada en el punto anterior, queda redactado de la siguiente manera: «las pruebas se llevarán a cabo en convocatoria única, que se hará el mes de septiembre 2020, siempre que las indicaciones de las autoridades sanitarias lo permitan».

5. Los puntos 17, 19 y 20 de las instrucciones por las cuales se rigen los cursos de lengua catalana del año 2020 de la EBAP, modificados en el Acuerdo de 20 de mayo, fijan los requisitos que tienen que cumplir los alumnos de las diferentes modalidades de aprendizaje para tener derecho de examen.

Por todo esto, de acuerdo con las atribuciones que me otorga el artículo 9 del Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el cual se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública, dicto la siguiente

Resolución

  1. Aprobar el calendario de las pruebas de lengua catalana de la EBAP para la convocatoria del año 2020 en los términos que se indican en el anexo de esta Resolución.
  2. Publicar esta Resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la presidenta de la EBAP en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de haberse publicado en Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

​​​​​​​Palma, 1 de julio de 2020

La directora gerente de la EBAP

Mercedes Riera López

ANEXO

Calendario y lugares de realización de las pruebas de los diferentes niveles de lengua catalana correspondientes a la convocatoria del año 2020 de la EBAP

Calendario 

Nivel A2

- Prueba escrita: lunes, 14 de septiembre de 2020, a las 9.00 horas.

- Prueba oral: lunes, 21 de septiembre de 2020, a partir de las 16.00 horas.

Nivel B1

- Prueba escrita: viernes, 18 de septiembre de 2020, a las 9.00 horas.

- Prueba oral: jueves, 24 de septiembre de 2020, a partir de las 16.00 horas.

Nivel B2

- Prueba escrita: lunes, 14 de septiembre de 2020, a las 9.00 horas.

- Prueba oral: lunes, 21 de septiembre de 2020, a partir de las 16.00 horas.

Nivel C1

- Prueba escrita: viernes, 11 de septiembre de 2020, a las 9.00 horas 

- Prueba oral: miércoles, 23 de septiembre de 2020, a partir de las 16.00 horas.

Nivel C2

- Prueba escrita: viernes, 18 de septiembre de 2020, a las 9.00 horas.

- Prueba oral: jueves, 24 de septiembre de 2020, a partir de las 16.00 horas.

Lenguaje administrativo (LA)

- Miércoles, 16 de septiembre de 2020, a las 9.00 horas.

Lugares

Mallorca

Todas las pruebas se harán en la sede de la EBAP (c. del Gremio de Corredores, 10, 3a pl., pol. de Son Rossinyol, Palma).

Menorca

- Las pruebas escritas de los niveles B1, B2, C1 y C2 se harán en la sede de Menorca de la  Universitat de les Illes Balears (c. de Santa Rita, 11, Alaior).

- La prueba de lenguaje administrativo se hará en el recinto ferial de Maó (c. de s'Alqueria Cremada, Maó).

- Las pruebas orales de los niveles B1, B2, C1 y C2 se harán en la sede de la EBAP en Menorca (c. del Obispo Gonyalons, 20, Maó).

Ibiza y Formentera

Todas las pruebas se harán en la sede de la EBAP (carretera de Sant Antoni, km 2.7, sa Coma).

Todos los alumnos con derecho de examen podrán examinarse y ser evaluados tanto de la parte escrita cómo de la parte oral de las pruebas, si procede. Sin embargo, no se corregirá totalmente la parte escrita de las pruebas en caso de haber algún bloque o más no superado.

Los examinandos de la isla de Formentera, si se tercia, harán las pruebas en la isla de Ibiza. A tal efecto, la EBAP asumirá el coste económico del desplazamiento (ida y retorno) de los examinandos de Formentera.

De acuerdo con el punto 25.3 de las instrucciones por las cuales se regía el Plan de Formación de Lengua Catalana de la EBAP de 2019 (Resolución del director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública de 3 de diciembre de 2018 por la cual se publica la oferta de cursos y las instrucciones que rigen el Plan de Formación de Lengua de la EBAP para el año 2019), en la convocatoria de 2020 se conservará la calificación de apto de los bloques de la prueba escrita a las personas que en la convocatoria del año 2019 no superaron el bloque de expresión oral e interacción, pero, en cambio, lograron la puntuación mínima exigida en todos y cada uno de los bloques correspondientes a la parte escrita de las pruebas. Estas personas sólo se tendrán que examinar del bloque de expresión oral e interacción y serán incluidas de oficio en la lista de personas con derecho de examen, por lo cual no tendrán que hacer ningún trámite previo ni inscribirse a las pruebas de 2020.

De acuerdo con el punto 25.4 de las instrucciones por las cuales se regía el Plan de Formación de Lengua Catalana de la EBAP de 2019, en la convocatoria de 2020 se conservará la calificación de apto del bloque de interacción y expresión oral a las personas que en la convocatoria de 2019 no superaron alguno de los bloques de la parte escrita (comprensión oral, comprensión escrita, dominio práctico del sistema lingüístico o expresión escrita), pero, en cambio, lograron la puntuación mínima exigida en el bloque de interacción y expresión oral. Estas personas se tendrán que examinar de todos los bloques de la parte escrita y serán incluidas de oficio en la lista de personas con derecho de examen, por lo cual no tendrán que hacer ningún trámite previo ni inscribirse a las pruebas de 2020.

En relación con la prueba de lenguaje administrativo, de acuerdo con el punto 25.5 de las instrucciones por las cuales se regía el Plan de Formación de Lengua Catalana de la EBAP de 2019, en la convocatoria de 2020 tendran derecho de examen las personas que en la convocatoria de 2019 no superaron el bloque de expresión escrita, pero, en cambio, lograron la puntuación mínima exigida en el resto de bloques. En este caso, los examinandos tendrán que hacer la prueba entera y serán incluidos de oficio en la lista de personas con derecho de examen, por lo cual no tendrán que hacer ningún trámite previo ni inscribirse a las pruebas de 2020.

De acuerdo con el punto 22 de las instrucciones por las cuales se rige el Plan de Formación de Lengua Catalana de la EBAP del año 2020, las personas que no comparezcan en el lugar, el día y la hora fijados para la convocatoria no podrán participar en las pruebas. En este sentido, no se permitirá el acceso en las aulas una vez hecho el llamamiento a las personas con derecho de examen. Por otro lado, si alguna persona con derecho de examen no puede comparecer en el lugar, el día y la hora fijados debido a alguna fuerza mayor debidamente acreditada, se le conservará el derecho de examen hasta la convocatoria de pruebas del año 2021.