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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 5237
Subvención de concesión directa por Ley de Capitalidad al Ayuntamiento de Palma para actuaciones de inversión (ejercicio 2020)

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Texto

El Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión que ha tenido lugar el día 11 de junio de 2020, ha adoptado el siguiente acuerdo:

<1.- Conceder una subvención de un millón trescientos mil euros (1.300.000,00 €) al Ayuntamiento de Palma, CIF: P-0704000-I, con cargo a la partida presupuestaria 65.94310.76280, para llevar a cabo las siguientes actuaciones y por los importes máximos que a continuación se hacen constar:

ACTUACIONES A SUBVENCIONAR

IMPORTE MÁXIMO DE LA SUBVENCIÓN

Fase I de las obras de adecuación del depósito municipal de Son Toells

700.000,00 €

Remodelación plaza Bisbe Planas de Sant Jordi (cont.)

35.000,00 €

Subvenciones rehabilitación de viviendas

200.000,00 €

Remodación de la cubierta "est"  del mercado de Pere Garau

350.000,00 €

Impermeabilización de la terraza de la escuela de formación de Palma Activa

15.000,00 €

TOTAL

1.300.000,00 €

Para los próximos ejercicios económicos, esta subvención, que tiene carácter excepcional, queda condicionada a las disponibilidades presupuestarias del Consejo de Mallorca.

2.- Autorizar y disponer un gasto a favor del Ayuntamiento de Palma, CIF: P-0704000-I, por importe de un millón trescientos mil euros (1.300.000,00 €) con cargo a la partida 65.94310.76280 para llevar a cabo las actuaciones mencionadas en el punto anterior.

3.- Aprobar los modelos normalizados siguientes:

-Convenio a suscribir entre el Consejo de Mallorca y el Ayuntamiento de Palma (Anexo I).

-Certificado de adjudicación de la actuación (Anexo II).

-Acta de comprobación del replanteo (Anexo III).

-Certificación de obra (Anexo IV).

-Certificado final de obra (Anexo V).

-Acta de recepción (Anexo VI).

-Certificado del secretario/a en fase de justificación de gastos (Anexo VII).

-Informe del interventor/a en fase de justificación de gastos (Anexo VIII).

4.- El Ayuntamiento de Palma, como beneficiario de la subvención, estará obligado a:

4.1.- Adjudicar las actuaciones subvencionadas. La notificación de las adjudicaciones de las actuaciones subvencionadas al Consejo de Mallorca se tiene que hacer en el plazo dos (2) meses contados a partir de la fecha de la adjudicación de la actuación o actuaciones subvencionadas, teniendo que presentar el correspondiente certificado de adjudicación de cada una de las actuaciones (Anexo II). Una vez adjudicada la actuación la subvención del Consejo de Mallorca quedará reducida respecto de la concedida de manera automática proporcionalmente al porcentaje de baja que, si ocurre, se produzca siempre que se hubiera subvencionado la actuación por parte del Consejo de Mallorca con un porcentaje del 100%. En caso de que haya una aportación municipal, la subvención del Consejo de Mallorca no se reducirá, sólo se reducirá la aportación municipal, porque la suma de las aportaciones no puede ser superior al importe de la actuación adjudicada, y, si fuera necesario, también se reducirá la subvención del Consejo de Mallorca hasta el importe de la actuación adjudicada.

Una vez comunicado el certificado de la adjudicación de la obra, si ocurre el Ayuntamiento de Palma estará obligado a reintegrar por cada actuación la diferencia entre el importe subvencionado mediante adelanto del 100% y el importe finalmente adjudicado, mediante la liquidación que practicará el Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local.

Después de la adjudicación de cada obra se tiene que presentar la correspondiente acta de comprobación del replanteo (Anexo III).

No se harán pagos a cuenta a medida que se presenten las certificaciones de obra. Solamente se hará el pago de un adelanto del 100% de la subvención una vez concedida.

4.2.- Remitir al Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consejo de Mallorca en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de la recepción de la notificación de la concesión de la subvención un certificado del secretario municipal de aprobación por parte del Ayuntamiento de Palma del convenio a suscribir con el Consejo de Mallorca según el modelo normalizado que figura como Anexo I de este acuerdo.

