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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 5629
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre el Parque fotovoltaico Na Síquia pol. 10, parc. 944, 945, 946, TM Santanyí (67A/2019)

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 30 de abril de 2020,

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

Se trata de una instalación fotovoltaica en suelo rústico de tipo C, la ocupación es de 31.910 m2 situados parte en suelo rústico general (SRG) y parte en Área de Transición de Armonización (AT-H), y se ubica en una parcela en zona de aptitud media y alta, por lo que se encuentra incluida en el grupo 3. energía, apartado 12) Instalaciones para la producción de energía eléctrica a partir del energía solar, incluidos los tendidos de conexión a la red siguientes:

-Instalaciones con una ocupación total de más de 1 ha situadas en suelo rústico fuera de las zonas de aptitud alta del PDS de energía, excepto las que estén situadas en cualquier tipo de cubierta.

Según el proyecto, es necesaria la utilidad pública sin necesidad de declaración de interés general. Con todo, y de acuerdo con el artículo 17.1 de la Ley 12/2016, este proyecto se tramita de acuerdo con el artículo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, razón por la que el proyecto será objeto de una Evaluación de Impacto ambiental Ordinaria y, por tanto, se seguirá la tramitación ambiental establecida en el título II, capítulo II, sección 1ª de la mencionada Ley.

1.Información del proyecto: objeto, ubicación y descripción

El objeto es la construcción de un parque fotovoltaico con una ocupación de 31.910 m² constituido por 12.144 paneles solares de 300 Wp de potencia unitaria (potencia instalada total de 3.643,2 kWp), por 46 inversores de 66 kW cada uno, 2 centros de transformación, 1 centro de Maniobra y Medida (CMM), 1 centro de control y por líneas de evacuación de 15 kV soterradas y conexión sobre la línea de distribución mediante torre de conversión aérea-subterránea.

La superficie total de la parcela es de 45.677 m2 y la ocupación de la parcela es de 31.910 m2 con una ocupación total una vez realizado el cierre perimetral, de 41.000 m2.

El promotor del proyecto es Good Wind Entertainment S.L. y el órgano sustantivo la Dirección General de Energía y Cambio Climático de la Conselleria de Territorio, Energía y Movilidad.

El sistema global se basa en la transformación de la corriente continua generada por los paneles solares, en corriente alterna de la misma calidad (tensión, frecuencia, ...) que la que circula por la red comercial eléctrica (400 V). Esta transformación se realiza a través del inversor, elemento que tiene, además, otras funciones, realizar el acoplamiento automático con la red e incorporar parte de las protecciones requeridas por la legislación vigente.

La energía desde los inversores es enviada a los transformadores BT / MT cuya función es elevar la tensión de la electricidad hasta los 15.000 V para su transporte hasta el punto de conexión con la red de distribución, propiedad de Endesa Distribución, donde es íntegramente vertida a la red.

Las instalaciones en media tensión propuestas estarán formadas por los siguientes elementos:

1.Líneas de media tensión de interconexión de los centros de transformación.

2.Centro de maniobra y medida fotovoltaico (CMM FV).

3.Línea general de interconexión desde los centros de transformación hasta el CMM FV en el punto de conexión.

Los paneles irán fijados directamente sobre estructuras de acero galvanizado y aluminio que estarán clavados o se atornillan. Las estructuras que soportan los paneles levantan unos 2,8 m. La estructura estará debidamente sostenida y anclada, siendo calculada para resistir las preceptivas cargas de viento y nieve. Las estructuras tienen facilidad en el desmontaje y desmantelamiento.

Se construirán dos transformadores en dos edificios prefabricados de 6x2,2x2,5 m y de 4,28x2,2x2,585 m de hormigón pero con acabados de acuerdo a la norma 22 del PTIM

En la parcela atraviesa una línea aérea de media tensión que proviene de la subestación eléctrica de Santanyí, el punto de conexión se establecerá sobre esta línea. Se sitúa en las coordenadas aproximadas UTM, (FUS 31 ETRS89) X: 511.603, Y: 4.357.380; para llevar a cabo la conexión se realizará:

1.Nueva torre metálica de 14 metros con seccionador e interruptor hexafluoruro y conversión línea aéreo-subterránea. (Situado en la parcela 945).

2.Adecuación de la torre metálica existente.

