Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE VALLDEMOSSA
Núm. 5574
Aprobación definitiva de la modificación de créditos n.º 1/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario
Habiendo finalizado el plazo de exposición pública de la modificación de créditos n.º 1/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario vigor, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en sesión del día 25 de mayo de 2020, y no habiendo sido formulada ninguna reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial, este acontece definitivo y en cumplimiento del que dispone el artículo 169 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley reguladora de las haciendas locales, por lo cual se publica a efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ESTADO DE DE GASTOS:
Suplementos de crédito
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
CONSIGNACIÓN ANTERIOR |
MODIFICACIÓN |
CONSIGNACIÓN FINAL |
1/231/131.00 |
Retribuciones personal laboral temporal servicios sociales COVID-19 |
0,00 |
14.800,00 |
14.800,00 |
1/231/160.01 |
Seguridad social COVID -19 |
0,00 |
5.200,00 |
5.200,00 |
1/231/221.07 |
Equipos de protección individual, material protección COVID-19 |
0,00 |
16.250,00 |
16.250,00 |
|
TOTAL MODIFICACIONS |
0,00 |
36.250,00 |
36.250,00 |
RECURSOS QUE TIENEN QUE FINANCIARLA
Bajas de créditos
APLICACIÓN PRESUPOSTARIA |
DESCRIPCIÓN |
CONSIGNACIÓN ANTERIOR |
MODIFICACIÓN |
CONSIGNACIÓN FINAL |
3/338/226.99.02 |
Bajas de créditos |
36.000,00 |
(-)18.000,00 |
18.000,00 |
3/338/226.99.03 |
Otros gastos diversos, fiestas de Sa Marina |
7.500,00 |
(-) 3.750,00 |
3.750,00 |
3/338/226.99.04 |
Otros gastos diversos, fiestas de Sant Bartomeu |
15.000,00 |
(-) 7.500,00 |
7.500,00 |
3/338/226.99.05 |
Otros gastos diversos, Artdemossa |
14.000,00 |
(-) 7.000,00 |
7.000,00 |
|
TOTAL MODIFICACIONES |
72.500,00 |
(-) 36.250,00 |
36.250,00 |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el cual se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de posponerlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esta finalidad específica, que tendrá que verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud del que se dispone en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladores de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Valldemossa, 25 de junio de 2020
El Alcalde,
Nadal Torres Bujosa