4.3.- Acabar las actuaciones y justificar los gastos al Consejo hasta el día 30 de diciembre de 2024. La justificación de cada actuación subvencionada, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, se hará por medio de la presentación en el Consejo de Mallorca por parte del Ayuntamiento de Palma de la siguiente documentación al final de cada actuación subvencionada:

a) Un certificado del secretario/secretaria del Ayuntamiento de Palma con el visto bueno del alcalde que acredite la realización de la actividad subvencionada, el cumplimiento de la finalidad de la subvención y la aportación de la documentación justificativa que establece este acuerdo, según el modelo que figura como Anexo VII de este acuerdo.

b) Un informe, según el modelo que figura como Anexo VIII de este acuerdo, emitido por el interventor/interventora del Ayuntamiento de Palma en virtud del cual se haga constar:

-La veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de la subvención que obra en poder del Ayuntamiento de Palma en los términos establecidos en este acuerdo.

-Una relación de las facturas de la actuación subvencionada con los datos identificativos de cada factura.

-Una relación de las obligaciones reconocidas de la actuación subvencionada de acuerdo con lo que prevé el artículo 48.1, segundo apartado, de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca.

Además, este informe para la justificación de las actuaciones subvencionadas hará constar:

  • Que el Ayuntamiento de Palma no ha obtenido ninguna otra subvención de otras instituciones públicas o privadas para la actividad objeto de la subvención (o, si es el caso, relación de las concedidas, con indicación de los importes y su procedencia).
  • Que el coste justificado con las facturas no supera el valor de mercado. 
  • Que los trabajos realizados y facturados objeto de la subvención se ajustan a los precios de mercado.
  • Que los gastos corresponden sin lugar a dudas a la actividad objeto de subvención.
  • Que el Ayuntamiento no recupera ni compensa o recupera y compensa el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

En el caso de las obras, también se tiene que presentar a medida que se vayan emitiendo en el transcurso de las obras y a los únicos efectos de las visitas de los técnicos, los siguientes documentos:

a) Modelo oficial de certificación de obra (Anexo IV) debidamente rellenado, y firmado por el contratista y por el director (o directores) de la obra, con las firmas debidamente identificadas.

b) Relación valorada de los trabajos llevados a cabo firmada por el director (o directores) de la obra con las firmas debidamente identificadas.

Al acabar la obra, y también a los únicos efectos del control técnico de las actuaciones, se tiene que presentar:

a) Certificado final de obra firmado por el director de la misma (Anexo V). En caso de que el proyecto inicial esté visado por el correspondiente colegio profesional, se tiene que presentar el certificado igualmente visado.

b) Acta de recepción de la obra (Anexo VI) firmada conjuntamente por el director, el contratista, un facultativo técnico en representación del Ayuntamiento de Palma y un representante del Consejo de Mallorca. A este efecto, el Ayuntamiento de Palma, con una antelación mínima de tres días hábiles, comunicará al Consejo de Mallorca el día y la hora prevista para la recepción de las obras y también la de su inauguración oficial.

El periodo durante el cual el beneficiario tiene que destinar los bienes al fin concreto para el cual se ha concedido la subvención es el previsto como mínimo en el artículo 31.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, excepto autorización del Consejo de Mallorca. El incumplimiento de esta obligación de destino será causa de reintegro de la subvención. En el caso de bienes inscribibles en un registro público, esta circunstancia se tiene que hacer constar en la escritura, así como el importe de la subvención concedida, y estos aspectos tienen que ser objeto de inscripción en el registro público correspondiente.

4.4.- La subvención se otorgará por un importe cierto. En caso de que la cuantía justificada sea inferior a la concedida, una vez ajustada al importe adjudicado de las obras de acuerdo con lo que se indica en el punto 4.1 de este acuerdo, el importe a subvencionar se tiene que ajustar con el finalmente justificado. Dado que está prevista la aprobación de un adelanto del 100% de la subvención concedida, en el caso que el importe justificado sea inferior al importe subvencionado, el Ayuntamiento de Palma tendrá que hacer, una vez presentada la justificación de los gastos de cada actuación, a requerimiento del Consejo de Mallorca, un reintegro de la diferencia entre la cantidad subvencionada y abonada mediante adelanto y la cantidad finalmente justificada además de los intereses de demora correspondientes desde el momento del pago del adelanto de la subvención al Ayuntamiento de Palma hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro por parte del Consejo de Mallorca de cada actuación. 