3.Tramo de 50 m de línea de media tensión soterrada desde poste de conversión aéreo-subterráneo hasta Centro de Maniobra y Medida, situado en la parcela 945.

4.Centro de Maniobra y Medida (en adelante CMM FOTOVOLTAICO) situado al lado del camino público de acceso a la finca, el edificio tendrá unas dimensiones de 6x2,2x2,59 m.

5.A partir del CMM, la línea será privada de media tensión subterránea.

2.Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

Diagnóstico territorial

Según el PTI de Mallorca el parque fotovoltaico se ubica parte en Suelo Rústico General (SRG) y en parte en Área de Transición de Armonización (AT-H) y zona excedente (suelos marginales agrícola - ganaderos y forestales que están formados principalmente por suelos improductivos, monte bajo o rocosos, situados en llanuras o costeras montañosas, que, si bien interesa su conservación como áreas abiertas, pueden admitir ciertas transformaciones y utilizaciones ajenas al destino agraria o forestal, a pesar de la integración paisajística que se ha de respetar de acuerdo con las Normas Subsidiarias de planeamiento de Santanyí, en la unidad de paisaje 7, UP-7 Migjorn.

De acuerdo al Servicio de Reforma y Desarrollo Agrario, la finca está inscrita, actualmente, en el Registro General de Explotaciones Agrarias nº2712 con una base territorial de 53,89 ha. Por tanto, el parque fotovoltaico representa un 5,91% de la explotación agraria.

La parcela no está afectada por ninguna APR ni por ningún espacio natural protegido. La vulnerabilidad por contaminación de acuíferos es moderada y no se encuentra en Red Natura 2000, zona inundable o potencialmente inundable.

De acuerdo a la clasificación geográfica de instalaciones fotovoltaicas del Plan Director Sectorial de Energías Renovables de las Islas Baleares (Decreto 33/2015, de 15 de mayo, BOIB núm. 73) se trata de una zona de aptitud media y alta, tratándose de una instalación de tipo C del empleo es inferior a 4 hectáreas.

Diagnóstico ambiental

Se ha realizado una caracterización de la zona, un inventario ambiental, donde se describe el medio físico (localización, climatología, orografía y geología, hidrología, suelos, vegetación, fauna, paisaje y espacios naturales), y el medio socioeconómico (aspectos demográficos y socioeconómicos, sectores productivos, infraestructuras, planeamiento urbanístico y patrimonio).

En relación a la topografía, la zona se encuentra en un área con pendientes muy suaves, pendiente del 1% hacia la línea de costa. Esto implica que los movimientos de tierras serán mínimos.

En relación al agua, la parcela donde se ubica sobre la Masa de Agua Subterránea 1820M1 - Santanyí. Acuífero profundo, con presencia de cloruros y nitratos. Mal estado cuantitativo y químico. La vulnerabilidad es moderada. El proyecto no se encuentra en zona inundable o potencialmente inundable.

En la parcela no se realiza ninguna actividad agraria relevante, actualmente, son tierras de cultivo con muy poco arbolado, para llevar a cabo el proyecto se prevé eliminar 10 algarrobos "Ceratonia siliqua". Se identifican especies arbóreas en los límites de la parcela, junto a las paredes de separación. La parcela tiene un escaso grado de cobertura de vegetación, debido a que se trata de parcelas destinadas al cultivo herbáceo. No se establecen asociaciones vegetales o comunidades botánicas de interés remarcable. Las especies vegetales identificadas (herbáceas espontáneas) carecen de interés botánico, si bien son claros indicadores de zonas rurales o agrarias. En consecuencia, la vegetación de la zona no presenta endemismos ni especies amenazadas.

En relación a la flora, no hay presencia de flora protegida en el área del proyecto.

La fauna presente en la zona de actuación es la habitual de aquellas zonas naturales con una diversificación de hábitats limitada por la actividad agrícola. Según fuente del IDEIB, aparecen las siguientes especies catalogadas, no amenazadas en la cuadrícula de 5 x 5 del Bioatlas: tortuga mediterránea (Testudo hermanni), culebra de cogulla (Macroprotodon mauritanicus), erizo (Atelerix algirus), dragón (Tarentola mauritanica ), murciélago de cola larga (Tadarida teniotis) y búho chico (Asio otus).

En relación a elementos patrimoniales, no se identificaron elementos susceptibles de protección.

