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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 5387
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 19 de junio de 2020 por la que se modifica la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 7 de mayo de 2020 por la cual se aprueban las instrucciones para adecuar los criterios de promoción y titulación de los alumnos de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo de las Illes Balears como consecuencia de la Orden EFP/365/2020, de 22 de abril, por la cual se establecen el marco y las directrices de actuación para acabar el curso 2019-2020 e iniciar el curso 2020-2021 ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19

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Texto

La Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 7 de mayo de 2020 que establece las instrucciones para adecuar los criterios de promoción y titulación de los alumnos de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo de las Illes Balears como consecuencia de la Orden EFP/365/2020, de 22 de abril, por la cual se establecen el marco y las directrices de actuación para acabar el curso 2019-2020 e iniciar el curso 2020-2021 ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19, se publicó en el BOIB n.º 80 de 12 de mayo.

En el punto 4 de las instrucciones se establecen el plazo y las especificaciones para la evaluación de los módulos de segundo curso diferentes del de Formación en centros de trabajo (FCT) y, en su caso, del de Proyecto, en segunda convocatoria del curso, y sólo para el curso 2019-2020. En este punto se prevé que una vez evaluados los módulos mencionados, el equipo educativo del ciclo decide si los alumnos pasan a cursar el módulo de FCT que se tiene que realizar en cursos posteriores.

Por la situación derivada de la epidemia del COVID-19, durante el curso actual es posible realizar el módulo de formación en centros de trabajo de forma excepcional, de acuerdo con lo que se especifica en la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 18 de abril de 2020 por la cual se aprueban con carácter extraordinario las instrucciones complementarias, a causa de la epidemia del COVID-19, para evaluar el aprendizaje de los alumnos de formación profesional y de estudios artísticos superiores de diseño en las Illes Balears para el curso 2019-2020 (BOIB n.º 58, de 18 de abril).

Así, si se modifica el punto 4 de las instrucciones antes indicadas para eliminar la obligatoriedad de cursar el módulo de FCT en cursos posteriores, se posibilita que algunos alumnos puedan realizar este módulo todavía durante este curso en la forma que prevé la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 18 de abril de 2020. Dado que esta medida favorece al alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional y, en especial, al alumnado de los ciclos de formación profesional básica que es más vulnerable, se considera adecuado hacer la modificación mencionada.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Primero

Modificar la letra c del punto 4 de las instrucciones para adecuar los criterios de promoción y titulación de los alumnos de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo de las Illes Balears como consecuencia de la Orden EFP/365/2020, de 22 de abril, por la cual se establecen el marco y las directrices de actuación para acabar el curso 2019-2020 e iniciar el curso 2020-2021 publicadas mediante la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 7 de mayo de 2020 en el BOIB n.º 80, de 12 de mayo.

La nueva redacción es la siguiente:

c) Las actividades de recuperación y las pruebas para evaluarlas se tienen que llevar a cabo, en general, dentro del mes de junio. Si se estima necesario, se pueden llevar a cabo hasta el final del mes de julio. Una vez obtenidas las calificaciones de los módulos evaluados de forma adicional, el equipo educativo del ciclo decidirá si el alumno o la alumna pasa a cursar la FCT. La realización del módulo de FCT que se efectúe durante lo que queda del curso 2019-2020 no requiere autorización del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores.

 

Segundo

Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 19 de junio de 2020

El consejero de Educación, Universidad e Investigación

Marti X. March Cerdà