4.5.- Hacer constar el patrocinio del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consejo de Mallorca en las actuaciones. En especial, a colocar en un lugar visible de la obra en el acto de inauguración de la misma una placa de hierro con letras de latón o en metacrilato con la leyenda y las medidas que indique el Consejo de Mallorca. Durante toda la ejecución de las obras, el Ayuntamiento de Palma tendrà la obligación de adoptar las medidas pertinentes para que el contratista adjudicatario de una obra coloque un cartel, a pie de obra, en un lugar visible desde la vía pública, donde se indicará el organismo u organismos que ayudan en la ejecución del proyecto. El contratista se hará cargo siempre del coste del cartel y del de su colocación. El mencionado cartel tendrà las características que determine el Consejo de Mallorca en su momento. 

Para la actuación de adquisición de vehículos tiene que figurar en un lugar visible del vehículo o vehículos que la adquisición ha sido subvencionada por el Consejo de Mallorca, con el anagrama, la leyenda y las medidas que indique el Consejo de Mallorca.   

4.6.- Comunicar al Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consejo de Mallorca, en cualquier momento, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad y no consignadas en la solicitud.

4.7.- Las previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el artículo 9 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca aprobada por acuerdo del Pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de día 18 de febrero de 2017) y modificada por acuerdo del Pleno de día 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de día 4 de agosto de 2018).

5.- Las ampliaciones de los plazos establecidos en este acuerdo se regirá por lo que dispone el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En todo caso, las solicitudes de ampliación de plazos tienen que tener entrada oficial en el Consejo de Mallorca con una antelación mínima de treinta (30) días naturales a la fecha de su finalización. Se autoriza al consejero ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local para la resolución de las peticiones de ampliaciones de plazos.

En los casos de desistimiento del contratista adjudicatario, resolución de contratos por quiebra de las empresas adjudicatarias, licitaciones declaradas desiertas, impugnaciones de las licitaciones, y, en general, en todos los supuestos que por causas ajenas al ayuntamiento se tenga que adjudicar nuevamente la actuación o la adjudicación sufra un retraso justificable, con carácter excepcional, si las ampliaciones de plazos previstas en el punto anterior no resuelven estas incidencias, se podrán establecer nuevas fechas para acabar la actuación para resolver estas problemáticas. Se autoriza al consejero ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local para la resolución de estas situaciones: fijar nuevas fechas para acabar las actuaciones.

6.- El Ayuntamiento de Palma, como beneficiario de la subvención, puede solicitar al órgano que la concede, antes de que concluya el plazo para llevar a cabo la actividad subvencionada, modificaciones del acuerdo de concesión, reducción del importe concedido, modificación de la actuación objeto de la ayuda, que se autorizan cuando tienen la causa en circunstancias imprevistas o son necesarias por el buen final de la actuación, siempre que no se altere el objeto o la finalidad de la subvención y no se dañe el derecho de terceros.>

 

Palma, 18 de junio de 2020.

El secretario técnico por sustitución de Promoción Económica y Desarrollo Local.

(Por delegación del consejero de Promoción Económica y Desarrollo Local.

Resolución de 22/07/2019. BOIB núm. 103, de 27/07/2019)

Jaume Tomàs Oliver

 

 

ANEXO I CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CONSEJO DE MALLORCA Y EL AYUNTAMIENTO DE PALMA PARA LLEVAR A CABO ACTUACIONES DE INVERSIÓN (EJERCICIO 2020).

Palma, ___ de _______ de ____________

REUNIDOS

Por una parte, el Sr. Jaume Alzamora Riera, consejero ejecutivo del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consejo de Mallorca, con fundamento en el acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de día __________.

Y por otra parte, el Sr. ________________________, alcalde presidente del Ayuntamiento de Palma.

Ambos intervienen en nombre y representación de los cargos públicos que ostentan y

MANIFIESTAN

Que el Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión de día ............... de .................................... de .........................., aprobó la concesión de una subvención (ejercicio 2020) para llevar a cabo actuaciones de inversión y este convenio tipo a suscribir con el Ayuntamiento de Palma como beneficiario de la subvención.

Que en este acuerdo plenario al Ayuntamiento de Palma se le concedió una subvención por importe de 1.300.000,00 euros para llevar a cabo las siguientes actuaciones:.............................................................................................................................................

Que el Ayuntamiento de Palma, mediante acuerdo/resolución de día ............de................... de ......................... aprobó el texto de este convenio.