3. Resumen del proceso de evaluación

Fase de información pública y de consultas

El 21 de febrero de 2019 se publicó en el BOIB núm. 23 la información pública de autorización administrativa, declaración de utilidad pública y EIA del Parque fotovoltaico Na Síquia. NO HUBO ALEGACIONES. Durante la IP han sido consultadas las siguientes administraciones:

1.Servicio de Reforma y Desarrollo Agrario de la DG de Medio Rural

2.Departament de Urbanismo y Departamento de Medio Ambiente del Consell de Mallorca

3.Ajuntament de Santanyí.

4.GOB y Amigos de la Tierra

5.Endesa y Red Eléctrica de España

Se han recibido los siguientes informes:

1.Informe favorable del Servicio de Reforma y Desarrollo Rural (05/03/19) informa favorablemente la instalación desde el punto de vista de desarrollo agrario.

2.Informe, de fecha 05/04/19, del Departamento de Territorio e Infraestructuras del Consell de Mallorca que, vistas las consideraciones de su informe, informa favorablemente el proyecto con las siguientes condiciones:

-Según la documentación presentada parece que se plantea situar una barrera vegetal en todos los límites del parque fotovoltaico, a base de acebuches, algarrobos y vegetación arbustiva. Esta medida se considera adecuada, pero una vez revisadas las infografías aportadas, parece que esta barrera es insuficiente para minimizar el impacto paisajístico de la instalación. Además, teniendo en cuenta que según el EIA aportado la mayor parte de la visibilidad del parque se sitúa en el entorno más inmediato, en el momento de ejecutar el proyecto habría que ampliar y densificar esta barrera con tamaño suficiente para minimizar el impacto paisajístico de la instalación.

Según los planos aportados parece que se plantea un camino que transcurre de este a oeste en la parte central del parque fotovoltaico, pero no queda claro su acabado, si está pavimentado o no. Teniendo en cuenta la situación del parque fotovoltaico en suelo rústico, y el cumplimiento del Anexo F del PDSEIB, sería adecuado minimizar los movimientos de tierras así como no impermeabilizar el camino.

-Referente al retranqueo propuesto, hay que recordar que según el planeamiento vigente de Santanyí, la distancia mínima a vial deberá ser de 13 metros y en los linderos debe ser de 3 metros.

En relación al informe del departamento del Departamento de Territorio e Infraestructuras del Consell de Mallorca, el documento de contestación de deficiencias presentado por el promotor en fecha 18 de marzo 2020, indica que:

- Se remiten nuevas infografías con la altura adecuada en el documento adicional del Estudio de Impacto Ambiental. Sin embargo, en caso de que fuera necesario se haría un replanteo de la barrera vegetal reforzando aún más aquellas zonas que se consideren.

- El camino planteado no se encuentra pavimentado, se trata de un camino de tierra que permite la circulación hasta los centros de transformación para tareas de operación y mantenimiento. Al tratarse de un terreno plano, los movimientos de tierra serán mínimos.

- Se hace el retranqueo del CMM, ubicándolo en un mínimo de la distancia señalada. Por otra parte, las distancias tomadas en todo el proyecto, en relación con las estructuras fotovoltaicas respecto a los límites con los linderos, se han considerado de 10 metros. Se adjunta un plano con la nueva disposición del CMM.

3.Informe del ayuntamiento de Santanyí de fecha 21/05/19 indicando que no existe ningún inconveniente siempre que se tomen las medidas adecuadas para reducir, en lo posible, el impacto visual, con arbolado alrededor de la instalación o con otras medidas, toda vez que, tanto en Santanyí como en el resto de la isla, uno de los valores principales a conservar es el paisaje y el entorno natural de nuestros pueblos.

-En relación al informe del ayuntamiento de Santanyí, el documento de contestación de deficiencias indica que: Toman en consideración la información y tomarán las medidas adecuadas para reducir la visibilidad tanto como sea posible.

 

Alternativas

Las alternativas presentadas:

Alternativa 0: La no ejecución del proyecto, se descarta. Se ha decidido proyectar el parque fotovoltaico con el objetivo de reducir la dependencia energética, aprovechar los recursos de las energías renovables y diversificar las fuentes de suministro incorporando las menos contaminantes.

