Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 5507
Resolución del director gerente de la Gerencia de Atención a Urgencias 061 Baleares por la que se adjudica, por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo de coordinador de unidad asistencial (Menorca) de la Gerencia de Atención a Urgencias 061 Baleares
Antecedentes
El 30 de enero de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 13, la Resolución del director gerente de la Gerencia de Atención a Urgencias 061 Baleares por la que se convocó, por el proceso de libre designación, el puesto de trabajo de coordinador de unidad asistencial (Menorca).
Consideraciones jurídicas
De conformidad con el Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, con la Resolución, de 26 de julio de 1999, de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de la Salud de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de la Salud, por la que se crean los puestos de personal sanitario en los Centros Coordinadores de Urgencia y en las Unidades Móviles de Emergencia, y de acuerdo con la resolución de la consejera de Salud, de 13 de enero de 2016, de delegación de competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Illes Balears (BOIB núm. 10 de 21/01/2016).
Por todo ello dicto lo siguiente
Resolución
1. Declarar desierto el puesto de trabajo de coordinador unidad asistencial (Menorca).
2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. También puede interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.
No obstante, los interesados pueden optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya dictado una resolución expresa o presunta sobre el recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 12 de junio de 2020
El director gerente de la Gerencia de Atención a Urgencias 061
(BOIB núm. 10/2016, de 21 de enero)
Antonio Bellver Juliá