Que la disposición adicional segunda de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca aprobada por acuerdo del Pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017) y modificada por acuerdo del Pleno de día 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018) dice:

"En los convenios de colaboración que regulen las ayudas que el Consejo Insular de Mallorca y los organismos autónomos y consorcios del cual dependen otorguen a otras administraciones públicas, la subvención se puede justificar a través de un certificado emitido por el titular del órgano que la ha percibido, por el cual se acredite la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención, junto con el informe emitido por la Intervención, u órgano de control financiero equivalente, de la entidad beneficiaria por el cual acredita la veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de la subvención."

Que en el marco de lo que prevé esta disposición adicional segunda, el objeto de este convenio es regular las obligaciones, el desarrollo de las actuaciones y la justificación de los gastos derivados de la subvención antes mencionada. 

Por todo lo que se ha expuesto, ambas partes suscriben el presente convenio de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Este convenio tiene por objeto regular las obligaciones, el desarrollo de las actuaciones y la justificación de los gastos derivados de la subvención concedida por el Consejo de Mallorca al Ayuntamiento de Palma por actuaciones de inversión (ejercicio 2020). 

Segunda.- Al Ayuntamiento de Palma se le ha concedido la subvención para llevar a cabo las siguientes actuaciones:

.............................................................................................................................................

Tercera.- El Ayuntamiento de Palma, como beneficiario de la subvención, se compromete a cumplir con todas y cada una de las obligaciones previstas en el acuerdo del Pleno del Consejo de concesión de la subvención, tanto las de tipo administrativo como las de tipo técnico, y muy especialmente a llevar a cabo las actuaciones subvencionadas y presentar la justificación de los gastos al Consejo de Mallorca hasta el día 30 de diciembre de 2024.

Cuarta.- La justificación de las actuaciones subvencionadas al Ayuntamiento de Palma, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, se hará por medio de la presentación en el Consejo de Mallorca por parte de la entidad beneficiaria de la siguiente documentación:

a) Un certificado del secretario/secretaria de la entidad local con el visto bueno del alcalde/alcaldesa que acredite la realización de la actividad subvencionada, el cumplimiento de la finalidad de la subvención y la aportación de la documentación justificativa que establece el acuerdo plenario.

b) Un informe emitido por el interventor/interventora de la entidad local beneficiaria de la subvención en virtud del cual se haga constar:

-La veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de la subvención que obra en poder de la entidad local en los términos establecidos en el acuerdo plenario.

-Una relación de las facturas de la actuación subvencionada con los datos identificativos de cada factura: número; fecha; acreedor; e importe.

-Una relación de las obligaciones reconocidas de la actuación subvencionada de acuerdo con lo que prevé el artículo 48.1, segundo apartado, de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca.

Además, este informe para la justificación de las actuaciones subvencionadas hará constar:

  • Que el Ayuntamiento de Palma no ha obtenido ninguna otra subvención de otras instituciones públicas o privadas para la actividad objeto de la subvención (o, si es el caso, relación de las concedidas, con indicación de los importes y su procedencia).
  • Que el coste justificado con las facturas no supera el valor de mercado. 
  • Que los trabajos realizados y facturados objeto de la subvención se ajustan a los precios de mercado.
  • Que los gastos corresponden sin lugar a dudas a la actividad objeto de subvención.
  • Que el Ayuntamiento de Palma no recupera ni compensa o recupera y compensa el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Quinta.- Este convenio finalizará al acabar las actuaciones subvencionadas y una vez justificadas las actuaciones en los términos de este convenio y realizados, si ocurre, los reintegros de la subvención por parte del Ayuntamiento de Palma.

Y, en prueba de conformidad, firman este convenio por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y la fecha antes expresados.

 

Por parte del Consejo de Mallorca                                                                         Por parte del Ayuntamiento de Palma               

El consejero ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local                          El alcalde presidente

Jaume Alzamora Riera                                                                                                             José Hila Vargas

 

 

ANEXO II CERTIFICADO DE ADJUDICACIÓN DE LA ACTUACIÓN

Sr. /Sra.:

 

Secretario / a de

 

CERTIFICO: que esta Entidad ha adjudicado la actuación según las circunstancias que a continuación se expresan:

ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

ACTUACIÓN:

 

AYUNTAMIENTO:

PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN:

CONTRATISTA:

CIF CONTRATISTA:

FECHA DE LA ADJUDICACIÓN:

FECHA DE INICIO DE LA ACTUACIÓN:

DIRECTOR / A DE LA ACTUACIÓN:

TITULACIÓN DIRECTOR / A ACTUACIÓN:

 

FINANCIACIÓN

ENTIDADES

PRESUPUESTO ACTUACIÓN

SUBVENCIÓN APROBADA

ADJUDICACIÓN ACTUACIÓN

BAJA

CONSEJO DE MALLORCA

 

 

 

 

AYUNTAMIENTO

 

 

 

 

TOTALES

 

 

 

 

Y para que así conste, y para su remisión al Consejo de Mallorca, expide el presente certificado, con el visto bueno del Sr. alcalde/sa, en _________________, día __________ de __________________ de ____________.