La primera restricción a la hora de encontrar alternativas es la viabilidad técnica del proyecto, niveles de irradiación solar, barreras geográficas, zonas planas y de poca actividad sísmica y el punto de evacuación de energía. A partir de aquí se encontraron 4 alternativas:

Alternativa 1: polígono 12, parcelas 334 a 335 del T.M. de Campos.

Alternativa 2: polígono 9, parcelas 68-1070 del T.M. Santanyí.

Alternativa 3: polígono 3, parcela 531 del T.M. Santanyí.

Alternativa 4: polígono 10, parcelas 945 a 946 del T.M. Santanyí.

Todas las alternativas se encuentran situadas sobre zonas de aptitud fotovoltaica. Ninguna se sitúa sobre Espacio Natural Protegido en Islas Baleares ni sobre Red Natura 2000.

La alternativa 1: se ubica en un área de interés agrario intensivo y con afección por APR de inundaciones. Una superficie de 17.446 m2, aptitud fotovoltaica baja y la línea de evacuación utilizada por 2 parques fotovoltaicos.

La alternativa 2: se ubica en SRG y tiene afección por APR de incendios, aptitud fotovoltaica media y una superficie de 34.062 m2. La línea de evacuación utilizada para un parque fotovoltaico.

La alternativa 3: las parcelas tienen una superficie de 36.583m2, se ubica en SRG (21.664m2), suelo rústico forestal (14.919 m2) y APR de incendios de (14.772 m2). Tiene aptitud fotovoltaica media-alta, pendiente media del 10% y sobre vegetación. Unos 9500 m2 son Hábitats de Interés Comunitario (HIC) formato (Cneoro tricocci-Ceratonietum siliquae y Hypochoerido-Brachypodietum retusi)

La alternativa 4: es la alternativa elegida para el proyecto.

Se analizan alternativas y, en función de parámetros como presencia de espacios protegidos, vegetación, fauna, sistema territorial, afección a otras actividades y condiciones de evacuación de la energía, se escoge la alternativa 4.

En la misma descripción de las alternativas ya se evidencia que alguna de ellas es poco viable por diferentes razones. De la alternativa 1 el documento indica que tiene una superficie de 17.446 m2, afectada por APR de inundaciones en un área de interés agrario intensivo, el proyecto tiene una ocupación aproximada de 41.000 m2, por lo que ya no sería viable.

En la alternativa 2, la superficie de 34.062 m2, afectada por APR de incendios y en vegetación forestal en el centro de la parcela, por lo que parece que tampoco sería viable.

En relación a la alternativa 3, tiene una superficie de 36.583 m2, 14.000 de los cuales son (SRF), unos 9.500 m2 son Hábitats de Interés Comunitario (HIC) y pendiente del 10%, razones por las que a priori también sería inviable.

Se recuerda que las alternativas deben ser viables técnica y sobre todo ambientalmente. Los parámetros más técnicos o económicos, como la proximidad a la subestación y la mínima longitud de línea de evacuación enterrada necesaria, son parámetros a tener en cuenta, sin embargo, los parámetros ambientales tienen más peso a la hora de decidir la alternativa más viable.

Se requirió al promotor una enmienda del documento ambiental, en fecha de 18/03/2020 presentó un documento adicional, en el que presentó las siguientes alternativas:

a) Alternativa 1: Parcelas 944, 945 y 946 del polígono 10 del término municipal de Santanyí.

b) Alternativa 2: Parcelas 181 y 182 del polígono 11 T.M. de Santanyí.

c) Alternativa 3 Parcela 506 del polígono 7 T.M de Santanyí.

Para determinar qué alternativa tiene menos afecciones paisajísticas, se ha hecho una modelización mediante un modelo digital del terreno LIDAR, de las cuencas visuales asociadas para cada una de las alternativas. Se ha tenido en cuenta la instalación de una pantalla vegetal perimetral de 3 metros de altura y los cálculos en un envolvente de 2 km desde el perímetro de instalación.

Los resultados son los siguientes:

 

 

 

Superficie cuenca visual (ha)

% visibilidad alrededor de 2 Km

Alternativa 1

40,1

2,85

Alternativa 2

51,2

3,5

Alternativa 3

51,78

3,65

De acuerdo con este estudio la alternativa en menor impacto paisajístico es la Alternativa 1.

