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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, CULTURA E IGUALDAD

Núm. 5265
Resolución de la directora gerente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 18 de junio de 2020 por la que se contrata, en régimen de personal laboral interino, como auxiliar administrativa del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución de la presidenta del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 10 de enero de 2020 (BOIB núm. 6, de 14 de enero), se aprobaron la convocatoria, las bases y el baremo de méritos, y se designó a la Comisión Técnica de Valoración del proceso selectivo para cubrir, en régimen de personal laboral interino, el puesto de auxiliar administrativo del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears.

2. El 5 de febrero de 2020, finalizó el plazo para presentar las solicitudes para participar en el proceso selectivo mencionado, de acuerdo con lo previsto en la base sexta de la Resolución de la presidenta del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 10 de enero de 2020, antes mencionada.

3. Mediante la Resolución de la presidenta del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 28 de febrero de 2020, que se publicó en la web de la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad el mismo día 28 de febrero de 2020, se aprobaron las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, con la expresión de la causa de la exclusión, del proceso selectivo para cubrir, en régimen de personal laboral interino, el puesto de auxiliar administrativo del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears.

4. Mediante la Resolución de la presidenta del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 6 de marzo de 2020, que se publicó en la web de la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad el día 9 de marzo de 2020, se aprobaron las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con la expresión de la causa de la exclusión, del proceso selectivo para cubrir, en régimen de personal laboral interino, el puesto de auxiliar administrativo del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears.

5. Dada la emergencia sanitaria provocada por la COVID-19, el Gobierno estatal dictó el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, se suspendieron los plazos administrativos, por lo tanto, los plazos previstos en las bases de la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, en régimen de personal laboral interino, el puesto de auxiliar administrativo del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears, quedaron suspendidos.

6. En el mismo sentido, sobre la suspensión de plazos administrativos, se pronunció el Decreto Ley 4/2020, de 20 de marzo, por el que se establecen medidas urgentes en materia de contratación, convenios, conciertos educativos y subvenciones, servicios sociales, medio ambiente, procedimientos administrativos y presupuestos para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19.

7. Mediante la Resolución de la presidenta del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 18 de mayo de 2020, a propuesta de la directora gerente del ICIB (BOIB núm. 91, de 23 de mayo), se resolvió el levantamiento de la suspensión de los plazos en el procedimiento para cubrir, en régimen de personal laboral interino, la plaza de auxiliar administrativo del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears.

8. Mediante la Resolución de la presidenta del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 28 de mayo de 2020, que se publicó en la web de la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad el mismo día 28 de mayo de 2020, se aprobó la lista provisional con las puntuaciones obtenidas en la fase de cómputo de los méritos por los participantes del proceso selectivo para cubrir, en régimen de personal laboral interino, el puesto de auxiliar administrativo del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears. Así mismo, se dio un plazo de tres días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional en la web de la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad (del 29 de mayo al 2 de junio, ambos incluidos) para hacer observaciones o presentar reclamaciones.

9. Mediante la Resolución de la presidenta del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 9 de junio de 2020, que se publicó en la web de la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad el mismo día 9 de junio de 2020, se aprobó la lista definitiva con las puntuaciones obtenidas en la fase de cómputo de los méritos por los participantes del proceso selectivo para cubrir, en régimen de personal laboral interino, el puesto de auxiliar administrativo del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears.

10. El 10 de junio de 2020, se publicó en la web de la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad la propuesta provisional de contratación de la Comisión Técnica de Valoración a favor de la señora Maria Navarrete Cano en el proceso selectivo para cubrir, en régimen de personal laboral interino, el puesto de auxiliar administrativo del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears, convocado por la Resolución de 10 de enero de 2020.

11. En fechas 12 y 15 de junio de 2020, se han registrado tres renuncias efectuadas por parte de los tres primeros aspirantes del proceso selectivo. La siguiente aspirante con la puntuación total más alta en la lista definitiva con las puntuaciones obtenidas en la fase de cómputo de los méritos por los participantes del citado procedimiento, es la señora Margalida Crespí Bestard.

12. El 17 de junio de 2020, se ha publicado en la web de la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad la propuesta definitiva de contratación de la Comisión Técnica de Valoración a favor de la señora Margalida Crespí Bestard en el proceso selectivo para cubrir, en régimen de personal laboral interino, el puesto de auxiliar administrativo del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears, convocado por la Resolución de 10 de enero de 2020.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, recoge los principios constitucionales rectores para el acceso al empleo público.

2. El artículo 23.2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece los criterios que deben seguir los entes públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en la contratación de personal laboral.

3. Los artículos 17 y 18 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, disponen que en la selección del personal laboral de los entes públicos de la Comunidad Autónoma se deben aplicar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

4. El artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administracions Públicas, dispone que todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.

5. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007 de modificación del ámbito de aplicación y de determinación del alcance del control del artículo 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 1995 sobre contabilidad y rendición de cuentas de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el apartado segundo B, establece el procedimiento para dar cumplimiento a los principios de publicidad y de objetividad en la selección de personal laboral temporal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. La base séptima de la Resolución de la presidenta del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 10 de enero de 2020 por la que se aprueban la convocatoria, las bases y el baremo de méritos que regirán en el proceso selectivo para cubrir, en régimen de personal laboral interino, el puesto de auxiliar administrativo del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears, dispone que, vista la propuesta de contratación emitida por la Comisión Técnica de Valoración, el director gerente del ICIB debe dictar la resolución de contratación definitiva, que se publicará en la web de la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad, así como en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

7. El artículo 20.u) de los Estatutos del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears, aprobados por el Decreto 50/2018, de 21 de septiembre, dispone que corresponde al director gerente cualquier otra función que le encomienden expresamente o le deleguen el Consejo de Dirección o el presidente, en el ámbito de sus respectivas competencias.

8. La Resolución de la presidenta del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 18 de mayo de 2020, a propuesta de la directora gerente del ICIB, de levanta la suspensión de los plazos en el procedimiento para cubrir, en régimen de personal laboral interino, la plaza de auxiliar administrativo del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente:

Resolución

1. Contratar, en régimen de personal laboral interino, a la señora Margalida Crespí Bestard como auxiliar administrativa del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears.

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad.

 

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso de alzada ante la presidenta del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de contratación en el BOIB, de acuerdo con lo previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 18 de junio de 2020

La directora gerente del Instituto

de Industrias Culturales de las Illes Balears

Cristina Llambias Cortés