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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 5578
Aprobación definitiva del proyecto de urbanización de la UA/MG-08 de Magaluf

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Texto

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de fecha 15 de junio de 2020, acordó:

1º. Estimar las alegaciones formuladas en el recurso de reposición interpuesto por PROMOCIONES VISTARGA SL el 10/01/2020 contra el acuerdo de aprobación inicial del Proyecto de Urbanización adoptado por la Junta de Gobierno Local en fecha 19/07/2019.

2º. Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización de la unidad UA/MG-08 de Magalluf, redactado por el ingeniero de caminos, canales y puertos Carlos Garau Fullana. Se deberań cumplir las prescripciones y observaciones contenidas en los informes emitidos por los organismos públicos afectados y por las empresas suministradoras referidos en el punto 4º anterior. Asimismo, se deberán tener en cuenta los informes emitidos por el Técnico de Protección Civil en fecha 25/05/2020 y por el Servicio de Medio Ambiente y Transición Ecológica de este Ayuntamiento de fecha 27/05/2020. En el supuesto que el Servicio de Aguas Superficiales evacuara el correspondiente informe, se deberá atender a sus consideraciones.

. Ordenar la publicación de este Acuerdo en el B.O.I.B y en la dirección o punto de acceso electrónico correspondiente, con publicación en este último medio de la documentación íntegra que haya sido objeto de la aprobación definitiva ( artículo 200.1 d del Reglamento de la LOUS).

4º. Señalar que, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la tramitación y redacción de los instrumentos de ordenación, gestión urbanística y evaluaciones ambientales estratégicas, el promotor deberá ingresar la tasa por la aprobación definitiva del proyecto de urbanización, cuyo importe asciende a la cantidad de 18.431,30 € ( Anexo I, Tarifa 1, Epígrafe 11.2 ).

5º. Se deberá depositar una fianza por el 6% del presupuesto de las obras en el plazo máximo de dos meses desde la notificación del acuerdo de aprobación definitiva y antes del inicio de las obras ( artículo 200.3 del Reglamento de la LOUS).

6º. Facultar a la Alcaldía para que adopte cuentas resoluciones correspondan en ejecución de los anteriores acuerdos.”

 

Calvià, 23 de junio de 2020

El Teniente de Alcalde Delegado de Uubanismo, Comercio y Actividades (Por delegación de Alcaldía de 17 de junio de 2019) Fdo.: Marc López Expósito