Visto bueno                                                                          

EL ALCALDE / LA ALCALDESA                EL SECRETARIO / LA SECRETARIA

 

Sgt.:                                                                      Sgt.:

 

 

ANEXO III ACTA DE COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO

ACTUACIÓN:  .......................................................................

CONTRATISTA:  ...................................................

En .............................., ......... de .......................... de .........

A las ......... horas, en (lugar) ......................... comparecen el representante de la Administración contratante: Sr./Sra................................................................................; el Director de la obra: Sr./Sra.............................................................  y el representante de la empresa contratista: Sr./Sra................................................................

El objeto de este acto es proceder a comprobar el replanteo de la obra de referencia que se ha realizado con anterioridad a la licitación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 237 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

Se comprueba la posesión y la disponibilidad real de los terrenos necesarios para la realización de la obra, su idoneidad y la viabilidad del proyecto. Presta su conformidad el representante de la Administración contratante y el facultativo director de la obra, sin reservas por parte del contratista. El director autoriza el inicio de la obra y empieza a discurrir el plazo de ejecución.

El plazo de ejecución de la obra fijado en el pliego de condiciones es de ................ meses.

Se dejan sobre el terreno todos los hitos y las señales que se han considerado necesarias.

Igualmente, se ha hecho entrega al contratista de los planos y documentos necesarios para la ejecución de la obra.

A las ......... horas se da por acabado el acto y para que conste lo que se ha acordado se levanta la presente acta en cuatro ejemplares que suscriben los asistentes.

 

Sr. /Sra. ..............................................                    Sr. /Sra. ..............................................

en reprentació de la Administración contratante.   director/a de la obra.

 

Sr./Sra............................................................

en representación de la empresa contratista.

 

 

ANEXO IV

  CERTIFICACIÓN DE OBRA

​​​​​​​AYUNTAMIENTO:                                                         

CERTIFICACIÓN Nº.                                                              OBRA:

FECHA COMIENZO OBRAS:                                                  FECHA ADJUDICACIÓN:

CONTRATISTA:                                                         PLAZO EJECUCIÓN:

PRESUPUESTO APROBADO:                                                PRESUPUESTO ADJUDICADO: 

BAJA (%):

Sr. /Sra. ………………………………………...............................................................................,

CERTIFICA: Que las obras ejecutadas en el presente mes por la empresa adjudicataria son valoradas, según el presupuesto, de la siguiente manera: 

PRESUPUESTO 

 

Euros 

 

IMPORTE     

 ADJUDICADO

IMPORTE DE LAS OBRAS

 

EJECUTADAS DURANTE EL MES.

 

EJEC. MESES ANTERIORES.

 

PENDIENTE EJECUTAR.

 

            

 

 

 

 

 

 

 

 

L I Q U I D A C I Ó N

Importe de la certificación                             ....................  .-

Baja obtenida en la contrata                          ....................  .-

A deducir certificaciones anteriores              ....................  .-

Líquido acreditado al contratista                  ....................  .-

% I.V.A. 21%                                                    .....................  .-

TOTAL ABONABLE AL CONTRATISTA  .......................-

Y para que conste, y se haga el abono, expide la presente certificación por importe de ..................................................................

Palma, ......  de  .................... de .........

 

El contratista                                                    El director de la obra

Sr/Sra.  ...........................                                 Sr. /Sra. .................................

 

 

​​​​​​​ANEXO V CERTIFICADO FINAL DE OBRA

Sr./Sra..................................................................................................(1).......................

y director de la obra ...........................................................................................................

​​​​​​​CERTIFICA

Que la obra mencionada está acabada de acuerdo con su proyecto, redactado por el Sr. /Sra. ......................................... y aprobado por el Ayuntamiento de ............................... el día ..........................................

 

.................,  ...... de........................ de .......

(1) Ingeniero, arquitecto...