Referente a les Sinergías con otros parques fotovoltaicos, las plantas fotovoltaicas más próximas se localizan:

Alternativa/PFV

PFV Son Danús

PFV Na Rectora

PFV Es Pujol

PFV Sa Cometa

PFV Son Toni Amer

PFV Gallicant

MEDIA

Alternativa 1

1931

3423

5213

6839

7416

8982

5634

Alternativa 2

4199

5598

4899

8667

9700

11329

7384

Alternativa 3

3495

5085

4278

8398

9044

10539

6807

Tabla 2. Distancia en metros en los parques fotovoltaicos más próximos

En el caso de las sinergías, la alternativa más adecuada sería la Alternativa 2

Los elementos que se han tenido en cuenta para comparar y escoger la mejor alternativa se muestran en la siguiente tabla:

VARIABLES

AMBIENTALES

Valoración

Mejor

Alternativa

Alternativa 1

Alternativa 2

Alternativa 3

Aptitud FV

0 (media-alta)

2 (baja)

1 (media)

Alt. 1

Vegetación

0 (cultivo arbolado disperso)

2 (arbolado disperso abundante de pinos y acebuches)

1 (cultivo de almendros y algarrobos)

Alt. 1 y Alt.3

Paisaje

0 (ver tabla 1)

1 (ver tabla 1)

2 (ver tabla 1)

Alt.1

Proximidad a

cursos de agua

0

0

2

Alt.1 y Alt.2

Afecciones asociadas a la evacuación de energía

0 (evacuación por línea existente en la parcela)

0 (evacuación por línea existente en la parcela)

2 (necesaria línea adicional)

Alt.1 y Alt.2

Sinergías con otras instalaciones

2 (ver tabla 2)

0 (ver tabla 2)

1 (ver tabla 2)

Alt.2

Índice de Impacto

2

5

9

Alt.1

Nota: Valor 0 = alternativa en menor Impacto potencial

Valor 2 = alternativa con mayor Impacto

Se ha elegido la alternativa 1 como la que menor impacto ambiental produce.

Principales impactos de la alternativa elegida y su corrección

En primer lugar se presenta una identificación y descripción de los impactos que producirá el proyecto sobre el entorno, y en segundo lugar, la evaluación y valoración de aquellos más significativos.

La identificación de los impactos se representa en una matriz (Matriz de Leopold), en la que se consideran las acciones del proyecto que inciden de forma directa o indirecta a los elementos del medio.

Una vez identificados, se determina cuáles son significativos y se evalúan y valoran en función de diferentes atributos en: compatible, moderado, severo o crítico. Se presenta una tabla final con los impactos significativos valorados.

En la fase de construcción se valoran:

-Alteración de la estructura edáfica, evaluado como compatible.

-Destrucción de la vegetación, evaluado como compatible.

-Alteración y pérdida de hábitats faunísticos, evaluado como compatible.

-Molestias a la fauna, evaluado como moderado.

-Molestias a la población, evaluado como moderado.

-Pérdida del uso tradicional del suelo, evaluado como moderado.

-Afección a las vías de comunicación, evaluado como compatible.

En la fase de explotación:

-Colisión de avifauna con el cierre de malla metálica, evaluado como moderado.

-Utilización de fuentes de energía renovables, evaluado como positivo.

En la fase de desmantelamiento:

-Molestias sobre la fauna, evaluado como moderado.

Una vez identificados y valorados los impactos, se definen una serie de medidas correctoras y preventivas para evitar o reducir los efectos negativos. Se proponen 21 medidas para la fase de construcción, 6 en la de explotación y 7 en la de desmantelamiento.

En referencia a los impactos más severos, son en su mayoría la generación de residuos y los impactos sobre el paisaje. En relación a los residuos se realizará una adecuada gestión de los residuos de construcción y demolición generados durante las fases de construcción y desmantelamiento, separándose a la obra en fracciones.

Las placas fotovoltaicas tienen materiales contaminantes peligrosos y deben ser gestionados como RAEES. Por tanto, el promotor o el propietario deben asegurar que las placas serán gestionadas de forma correcta, tanto durante la vida del parque como durante el desmantelamiento, tratándolos como residuos peligrosos y gestionándoles como residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), tal como se establece en el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (código LER-RAEE 160213 * -13 * 4. aparatos electrónicos y de consumo y paneles fotovoltaicos). En el Proyecto se deberá garantizar el correcto tratamiento mediante una declaración responsable de la gestión correcta de las placas, firmado por el promotor y / o el propietario. Además, prever medidas como la realización de un aval con el coste del desmantelamiento que el propietario pueda desmantelarlo si fuera necesario.

