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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 5749
Departamento de Planeamiento y Gestión urbanística. Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento. Exp: PA 2019 0004. Aprobación inicial del proyecto de modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) consistente en la clasificación como suelo rústico de todo el sector de suelo urbanizable SUP/86-01, Son Gual I

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de 28 de mayo de 2020 aprobó inicialmente el proyecto de modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) consistente en la clasificación como suelo rústico de todo el sector de suelo urbanizable SUP/86-01, Son Gual I que consta en el vigente PGOU de Palma, y delimitando parte del  mencionado suelo como núcleo rural (PL-NR Son Gual II), en los términos que menciona el proyecto con registro de entrada en el serviciojuridicoadministrativo de planeamiento núm. 45 de 24 de enero de 2020 y redactado por los Servicios técnicos municipales, a petición de Gerencia de Urbanismo.

Cumpliendo el artículo 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears se somete el mencionado proyecto de modificación del Plan General, junto con el punto 9 del documento ambiental estratégico al cual se refiere el proyecto técnico, a información pública durante TREINTA DÍAS. Visto el art. 21. 5 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca (LOUS), el plazo de información pública se computa desde la última publicación obligatoria.

Quienes se consideren afectados pueden examinar el proyecto:

- presencialmente en la Sección de información urbanística (Av. Gabriel Alomar, 18, planta baja. Edificio Municipal de les Avingudes),

- en el anuncio de este acuerdo, en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica Municipal (con navegador Explorer)

- a través del enlace: https://disc.palmademallorca.es/public/865bf1

y presentar las alegaciones que estimen pertinentes, dentro del mencionado plazo y mediante escrito dirigido al  Ayuntamiento de Palma, en el registro general de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía, cuya dirección puede ser consultada en la página web www.palma.cat, o en las dependencias a que se refiere el art. 26.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Así mismo y de acuerdo con el art. 51 de la mencionada Ley 12/2017, se hace pública la suspensión de la tramitación y aprobación de los planes de desarrollo, de los instrumentos de gestión, así como del otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y de la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en lo que resulten afectadas por las determinaciones de este planeamiento.

 

Palma, 26 de junio de 2020

El jefe del Departamento

p.d. Decreto de Alcaldía nº  3000/2014, de 26/02/2014

(BOIB nº  30 de  4-03-2014)

Jaume Horrach Font