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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 5694
Acuerdo del Consejo General de la Agencia Tributaria de las Illes Balears de 25 de junio de 2020, por el cual se aprueba la modificación MF10420/FEB/2020 de la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares

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Texto

El día 25 de junio de 2020, el Administrador tributario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (por vacante de la Dirección de la ATIB) elevó al Consejo General de la ATIB la propuesta de Acuerdo por el que se aprueba la modificación MF10420/FEB/2020 de la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares, fundamentada en los antecedentes siguientes:

1. La Ley 3/2008, de 14 de abril, de creación y regulación de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, establece en el artículo 14.5 que este ente cuenta con una relación de puestos de trabajo cuya aprobación corresponde al Consejo General

Concretamente, mediante el Acuerdo de 22 de julio de 2009 (BOIB núm. 107 Ext., de 24 de julio) se aprobó la relación de puestos de trabajo, de conformidad con la estructura orgánica establecida por la Orden del Consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 24 de octubre de 2008.

Posteriormente, esta relación ha sido modificada parcialmente mediante los Acuerdos del Consejo General de la ATIB de 9 de noviembre de 2009 (BOIB núm. 165, de 12 de noviembre); 26 de abril de 2010 (BOIB núm. 71, de 11 de mayo de 2010); 4 de junio de 2012 (BOIB núm. 85, de 14 de junio); 12 de diciembre de 2012 (BOIB núm. 19, de 7 de febrero de 2013); 27 de marzo de 2013 (BOIB núm. 49, de 11 de abril); 28 de noviembre de 2013 (BOIB núm. 171, de 12 de diciembre); 12 de junio de 2014 (BOIB núm. 90, de 3 de julio), 7 de mayo de 2015 (BOIB núm. 91, de 20 de junio), 21 de abril de 2016 (BOIB núm. 64, de 21 de mayo), 27 de junio de 2016 (BOIB núm. 87, de 9 de julio), 30 de noviembre de 2016 (BOIB núm. 2, de 5 de enero de 2017), 28 de junio de 2017 (BOIB núm. 82 de 6 de julio), 5 de septiembre de 2017 (BOIB núm. 114, de 16 de septiembre), 6 de octubre de 2017 (BOIB núm. 127, de 17 de octubre), 14 de febrero de 2018 (BOIB núm. 26, de 27 de febrero) y 25 de octubre de 2018.

2. Los motivos de la modificación son los siguientes:  

En primer lugar, respecto de la modificación del puesto F0113027C, se debe al hecho que el Área Económico Financiera del Departamento Administrativo y Económico de la ATIB está formado por dos servicios, el Servicio de Control de Ingresos Públicos y el Servicio de Gestión Económica, este último integrado por dos jefaturas de negociado y dos puestos base.

En fechas recientes se ha producido la jubilación forzosa de la persona titular de la jefatura de negociado VI. Este hecho motivó la necesaria reestructuración del Servicio y, para lograr una mayor eficiencia y eficacia de gestión, se dotó una jefatura de sección para dar soporte directo a la persona titular de la jefatura de servicio.

De esta manera, el Servicio de Gestión Económico Financiero queda organizado con una jefatura de servicio, una sección, un negociado y dos puestos base. Se convocó una comisión de servicio voluntaria para ocupar la sección dotada al efecto, pero resultó desierta.

Por este motivo, y como consecuencia de la necesidad de ocupar este puesto de trabajo, se procede a llevar a cabo una modificación de la adscripción autonómica del puesto F0113027C, Jefe/a de la Sección I, para que pueda ser ocupada por personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

En segundo lugar, también se modifica el puesto F0113012C con la finalidad de equiparar la denominación y el complemento específico a los puestos de la misma naturaleza denominados Jefe de administración de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Esta modificación no supone ningún incremento del presupuesto de capítulo I de la ATIB.

Y en tercer lugar, se modifica el puesto F01140334. Se trata únicamente de un cambio en la denominación que viene dado por la necesidad de adecuar las funciones a la jefatura, ya que la Resolución de la Directora de la ATIB de 28 de agosto de 2017 por la que se aprueba el organigrama y las funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, que fija las funciones del Jefe de Servicio de Recaudación y del Jefe del Servicio de Procedimientos Especiales, ambas jefaturas adscritas al Área de Recaudación del Departamento de Gestión y Recaudación Tributaria.

Por este motivo, en el marco de las competencias de autoorganización de la ATIB, propongo al Consejo General que adopte el siguiente

Acuerdo

1. Aprobar la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Agencia Tributaria de las Illes Balears 10420, en los términos que constan en el anexo adjunto a este Acuerdo.  

2. Publicar el contenido íntegro de este Acuerdo y su Anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Este Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

  

Palma, 25 de junio de 2020

El Administrador Tributario de la ATIB,

Justo Alberto Roibal Hernández

(Por vacante de la Dirección de la ATIB.

Art. 5.3 de la Orden de la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas

de 22 de diciembre de 2016. BOIB núm. 163, de 29 de diciembre)

Documentos adjuntos