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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 5628
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 15 de junio de 2020 por la cual se modifica el anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.

2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico, el tiempo transcurrido y las circunstancias sociales actuales, hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, concretamente en la línea 5, seguridad en el trabajo, del objetivo III, lucha contra las desigualdades, gestionada por la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Consumo.

En este caso se considera oportuno ampliar la línea con el objetivo de impulsar la colaboración y el diálogo entre les asociaciones de consumidores y cualquier otro órgano o entidad de la Administración sobre materias de interés general o sectorial que afecten a los consumidores y usuarios, además de ampliar el crédito previsto en el presente ejercicio presupuestario.

3. En el apartado 3 del Acuerdo citado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones a la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo

 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Corresponde, por tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores la aprobación y/o modificación del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Rosario Sánchez Grau, consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la modificación del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el sentido siguiente:

OBJETIVO III

LUCHA CONTRA LAS DESIGUALDADES

III.5 Seguridad en el trabajo

Donde dice:

III.5.1

Dirección general o entidad: Dirección General de Consumo

Fuentes de financiación: Capítulo IV

Descripción: ayudas para financiar actividades de información, educación, formación y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, así como la edición de publicaciones relacionadas con el consumo.

Objetivos y efectos:

  1. Desarrollar actividades o programas destinados a promover actividades de información y formación de los consumidores de las asociaciones de consumidores

  2. Llevar a cabo actividades de asesoramiento a los consumidores

  3. Editar publicaciones relacionadas con el consumo

Coste: 40.000 € (2018: 10.000 €; 2019: 15.000 €; 2020: 15.000 €)

Convocatoria: plurianual (2018-2020)

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

Debe decir:

III.5.1

Dirección general o entidad: Dirección General de Consumo

Fuentes de financiación: Capítulo IV

Descripción: ayudas para financiar actividades de información, educación, formación y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, así como la edición de publicaciones relacionadas con el consumo.

Objetivos y efectos:

  1. Desarrollar actividades o programas destinados a promover actividades de información y formación de los consumidores, por parte de las asociaciones de consumidores.

  2. Llevar a cabo actividades de asesoramiento a los consumidores.

  3. Editar publicaciones relacionadas con el consumo.

  4. Impulsar la colaboración y el diálogo entre las asociaciones de consumidores y cualquier otro órgano o entidad de la Administración sobre materias de interés general o sectorial que afecten a los consumidores y usuarios.

Coste: 45.000 € (2018: 10.000 €; 2019: 15.000 €; 2020: 20.000 €)

Convocatoria: plurianual (2018-2020)

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

2. Disponer que esta Resolución desarrolle sus efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 15 de junio de 2020

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau