Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 5527
Acuerdo del Pleno del Consell Insular d’Eivissa de día 22 de junio de 2020 de aprobación definitiva del Plan director sectorial de prevención i gestión de residuos no peligrosos de la isla de Ibiza (PDSPIGRE)
Se hace público que el Pleno del Consell Insular d'Eivissa, en sesión extraordinaria celebrada el 22 de junio de 2020 aprobó el acuerdo siguiente:
1. En fecha 30 de abril de 2019 el Pleno del Consell Insular d'Eivissa acordó la aprobación inicial del Plan Director Sectorial de Prevención y Gestión de Residuos no Peligrosos de la isla de Ibiza (PDSPIGRE). Este acuerdo disponía la realización de todos los trámites pertinentes hasta la aprobación definitiva del Plan, acordaba la tramitación de urgencia y disponía la apertura de un periodo de información pública por plazo de 30 días.
2. Entre el 10 de mayo y el 20 de junio de 2019, ambos incluidos, se realizó el trámite de información pública, la apertura del cual se anunció en el BOIB núm. 63 de 9 de mayo de 2019, en el tablón de edictos de la corporación, en dos de los diarios de mayor circulación de la isla de Ibiza y en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (https://seu.conselldeivissa.es/).
Durante el trámite de información pública y consultas a las administraciones públicas afectadas se han recibido un total de 8 alegaciones y 11 informes de administraciones consultadas de los que resultan un total de (113) alegaciones.
3. En fecha 14 de mayo de 2020 el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears formuló Declaración Ambiental Estratégica favorable del PDSPIGRE, que se publicó en el BOIB núm. 101 de 4 de junio de 2020.
4. Con carácter previo a la aprobación definitiva del Plan, se han solicitado los informes preceptivos siguientes:
a. A la Demarcación de Costas en las Illes Balears el informe previsto en el artículo 117.2 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas. En fecha 12 de junio de 2020 se ha emitido informe de la Dirección General de la Costa y el Mar favorable con prescripciones a la aprobación del PDPSIGRE.
b. A la Dirección General de Emergencias e Interior de la Consejería de Administraciones Públicas y Modernización del Gobierno de las Illes Balears, el informe previsto en el artículo 18 de la Ley 31/2006 de 30 de marzo, de gestión de emergencias de las llles Balears. En fecha 8 de junio de 2020 se ha emitido informe por el Servicio de Planificación favorable a la aprobación del PDSPIGRE.
5. En fecha 16 de junio de 2020 LAVOLA 1981, S.A. ha hecho entrega de la documentación para la aprobación definitiva del PDSPIGRE incorporando las modificaciones derivadas del trámite de información pública, declaración ambiental estratégica y de los informes previos a la aprobación definitiva del plan. Esta documentación es la siguiente:
Documento 1 Texto normativo (incluye como anexo el Plan de prevención de residuos)
Documento 2 Memoria (incluye cinco anexos)
Documento 3 Cartografía
Documento 4 Estudio Ambiental Estratégico (incluye resumen no técnico)
Documento 5 Resumen tramitación AAE
6. En fecha 16 de junio de 2020 la técnica y la jefa de Sección de Medio Ambiente han emitido informe propuesta favorable sobre la documentación presentada y la tramitación realizada para la aprobación del PDSPIGRE, la competencia para la aprobación, así como sobre la estimación, o desestimación total o parcial de las alegaciones y sugerencias formuladas en la fase de información pública y consultas.
7. La aprobación definitiva del PDSPIGRE corresponde al Pleno del Consell Insular d'Eivissa que tiene que adoptar el acuerdo por mayoría absoluta, por lo cual, y según lo que disponen los artículos 54 del RDLeg 781/1986 de 18 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y el artículo 85.a de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, con carácter previo a la consideración por parte del Pleno de la Corporación, se tiene que incorporar al expediente informe de la Secretaría General y de la Intervención General de la Corporación.
8. Por todo lo anterior y de conformidad con la normativa siguiente: artículo 28 de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los residuos modificada por la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 2018 los artículos 12, 14 y 15 de la Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y los artículos 11, 14 y 15 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados; en relación a las competencias, el artículo 70.13 de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, el artículo 1, apartado 2.b) de la Ley 2/2001, de 7 de marzo, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de ordenación del territorio, los artículos 56, 58, 57 y 68 de la Ley 6/1999, de 3 de abril, de las directrices de ordenación territorial de las Illes Balears y de medidas tributarias, en la redacción proporcionada por la disposición final segunda apartado 2 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares; en relación a su contenido y procedimiento de elaboración los artículos 11, 12 y 13 de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial, en relación con el artículo 18 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears y los artículos 17 a 26 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Según lo dispuesto en el artículo 72.d) del Reglamento de Organización del CIE (BOIB 136 de 18/09/2010, corrección en BOIB 148 de 14/10/2010 y modificación en BOIB 48 de 16/04/2016) se eleva a la consideración del Pleno del Consell Insular d'Eivissa, la siguiente
PROPUESTA
PRIMERO. APROBAR DEFINITIVAMENTE, el Plan Director Sectorial de Prevención y Gestión de Residuos no Peligrosos de la isla de Ibiza (PDSPIGRE), conformemente con lo establecido en el artículo 70.13 de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, el artículo 1.2.b) de la Ley 2/2001, de 7 de marzo, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de ordenación del territorio, los artículos 12, 14 y 15 de la Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, los artículos 11, 14, 15 y 18 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados; y el artículo 13 de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial, con la redacción resultante de trámite de información pública y evaluación ambiental estratégica.
El PDSPIGRE consta de cinco documentos que se adjuntan al final de este acuerdo como documentación aneja y son los siguientes:
Documento 1 Texto normativo (incluye como anexo el Plan de prevención de residuos)
Documento 2 Memoria (incluye cinco anexos)
Documento 3 Cartografía
Documento 4 Estudio Ambiental Estratégico (incluye resumen no técnico)
Documento 5 Resumen tramitación AAE
SEGUNDO.- ACEPTAR O RECHAZAR total o parcialmente las alegaciones y sugerencias formuladas en el trámite de información pública y consultas, en la forma que se resume a continuación:
NRGE |
FECHA |
Núm. alegante |
Alegante |
Núm. alegación |
Tema alegación |
Estado |
---|---|---|---|---|---|---|
2019011467 |
10/06/2019 |
1 |
Federación Empresarial Hotelera de Ibiza y Formentera |
1 y 2 |
Aspectos fiscales |
Estimadas parcialmente |
2019012502 |
17/06/2019 |
2 |
Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja |
3 |
Coordinación del servicio de recogida |
No estimada (aspecto ya incorporado) |
201903055 |
19/06/2019 |
3 |
Ecovidrio |
4 y 5 |
Definición SCRAP / Objetivos |
Estimadas parcialmente |
2019013128 |
20/06/2019 |
4 |
Instituto Balear de la Dona |
6 |
No formula alegaciones ni sugerencias |
---- |
2019013220 |
20/06/2019 |
5 |
Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Públicos Insulares |
7,8 y 9 |
Responsabilidades del Consell Insular d'Eivissa sobre los puntos limpios |
No estimadas (aspectos ya incorporados) |
2019013287 |
20/06/2019 |
6 |
HERBUSA |
10, 12 y 13 |
Canon / Convenio MARPOL / Medidas contra las actividades ilegales |
No estimada |
6 |
HERBUSA |
11 |
Incluir sector empresarial en la gestión de los residuos |
Estimada |
||
2019013292 |
20/06/201 |
7 |
UTE GIREF |
14, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 25, 28, 29, 31, 31, 32 |
Diversos temas |
No estimadas |
7 |
UTE GIREF |
15, 20, 24 y 27 |
Objetivos específicos / Gestión de los restos de poda/Vida útil del vertedero |
Estimadas parcialmente |
||
7 |
UTE GIREF |
19 y 26 |
Comisión de seguimiento / Objetivos |
Estimada |
||
2019013420 |
21/06/2019 |
8 |
PIMEEF |
33 |
Eliminación línea estratégica |
Estimada parcialmente |
2019013258 |
24/06/2019 |
9 |
Consejería de Territorio, Energía y Movilidad |
34 |
No formula alegaciones ni sugerencias |
--- |
2019013766 |
26/06/2019 |
10 |
Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu |
35, 36, 38 |
Objetivos específicos / Coordinación del servicio de recogida / Incremento de los % de recogida selectiva |
Estimada |
10 |
Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu |
37, 39, 40, 42 |
Vigilancia y control / Saturación de la estación de transferencia de envases / Gestión a través del consorcio de 2 puntos limpios / Estudio de alternativas |
No estimada (aspecto ya incorporado) |
||
10 |
Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu |
41 y 43 |
Aportación de los restos de poda |
Estimada parcialmente |
||
2019013873 |
27/06/2019 |
11 |
Ecoembalajes España S.A |
44, 45, 46, 57, 58 y 59 |
Definición SCRAP / Objetivos |
Estimada |
11 |
Ecoembalajes España S.A |
47, 48, 55 |
Recogida selectiva / Terminología / Recogida por parte de entidades locales |
No estimada (aspecto ya incorporado) |
||
11 |
Ecoembalajes España S.A |
49 - 52 56 |
Eliminación de referencia / Responsabilidades del Consell / Financiamiento SCRAP |
Estimadas parcialmente |
||
11 |
Ecoembalajes España S.A |
54 |
Bolsa tipo |
No estimada |
||
2019013970 |
28/06/2019 |
12 |
Dirección General de Energía y Cambio Climático. GOIB |
60, 61, 62, 63, 64 |
Referencia a la Ley 10/2019/ Contaminación atmosférica / Impactos sobre el cambio climático / Vigilancia y control |
Estimada |
12 |
Dirección General de Energía y Cambio Climático. GOIB |
65 |
Vías de información y participación pública |
No estimada (aspecto ya incorporado) |
||
2019014830 |
10/07/201 |
13 |
DG Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos |
66 -77 81, 84, 85, 86, 89 - 96 |
Diversos temas |
Estimada |
13 |
DG Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos |
73 y 78 |
Limitación de vertido |
Estimada parcialmente/Estimada |
||
13 |
DG Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos |
