Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 5228
Aprobación definitiva de la Modificación de crédito número 5.2020
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 14.05.20, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 5.2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito y crédito extraordinario para la aplicación del superávit destinado a financiar gastos en Servicios Sociales y Promoción Social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria del Covid-19, que por no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo.
El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las cuales se destinará el superávit presupuestario, será el siguiente:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTO:
Suplemento de crédito
PROGRAMA |
ECONÒMICO |
IMPORTE |
2311 |
13119 |
39.932,42€ |
2311 |
16000 |
21.090,91€ |
2311 |
13001 |
25.976,67€ |
2311 |
48019 |
300.000,00€ |
2311 |
22619 |
105.000,00€ |
2311 |
22799 |
88.000,00€ |
2312 |
48000 |
10.000,00€ |
2313 |
41000 |
70.000,00€ |
TOTAL |
|
660.000,00€ |
Crédito Extraordinario
PROGRAMA |
ECONÓMICO |
IMPORTE |
2311 |
41000 |
40.000,00€ |
TOTAL |
|
40.000,00€ |
FINANCIACIÓN:
CONCEPTO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
87000 |
RTDG |
700.000,00€ |
TOTAL |
|
700.000,00€ |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 170 y 171 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de esto, según lo dispuesto en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Ciutadella de Menorca, 16 de junio de 2020
La Alcaldesa
Joana Gomila LLuch