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AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 5323
Decreto de Alcadia n.º 2020-3398, de fecha 18 de Junio de 2020, por el que se aprueba la remisión del expediente administrativo y se citan a plazo las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario 0000052/2020, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Palma de Mallorca
“DECRETO:
Identificación del expediente: 16003/2019, servicio prestación GPS taxis del municipio de Ibiza
Resolución por la cual se acuerda la remisión del expediente administrativo y se cita a plazo las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario 0000052/2020
1. La Asociación de Taxistas Autónomos de la Ciudad de Ibiza ha interpuesto recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo n. 2 de Palma de Mallorca, contra el requerimiento de cumplimiento normativo, dictado en el expediente n.º 16003/2019, por el cual se obliga al cumplimiento de la normativa municipal de aplicación en materia GPS dictado por el Regidor de Movilidad, Vivienda y Promoción Económica del Ayuntamiento de Ibiza por delegación del Alcalde.
2. Visto lo que dispone el artículo 49 y 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
3. Visto lo que establece el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
4. Por todo ello y en uso de las atribuciones que me han sido delegadas mediante decreto de Alcaldía n.º 2019/3897 de fecha 20 de junio de 2019,
RESUELVO,
1. Remitir el expediente administrativo correspondiente al Juzgado Contencioso-Administrativo n. 2 de Palma de Mallorca
2. Citar las personas interesadas por sí a su derecho conviniera comparecer y personarse como demandadas ante este Juzgado en el plazo de NUEVE DÍAS, de conformidad con el que dispone el artículo 49 y 50 de la ya mencionada Ley 29/1998, de 13 de julio.
3. Informar a las personas interesadas que pueden comparecer a las actuaciones judiciales dentro del plazo concedido. Si comparecen posteriormente, se les tendrá por parte para los trámites no precluídos. Si no comparecen oportunamente, continuará el procedimiento con sus trámites, sin que haya lugar a efectuar, en estrados o de cualquier otra forma, notificaciones de ninguna clase.
Eivissa, 19 de junio de 2020
Doy fe
EL REGIDOR DELEGADO EL SECRETARIO ACCTAL.
Eivissa, 18 de junio de 2020
El Regidor Delegado,
Aitor Morrás Alzugaray