79 y 80 |
Gestión de RCD/ Codificación LER |
Estimada parcialmente |
||
13 |
DG Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos |
80, 82 |
Vida útil del vertedero |
Estimada/Estimada parcialmente |
||
13 |
DG Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos |
87 y 88 |
Fiscalidad ambiental |
Estimada parcialmente/ Estimada |
||
13 |
DG Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos |
97 y 98 |
Lodos de les plantas depuradoras |
Estimada/No estimada |
||
2019015224 |
15/07/2019 |
14 |
Secretaria de Estado para el Avance Digital |
99 |
No formula alegaciones |
No aplica |
2019014378 |
04/07/2019 |
15 |
Comunidad de Propietarios de Roca Llisa |
100 |
Incumplimiento de la AAI |
No estimada |
Intern |
22/08/2019 |
16 |
Dept. de Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias y Lucha contra el Intrusismo (Consell d'Eivissa) |
101 |
No formula alegaciones |
No Aplica |
2019021976 |
10/10/201 |
17 |
Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia |
102, 103, 104, 110 |
Ordenanzas/Adaptación de instalaciones a las previsiones de la Ley 8/2019/ Gestión Mancomunada o Consorciada de Residuos/Nuevos puntos limpios |
No estimada (aspecto ya incorporado) |
17 |
Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia |
105, 106, 109 |
Recogida de materia orgánica/ Índice de Presión humana/ SDDR |
Estimadas parcialmente |
||
17 |
Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia |
107 |
Residuos del sector HORECA |
Estimada |
||
17 |
Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia |
108 |
Prevención de envases de un solo uso |
No estimada |
||
2019021784 |
26/09/2019 |
18 |
Dirección General de Aviación Civil |
111 y 112 |
Incorporar planos de servitudes aeronáuticas/ Referencia a la normativa estatal en materia aeroportuaria |
Estimadas |
2019021738 |
08/10/2019 |
19 |
Dirección General de Infraestructura |
113 |
No formula alegaciones |
No Aplica |
TERCERO. PUBLICAR este acuerdo y los documentos que integran el plan aprobado en la forma siguiente:
a. En el Boletín Oficial de las Illes Balears en el plazo de quince días desde la adopción del acuerdo, publicando el acuerdo por el cual se aprueba el Plan, el Texto normativo, la Memoria (sin anexos), la Cartografía y el Resumen tramitación AAE.
b. En la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa, publicando los documentos indicados en el apartado anterior incluyendo los anexos de la Memoria así como el Estudio Ambiental Estratégico.
Esta publicación tendrá que hacerse efectiva en lenguas catalana y castellana.
QUARTO. COMUNICAR la respuesta dada a las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública y participación, mediante comunicación individual a las personas alegantes, de conformidad con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
QUINTO. COMUNICAR este acuerdo y el texto del PDSPIGRE:
- A la Dirección General de Aviación Civil conformemente con aquello establecido en el artículo 29.7 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas.
- A la Dirección General de la Costa y el Mar a través de la Demarcación de Costas en las Illes Balears.
- Al Consejo Insular de Formentera y todos los ayuntamientos de la isla de Ibiza.
- A la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears y a la Consejería de Medio Ambiente y Territorio del Gobierno de las Illes Balears.
SEXTO. COMUNICAR la aprobación definitiva del PDSPIGRE, mediante anuncio en dos de los diarios de mayor circulación de la isla de Ibiza, indicando que se encuentra en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (http://seu.conselldeivissa.es/).
SÉPTIMO. FACULTAR a los servicios técnicos del departamento de Medio Ambiente del Consell Insular d'Eivissa para que, con carácter previo en la publicación en el BOIB del PDSPIGRE, enmienden los posibles errores que se detecten a la documentación escrita y cartográfica. Así mismo, se les faculta para elaborar o revisar la versión castellana de los documentos que hay que publicar con la aprobación definitiva.
Eivissa, 23 de junio de 2020
La jefa de Sección de Medio Ambiente
Belén Planells Tur