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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE INCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE INCA

Núm. 2485
Divorcio contencioso 692/2018. Sentencia

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Texto

En este órgano judicial se tramita DIVORCIO CONTENCIOSO 0000692 /2018, seguido a instancias de ANALIA GABRIELA TAMASCO KARACHEV, contra JOSE LUIS RODRIGUEZ GARCIA, en los que, por resolución de fecha 27.11.2019 se ha acordado:

SENTENCIA

En Inca, a 27 de noviembre de 2019

Vistos por mí, Doña Chloé Lavinia Sedano Bromhall, Jueza del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Inca y de su partido judicial, los presentes autos de divorcio contencioso que se siguen en este juzgado con el número arriba indicado a instancia de Doña ANALIA GABRIELA TARAMASCO KARACHEV, representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Ana María Crespí Tortella y asistida de la Letrada Doña Magdalena Mª Siquier Cerdà, siendo parte demandada, Don JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ GARCÍA, se dicta la presente resolución.  

(…)

FALLO

Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por Doña ANALIA GABRIELA TARAMASCO KARACHEV, representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Ana María Crespí Tortella y asistida de la Letrada Doña Magdalena Mª Siquier Cerdà, siendo parte demandada, Don JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ GARCÍA y, en consecuencia:

Debo declarar y declaro haber lugar al divorcio del matrimonio celebrado en Fray bentos (Uruguay) el 2 de agosto de 2002, entre Doña ANALIA GABRIELA TARAMASCO KARACHEV y Don JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ GARCÍA.

No se establece medida alguna al no haber sido solicitada. 

Ofíciese al Registro Civil Central para la anotación de la inscripción de matrimonio de la presente resolución.

Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado a favor del otro, y la posibilidad de vincular los bienes del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica. 

Todo ello sin expreso pronunciamiento en costas.

Contra esta resolución cabe interponer Recurso de Apelación a resolver por la Audiencia Provincial de Baleares y que se interpondrá ante este Juzgado de Primera Instancia en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución. 

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo Doña Chloé Lavinia Sedano Bromhall, Jueza del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Inca y su partido judicial.

Inca, 10 de febrero de 2020

El/la letrado de la Administración de Justicia