Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MAÓ
Núm. 5484
Convocatoria de subvenciones para la rehabilitación de fachadas y/o mejoras de accesibilidad y habitabilidad, campaña “Millorant ca teva, milloram Maó-2020”
BNDS: 512438 (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)
La Junta de Gobierno Local, en sesión realizada el día 08.06.2020, aprobó, en el punto 9.2, las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para la rehabilitación de fachadas y/o mejoras de accesibilidad y habitabilidad, campaña “Millorant ca teva, milloram Maó-2020” y su convocatoria.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria de las presentes bases en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del diario oficial de la provincia (BOIB) y en la página web del Ayuntamiento de Mahón. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable
Los modelos normalizados de solicitud y los exigidos en el punto 7 de las bases que regulan esta convocatoria podrán encontrarse en la página web del Ayuntamiento de Mahón.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Podrán solicitar la subvención las personas físicas y jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:
1. Ser propietarias de algún inmueble que cumpla las condiciones del punto 2.2 de la presente convocatoria.
2. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.
3. No estar incluidas en ninguna de las causas de prohibición establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón.
Asimismo, podrán solicitar la subvención las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos.
El objeto y la finalidad de la presente convocatoria es subvencionar a las personas propietarias de inmuebles de Mahón, para que, mediante las intervenciones objeto de la presente convocatoria, garanticen las condiciones de seguridad, mantenimiento y ornamento en las partes de sus edificios que afecten a la vía pública y/o sean visibles desde espacios públicos y/o mejoren las condiciones de accesibilidad y habitabilidad de dichos inmuebles.
Las bases reguladoras están publicadas en los siguientes enlaces del Portal de Transparencia de la web municipal:
www.ajmao.org/tauleredictes
http://www.ajmao.org/OrgansGovern/Departament.aspx?ID=29
La presente convocatoria tendrá una consignación presupuestaria máxima de 160.000 €, que podrá ser atendida con la aplicación de la partida presupuestaria U01 1511 7810311 del presupuesto municipal del año 2020, que podrá ser incrementada con el crédito procedente de la incorporación de créditos del ejercicio 2019.
Las subvenciones se otorgarán a aquellas persones solicitantes que obtengan mejor valoración, una vez aplicados los criterios objetivos determinados en las bases reguladoras. Para la valoración de las solicitudes de los proyectos, únicamente se tendrán en cuenta las solicitudes que sigan los criterios objetivos aplicados de conformidad con el artículo 8 de las bases reguladoras.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria de las presentes bases en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del diario oficial de la provincia (BOIB) y de la página web del Ayuntamiento de Mahón. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.
Las solicitudes deben presentarse mediante los modelos normalizados que facilita el Ayuntamiento, de conformidad con lo que dictaminan las bases.
La subvención nunca podrá ser aplicada a obras ya ejecutadas antes de la resolución de su concesión.
Las obras objeto de la subvención deberán concluirse en un plazo máximo de 6 meses, contados a partir del cobro del primer pago de la subvención.
El plazo de justificación de la subvención concedida —y, por tanto, de la presentación de la documentación justificativa— será de un mes, contado a partir de la finalización de las obras subvencionadas.
La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de la concesión de la subvención revestirá la forma de rendición de cuentas justificativa del gasto realizado.
Las personas beneficiarias están obligadas a justificar los gastos producidos por la totalidad de las obras objeto de la subvención. La justificación de la ejecución de las obras se presentará por trámite electrónico, acompañada con las facturas y otros documentos de valor probatorio equivalente, con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención.
Debe cumplirse todo lo dispuesto en las bases que regulan esta convocatoria de subvenciones.
Véanse las bases.
Maó, 19 de junio de 2020
La Tenienta de Alcaldia de Urbanismo, Actividades y Obra Pública
Dolores Antonio Florit