Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 5552
Departamento de Planeamiento y Gestión urbanística. Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento. Exp: PE 2017 0005. Aprobación definitiva del estudio de detalle de reordenación de volúmenes que afecta al solar situado en la calle de Santiago Rusiñol, 17
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de día 28 de mayo de 2020, aprobó definitivamente el estudio de detalle relativo al estudio de detalle de reordenación de volúmenes que afecta al solar situado en la calle de Santiago Rusiñol, 17 y que tiene por finalidad compensar la edificabilidad perdida a causa del deber de conservación de restos arqueológicos, aumentando la profundidad edificable en parte del solar, proyecto presentado por la Sra. Mercedes Blanes Pérez en representación de “Proa Embat SL”.
Cumpliendo con el art. 181 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca, se publica para el conocimiento general y a los efectos oportunos.
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo de conformidad con el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 45 y ss. de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, modificada por la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, ante la Sala contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de la publicación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.
Asimismo y de acuerdo con el artículo 70 de la Ley 7/85, de 2 de abril, se publica a continuación el texto completo de las ordenanzas de este Estudio de Detalle:
PARÁMETROS |
P.G.O.U. |
ED. C/ Santiago Russinyol 17 |
Ordenación a aplicar |
A4a |
Volumetría específica |
Uso |
Residencial Plurifamiliar |
Residencial Plurifamiliar |
Sup. mín. parcela |
320 m2 Existente |
Existente |
Fachada mín. |
14,00 m. Existente |
Existente |
Profundidad edificable |
11,00 m. |
11,00 m., 13,10 m. (según ED.) |
H (nº P) |
4 |
4 |
H máx (m) |
13'3 |
13'3 |
H tot (m) |
15'3 |
15'3 |
V máx |
0'7 |
0'7 |
Irp (viv/m2) |
1/23 |
1/23 |
Otros parámetros |
A4a |
A4a |
Siendo:
H (nº P): Altura en núm. de plantas.
H máx (m): Altura máxima en metros.
H tot (m): Altura total en metros.
V máx: Vuelo máximo en metros de cualquier tipo de cuerpo o elemento volado.
Irp: Índice de intensidad de uso residencial (viviendas por m2 de suelo comprendido dentro de la profundidad edificable).
Palma, 23 de junio de 2020
El jefe del Departamento
p.d. Decreto de Alcaldía nº 3000/2014, de 26/02/2014
(BOIB nº 30 de 4-03-2014)
Jaume Horrach Font