Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES
Núm. 5627
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 18 de junio de 2020 por la cual se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018
Hechos
1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.
2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén al Plan Estratégico, el tiempo transcurrido y las circunstancias sociales actuales, hace necesario ajustar las previsiones contenidas al anexo, en cuanto a la creación de un nuevo tipo de ayudas a la línea 3, programas de integración e inclusión social del objetivo IV, convivencia e instituciones sólidas, y la modificación de la convocatoria prevista a la línea 5 Programas culturales juveniles, del objetivo VI acceso a la enseñanza y a la cultura, gestionada esta última por el Instituto Balear de la Juventud y la nueva línea por la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias, ambas de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.
Como consecuencia de la declaración de pandemia internacional por la Organización Mundial de la Salud, y concretamente, dentro del Estado español, la declaración del estado de alarma mediante el RD 463/2020, de 14 de marzo, se ha producido una situación de grave crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que ha provocado un grave impacto en la estructura actual de la economía y la sociedad. A consecuencia de esta situación, se han adoptado una serie de medidas extraordinarias de conciliación y refuerzo educativo en las Illes Balears para paliar los efectos de la COVID-19, aprobado mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 5 de junio de 2020. Entre otras actuaciones, se prevén ayudas para la organización de escuelas de verano y para la contratación de personas para la cura de hijos o hijas menores de edad en el domicilio, así como para la contratación de personal monitor para atender aquellas personas participantes en actividades de verano que tengan una discapacidad superior al 75%. La finalidad de estas ayudas es evitar que las circunstancias derivadas de la pandemia supongan un encarecimiento de actividades que se consideran esenciales para la conciliación.
En cuanto a la modificación de la convocatoria prevista a la línea 5 del objetivo VI se trata de reorientar la convocatoria de becas para hacer prácticas a empresas para favorecer la empleabilidad de las personas jóvenes de las Illes Balears a través del fomento del autoempleo.
3. En el apartado 3 del Acuerdo mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores la aprobación y/o modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros de Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Rosario Sánchez Grau, consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.
Por todo esto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar la modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el sentido siguiente:
A) Se añade una nueva línea:
OBJETIVO IV
CONVIVENCIA E INSTITUCIONES SÓLIDAS
IV.3 Programas de integración e inclusión sociales
IV.3.14
Dirección general o entidad: Dirección General de Infancia, Juventud y Familias
Fuente de financiación: capítulo IV
Descripción: subvenciones extraordinarias a la conciliación familiar destinadas a paliar los efectos de la COVID-19.
Objetivos y efectos: paliar los efectos que han tenido las medidas derivadas de la COVID-19 sobre las posibilidades de conciliación de las familias, a través de tres líneas: ayudas a las entidades públicas y sin ánimo de lucro que organizan escuelas de verano y campus deportivos, ayudas a las familias para la contratación de personas trabajadoras para la cura de hijos o de hijas menores de edad y ayudas para la contratación de personal monitor adicional en las escuelas de verano para atender participantes con necesidad de apoyo generalizado o con grado de discapacidad reconocido superior al 75%.
Coste: 4.000.000 €
Convocatoria: anual
Incidencia sobre el mercado: reducción del impacto económico que ha tenido la COVID-19 en el sector del ocio educativo y en la economía de las familias
B) Se modifica:
OBJETIVO VI
ACCESO A La ENSEÑANZA Y A LA CULTURA
VI.5 Programas culturales juveniles
Allá donde dice:
VI.5.3
Dirección general o entidad: Instituto Balear de la Juventud
Fuente de financiación: capítulo IV
Descripción: ayudas mediante la convocatoria de 4 becas para hacer prácticas en empresas de distintos ámbitos, dirigidas a personas jóvenes nacidas o residentes en las Illes Balears, de entre 18 y 30 años
Objetivos y efectos: favorecer la ocupación y la profesionalización de los jóvenes de las Illes Balears
Coste: 20.000 €
Convocatoria: anual
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.
Debe decir:
VI.5.3
Dirección general o entidad: Instituto Balear de la Juventud
Fuente de financiación: capítulo IV
Descripción: ayudas mediante la convocatoria de subvenciones del programa de Autoempleo Carné Joven dirigido a jóvenes de entre 18 y 30 años.
Objetivos y efectos: favorecer la empleabilidad de los jóvenes de las Illes Balears a través del fomento del autoempleo
Coste: 30.000 €
Convocatoria: anual
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.
2. Disponer que esta Resolución desarrolle sus efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 18 de junio de 2020
La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores
Rosario Sánchez Grau