Dada la gran cantidad de parques y paneles fotovoltaicos que se están instalando, es previsible que en unos años haya un volumen de residuos de placas importante, por lo que se debe prever para estar preparados y poder gestionarlos y tratarlos correctamente.

En el estudio de impacto ambiental no se hace referencia a medidas para el mantenimiento adecuado de los aparatos eléctricos potencialmente contaminantes como son los centros de transformación que contienen aceites o gases dieléctricos y hexafluoruro de azufre (SF6). El SF6 es un gas de efecto invernadero con un potencial de calentamiento global de 22.200 por lo que se debe evitar cualquier fuga de este gas.

En relación a la limpieza de las placas, en la medida de lo posible se realizará "en seco", sin uso de agua, con el fin de ahorrar este recurso. Si no se pudiera, se utilizará agua regenerada.

Por otra parte, la finalidad del estudio de visibilidad es determinar la visibilidad del proyecto desde los puntos de observación con potenciales observadores.

Se presenta un estudio de la calidad del paisaje, que tiene en cuenta las variables de vegetación y usos del suelo, masas de aguas superficiales, geología, espacios naturales y presencia de elementos antrópicos. Este estudio valora la parcela de actuación como calidad media / baja.

Y un estudio de la fragilidad del paisaje, que se refiere a la cuenca visual de los principales observadores potenciales de la zona de estudio: visibilidad obtenida situando a los observadores potenciales en aquellas zonas desde la que será más probable la presencia de los mismos (núcleos de población, carreteras, ferrocarriles, ...). Las variables que se tienen en cuenta para realizar el estudio de la fragilidad del paisaje son las siguientes: visibilidad, accesibilidad, complejidad topográfica y enmascaramiento. El radio máximo que se ha tenido en cuenta para calcular la cuenca visual ha sido de 2 km alrededor de la parcela de estudio. Este valora la fragilidad visual como baja o muy baja al 67% del territorio analizado, 20% fragilidad media y un 14% son zonas de fragilidad alta y muy alta correspondientes mayoritariamente a las áreas de los alrededores de la parcela con alta accesibilidad.

También se presenta una valoración del paisaje respecto a la actuación proyectada, consistente en combinar la calidad visual y la fragilidad, obteniendo un resultado de 87% del área estudiada un valor medio-bajo y el 13% un valor alto - muy alto que corresponden a las áreas visibles y de accesibilidad alta próximas al proyecto.

En relación a la pantalla vegetal, el estudio indica que se pondrá en el perímetro de la instalación. Por otra parte, el documento indica que la longitud total de la pantalla vegetal será de 936 m y que consistirá en la plantación de acebuches "Olea europea", algarrobos "Ceratonia siliqua", y matas "Pistacia lentiscus" de unos 0.5 m de alzada, 1 m de separación entre ellos y con la siguiente secuencia acebuche-mata-algarrobo-mata-acebuche.

En el documento de enmienda enviado al promotor se indicó que no era suficiente, el promotor enmendó las deficiencias con un documento adicional de fecha de 18/03/2020 indicando:

La longitud total de la pantalla vegetal será de 936 m y que consistirá en la plantación alterna (árbol-arbusto) de las siguientes especies separadas 1 metro:

-Algarrobos (Ceratonia siliqua) de 1,5 -2 m de altura y unos 15 cm de diámetro.

-Acebuches (Olea europaea), similares dimensiones.

-Mata (Pistacia lentiscus), de una savia bandeja forestal (matorral o seto arbustiva).

-Aladierno (Rhamnus alaternus), de una savia bandeja forestal (matorral o seto arbustiva).

Se plantarán un total de 234 plantas de cada una de las citadas.

Se instalará un sistema de riego por goteo automático para toda la barrera vegetal que funcionará durante toda la fase de funcionamiento, estará conectado a un depósito de 3 m3 de agua que se llenará con camiones.

Se hará un mantenimiento y limpieza y se sustituirán los ejemplares muertos. El presupuesto para la pantalla vegetal es de 18.252 Euros.

El cierre en malla metálica se adapta a la norma 22 del PTIM. Tendrá una altura máxima 2,2 metros y la malla se levanta 20 cm del suelo para dejar pasar la fauna.

Se presenta un Plan de Vigilancia Ambiental (PVA) donde se detallan los controles y se definen los indicadores de cumplimiento a utilizar para cada una de las fases, así como las medidas a adoptar en caso de incumplimiento. El proyecto tiene un presupuesto de 1.576.194,05 de euros razón por la cual y de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares, se designará un auditor ambiental. El presupuesto destina 32.000 euros al PVA:

-10.000 € a la fase de construcción, de 5 meses de duración, visita semanal del técnico y la elaboración de informes.

-18.000 € fase de funcionamiento, duración 3 años, visita mensual del técnico y elaboración de informes.

-4.000 € fase de desmantelamiento, duración 2 meses, visita semanal del técnico y elaboración de informes.

En el PVA se deberá incluir claramente el desmantelamiento de la instalación con el fin de que el terreno recupere su estado original y se tomarán las medidas correctoras necesarias para eliminar o disminuir el impacto ambiental asociado. En el Proyecto deberá garantizarse el correcto tratamiento mediante una declaración responsable de la gestión correcta de las placas, que deberán firmar el promotor y / o el propietario. Se deberá indicar si está previsto el aval para garantizar el desmantelamiento del parque. En relación a la vida útil de la instalación, se estima que sean 25-30 años, tras la cual se tendrá que desmantelar. Se informa que, si se quiere seguir explotando como parque, se deberá pasar una nueva EIA.

Se prevé una producción eléctrica fotovoltaica de 5.387.662,8 Kwh / año y un ahorro de emisiones a la atmósfera de:

CO2

4.648.044,5

Kg/año

SO2

8.938

Kg/año

NOX

17.828

Kg/año

PST

447

Kg/año

Conclusiones

Por todo lo anterior, se propone formular la declaración de impacto ambiental favorable a la realización del Parque fotovoltaico Na Síquia de 3.643 MWp y 31.910 m2 de ocupación, parcelas 944, 945 y 946, polígono 10, TM Santanyí, promovido por Good Wind Entertainment SL, dado que previsiblemente no se producirán impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre que se cumplan las medidas preventivas previstas en el EIA, el proyecto básico y el documento adicional de EIA de marzo de 2020 además de los siguientes condicionantes:

1.Las nuevas edificaciones planteadas destinadas a Centro de Control CC, Centro de Transformación CT y Centro de Maniobra y Medida CMM, para dar cumplimiento a la norma 22 del PTIM y mejorar así su integración paisajística y ambiental, deben cumplir: cubierta con teja árabe, acabado de fachada tipo piedra, arenisca u ocre tierra. Además, hay que estudiar la superposición de los acabados según la norma 22 en los edificios prefabricados, para evitar la presencia de elementos ajenos a la tipología tradicional.

2. Durante el tiempo que dure la obra se adoptarán las máximas precauciones para evitar el vertido de sustancias contaminantes (aceites, hidrocarburos, etc.), tanto de manera accidental como para llevar a cabo las tareas de mantenimiento de la maquinaria empleada para ejecutar la obra.

3.La barrera vegetal mantendrá la vegetación existente en los límites de la parcela siempre que sea posible, estará constituida por una combinación de estrato arbóreo y arbustivo y se creará en la totalidad del perímetro de la parcela de actuación. El estrato arbóreo estará formado por ejemplares autóctonos de porte medio o grande (entre 1,5 y 2 metros), con bajos requerimientos hídricos, se reutilizarán los ejemplares presentes en la propia parcela y el resto se completará con (acebuches "Olea europaea ") y algarrobos" Ceratonia siliqua "). El estrato arbustivo estará formado principalmente por "Pistacia lentiscus" (mata) y "Rhamnus alaternus" (Aladern). La separación entre los pies sembrados será de 1 metro. Se harán revisiones periódicas, mantenimiento, limpieza y reposición de ejemplares muertos durante toda la vida del parque, se ha de alcanzar la altura de 3 metros en un plazo máximo de 3 años.

4.Se instalará un sistema de riego automático por goteo en toda la pantalla vegetal, se realizarán riegos de reforzamiento, sobre todo durante la fase de siembra y los dos primeros años, en los meses estivales, cuando el estrés hídrico es más elevado. Se realizará el riego preferentemente con agua depurada, en horario de menor intensidad lumínica.

