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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES

Núm. 5653
Resolución relativa a la solicitud de la entidad Patronat de l’Agrupació Pro-Minusvàlids Psíquics de la Comarca d’Inca (Joan XXIII) para la convocatoria del concierto social del Servicio de Desarrollo Infantil y Atención Temprana de la Red Pública y concertada de Atención Temprana en el ámbito de los servicios sociales de las Islas Baleares, en la comarca de Inca, para los años 2020 y 2021

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 24 de octubre de 2019, se convocó el concierto social del Servicio de desarrollo infantil y atención temprana de la red pública y concertada de atención temprana en el ámbito de los servicios sociales de las Islas Baleares, con entidades acreditadas, en la comarca de Inca, para los años 2020 y 2021 (BOIB nº. 150, de 5 de noviembre de 2019).

2. En fecha 11 de noviembre de 2019 la entidad Patronat Joan XXIII con CIF G-07064199 presentó solicitud para participar en esta convocatoria.

3. La entidad Patronat Joan XXIII cumple con los requisitos establecidos en la convocatoria y solicita concertar 9.368 sesiones anuales o la parte proporcional. De acuerdo con los criterios de la Resolución de la Consejera de 24 de octubre de 2019 mediante la cual se convoca este concierto, le corresponden un total aproximado de 17.884 sesiones durante el periodo de vigencia del concierto. Por lo cual de la concertación de las sesiones con la entidad Patronat Joan XXIII, según el precio de referencia de 39,80 euros por sesión, resulta un importe de 711.797,67 euros.

4. En fecha 15 de noviembre de 2019, el director general de Atención a la Dependencia dictó la propuesta de resolución relativa a la renovación y ampliación del concierto social del Servicio de Desarrollo Infantil y Atención Temprana de la Red Pública y concertada de Atención Temprana en el ámbito de los servicios sociales de las Islas Baleares, en la comarca de Inca, para los años 2020 y 2021, con la entidad Patronat Joan XXIII.

En fecha 16 de diciembre de 2019 la Intervención General ha emitido informe favorable de fiscalización del expediente.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.

2. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

3. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares.

4. La 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

5. El Decreto 85/2010, de 25 de junio, por el cual se regula la red pública y concertada de atención temprana en el ámbito de los servicios sociales de las Islas Baleares.

6. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se tienen que someter los conciertos sociales.

7. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

8. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

9. Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 24 de octubre de 2019, por la cual se convoca el concierto social del Servicio de desarrollo infantil y atención temprana, de la red pública y concertada de atención temprana en el ámbito de servicios sociales de las Islas Baleares, en la comarca de Inca, para los años 2020 y 2021 (BOIB nº. 150, de 5 de noviembre de 2019).

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1.-Aprovar la acción concertada con la entidad Patronat Joan XXIII, con CIF G-07064199, en un número estimado de 9.368 sesiones anuales, al precio de 39,80 euros por sesión, para prestar el Servicio de Desarrollo Infantil y Atención Temprana de la Red Pública y Concertada de Atención Temprana, durante el periodo que va de día 1 de enero de 2020 al 30 de noviembre de 2021, por un importe total de 711.797,67€ (IVA exento).

2.- Autorizar y disponer un gasto total a favor de la entidad Joan XXIII con CIF G-07064199, por importe de 711.797,67€ (IVA exento), con cargo en las siguientes partidas y anualidades:

- 2020, 338.951,27€ correspondiente a los meses de enero a noviembre de 2020, con cargo en la partida 17301.313B01.26104.00, de los presupuestos de la comunidad autónoma para el año 2020.

- 2021, 372.846,4€ correspondientes a los meses de diciembre de 2020 a noviembre de 2021, con cargo en la partida 17301.313B01.26104.00 (o equivalente que la sustituya), de los presupuestos de la comunidad autónoma para el año 2021.

3.-El concierto se regirá por las estipulaciones del documento de concierto firmado entre las partes y por el Pliego General de prescripciones técnicas de 18 de septiembre de 2019.

4.- Este concierto queda condicionado a la existencia de crédito suficiente y adecuado en la partida 17301.313B01.26104.00 (o equivalente que la sustituya) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los años 2020 i 2021.

5.-Notificar esta resolución a la entidad interesada

Interposición de recursos

Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

  

Palma, 2 de enero de 2020

La Consejera,

Fina Santiago Rodríguez