      

 

​​​​​​​ANEXO VI ACTA DE RECEPCIÓN

En ................................., día ..............., reunidos:

El Sr./Sra ...................................., facultativo técnico en representación del Ayuntamiento de................, el Sr. / Sra. ............................., facultativo técnico en representación del Consejo Insular de Mallorca (CIM), el Sr. /Sra. .................................................., contratista de las obras del proyecto ".............................................................", y el Sr. /Sra. ................................., facultativo encargado de la dirección de las obras de referencia, a efectos de proceder a la recepción de las obras.

Conformemente con lo que dispone el artículo 243 de la vigente Ley de contratos del sector público, es procedente esta recepción una vez efectuadas las prestaciones convenidas, en este caso, las obras contenidas en el proyecto de que se ha hecho mención.

Después de examinar atentamente la totalidad de la obra y vista su adecuación a las previsiones del proyecto, y al resto de documentación técnica y administrativa, reguladora de las obligaciones del contratista, el Sr/Sra. ................................................., facultativo técnico municipal la considera como bien realizada, correcta y exactamente finalizada, sin que sea procedente, por lo tanto, hacer objeciones o reservas.

En consecuencia, en cumplimiento del artículo 243 del vigente Ley de contratos del sector público, se procede a la recepción de las obras de ...................................................................

y empieza el plazo de garantía fijado en el Pliego de Condiciones, que es de ......... meses.

Y para que conste se extiende la presente Acta, en el lugar y en la fecha indicados más arriba, en cuatro ejemplares, entregándose uno al Consejo Insular de Mallorca, uno al director de la obra, otro al contratista, y archivándose el otro en el correspondiente expediente administrativo.

En prueba de conformidad firman las partes.

 

El representante de  el Ayuntamiento                  El representante del CIM

 

El director de la obra                                            El contratista      

 

 

ANEXO VII ​​​​​​​CERTIFICADO DEL SECRETARIO/A EN FASE DE JUSTIFICACIÓN DE GASTOS

Sr./Sra............................................................................................., secretario/secretaria del Ayuntamiento de.............................................

CERTIFICA:

Que el Ayuntamiento de...................................... ha sido beneficiario de una subvención del Consejo de Mallorca para proyectos de inversión por importe de ........................................... para llevar a cabo la siguiente actuación:

.............................................................................................................................................

Que la actividad subvencionada antes mencionada se ha realizado, se ha cumplido la finalidad de la subvención y se ha aportado de documentación justificativa que establece el acuerdo plenario de concesión de la subvención.

Y, para que conste a los efectos previstos a la legislación vigente, expide este certificado, de orden y con el visto bueno del Sr. alcalde/Sra. alcaldesa.

......................, ...... de................ de..........

                                                                                                  Visto Bueno

                                                                                  EL ALCALDE/LA ALCALDESA                   

 

 

ANEXO VIII ​​​​​​​INFORME DEL INTERVENTOR/A MUNICIPAL EN FASE DE JUSTIFICACIÓN DE GASTOS

Sr./Sra ................................................, interventor/a del Ayuntamiento de .......................

De acuerdo con lo que dispone la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018),

INFORMA:

Que el Ayuntamiento de .................................... ha sido subvencionado por el Consejo de Mallorca para llevar a cabo la siguiente actuación para ejecutar proyectos de inversión:

..........................................................................................................................................

Que las facturas justificativas de la anterior actuación subvencionada, que son verídicas y se han expedido con regularidad y corresponden sin lugar a dudas a la actividad objeto de subvención en los términos establecidos en el acuerdo plenario de concesión de la subvención, son las siguientes:

Fecha factura

Nº. Factura

NIF

Proveedor

Proveedor

Concepto

Importe de la

factura

Fecha pago de la factura

Fecha

reconocimiento obligación (O)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

​​​​​​​Asimismo DECLARA (1):

( ) Que el Ayuntamiento no recuperará ni compensará el IVA de las facturas que presenta.

( ) Que el Ayuntamiento recupera y/o compensa el IVA de las siguientes facturas: 

También DECLARA:

Que el Ayuntamiento no ha obtenido ninguna otra subvención de otras instituciones públicas o privadas para la actividad objeto de la subvención (o, si es el caso, relación de las concedidas, con indicación de los importes y su procedencia).

Que el coste justificado con las facturas mencionadas no supera el valor de mercado. 

Y para que así conste, yo, como Interventor/a del Ayuntamiento, expido este documento en ............................., dia...................... de.............. ................. de...................

 

(1) Marcar con una cruz la opción que corresponda.