5.El órgano sustantivo y el órgano ambiental podrán, en cualquier momento, verificar el estado de la barrera vegetal y, en el caso de que no estuviera bien ejecutada, el órgano sustantivo obligará al promotor a instalarla con las consecuencias establecidas en la ley por incumplimiento de la DIA.

6.Quedará prohibido el uso de pesticidas y otros venenos en el terreno del parque fotovoltaico. Se hará el control de la vegetación del interior del parque fotovoltaico mediante pastoreo con ganado ovino o con medios mecánicos que no afecten al suelo (desbrozadoras).

7.Se tendrán que prever medidas para prevenir o evitar posibles electrocuciones y colisiones de aves en la nueva torre metálica.

8.Durante la fase de explotación se hará un mantenimiento preventivo de todos los equipos eléctricos que contengan aceites o gases dieléctricos. Se realizará un control del gas hexafluoruro de azufre (SF6) de manera periódica, mediante la verificación de la presión o de la densidad y se aplicarán medidas correctoras si se detectan fugas. En las operaciones de mantenimiento que impliquen el vaciado del hexafluoruro de azufre, se recuperará el gas.

9.Se han de realizar mediciones periódicas del campo electromagnético durante la vida útil de la instalación fotovoltaica, de la línea eléctrica y de la subestación eléctrica y se debe cumplir con lo establecido en el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas y al Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 o en la normativa que los sustituya.

10.El cierre en malla metálica debe adaptarse la norma 22 del PTIM. La altura máxima 2,2 metros y la malla se levanta 20 cm del suelo para dejar pasar la fauna.

11.Durante la realización de las zanjas, habrá que tomar medidas para evitar la caída de fauna por lo que, si estas deben permanecer abiertas fuera de la jornada laboral, se deberá disponer listones para permitir su salida y realizar revisiones diarias para liberar a los animales que hayan podido caer.

12.Se tendrá que garantizar que las sujeciones de las placas se realizan de materiales correctos y preparados para la intemperie que no generen impactos sobre el suelo.

13.La limpieza de los paneles fotovoltaicos se realizará, en la medida de lo posible, "en seco", sin uso de agua, con el fin de ahorrar este recurso, y si no fuera posible, que sea con agua regenerada. Para el uso de aguas regeneradas se deberá cumplir con el RD 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas.

14.Considerando que el presupuesto del proyecto supera el millón de euros, se designará un auditor ambiental. Será responsable de vigilar que se cumplan las medidas preventivas y correctoras a aplicar, principalmente la pantalla vegetal, el seguimiento ambiental y el desmantelamiento; además de la elaboración de informes.

15.Los paneles fotovoltaicos tienen materiales contaminantes peligrosos por lo que se deberán tratar como residuo de aparatos eléctricos y electrónicos, tal como se establece en el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos. Por lo tanto, se deberá garantizar la correcta gestión de los paneles fotovoltaicos, tanto en la fase de explotación como de desmantelamiento mediante una declaración responsable de la gestión correcta de las placas, que deberán firmar el promotor y / o el propietario, sin perjuicio de que el órgano sustantivo valore la aplicación potestativa del artículo 31 de la Ley 12/2016 de evaluación ambiental relativo a fianzas y / o seguros para garantizar dicho desmantelamiento.

16.Una vez finalizada la vida útil de la instalación fotovoltaica (que se prevé en 25-30 años) se recuperará el terreno a su estado original y se tomarán las medidas correctoras necesarias para eliminar o disminuir el impacto ambiental asociado. No obstante, si en el plazo de 25 años se quiere seguir explotando como parque, deberá someterse a un nuevo procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

17.Se tendrán que implementar medidas para evitar emisiones durante la fase de mantenimiento, como el uso de vehículos eléctricos para realizar las tareas de mantenimiento del parque y la instalación de autoconsumo fotovoltaico en los edificios de la instalación.

Esta propuesta de Declaración de impacto ambiental se emite sin perjuicio de las competencias urbanísticas, de gestión o territoriales de las administraciones competentes y de las autorizaciones o informes necesarios para la obtención de la autorización.

 

Palma, 6 de junio de 2020

El presidente de la CMAIB Antoni Alorda Vilarrubias