Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 5188
Resolución de la directora general de Personal Docente de 17 de junio de 2020 por la que se reanuda el plazo de presentación de solicitudes para participar en las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño y de maestros en las Illes Balears convocadas por la Resolución de la directora general de Personal Docente de 3 de febrero de 2020 y se deja sin efecto la posibilidad de formalizarlas de manera presencial
Hechos
1. En fecha 3 de febrero de 2020, la directora general de Personal Docente dictó la Resolución por la que se convocan las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño y de maestros en las Illes Balears, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 24, de 25 de febrero. Esta Resolución estableció que el plazo de presentación de solicitudes era del día 26 de febrero hasta el día 16 de marzo de 2020, ambos incluidos.
2. No obstante lo anterior, desde el día 14 de marzo de 2020, fecha en que se publicó y entró en vigor el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, los términos administrativos quedaron interrumpidos y los plazos, suspendidos.
3. A consecuencia de ello, el trámite informático habilitado a efectos de presentar las solicitudes de participación en la convocatoria quedó deshabilitado.
4. En fecha 30 de marzo de 2020, la directora general dictó una resolución por la que se modifica la Resolución de 3 de febrero de 2020 antes mencionada, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 52, de 4 de abril.
5. El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el cual se prorroga el estado de alarma, estableció que los términos y plazos administrativos interrumpidos y suspendidos se reanudaban el 1 de junio de 2020.
6. Por otro lado, ante la situación actual, se aprobó el Decreto Ley 7/2020, de 8 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes en el ámbito de la educación para hacer frente a los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, que ha establecido la obligación de relacionarse electrónicamente con la Consejería de Educación, Universidad e Investigación en relación con los procedimientos de selección y los sistemas y procedimientos de provisión de plazas de personal docente no universitario. Por ello, la Consejería de Educación, Universidad e Investigación debe facilitar los medios electrónicos para garantizar el cumplimiento de esta obligación.
7. Por todo lo anterior, resulta necesario dictar una resolución que reanude el plazo de presentación de solicitudes e indique las nuevas fechas; que indique, también, las nuevas fechas de inicio y finalización del proceso selectivo, y que ajuste la actuación de los aspirantes a la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración.
Además, se debe tener en cuenta que un aplazamiento de un año en la realización del proceso selectivo tiene que suponer una causa legítima para que los aspirantes desistan de su solicitud con derecho a la devolución de las tasas de participación abonadas.
Fundamentos de derecho
1. La disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE núm. 67, de 14 de marzo), suspendió los términos e interrumpió los plazos administrativos.
2. La Resolución de la directora general de Personal Docente de 30 de marzo de 2020 por la que se modifica la Resolución de 3 de febrero de 2020 por la que se convocan las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño y de maestros en las Illes Balears, publicada en Boletín Oficial de las Illes Balears de 25 de febrero de 2020 (BOIB núm. 52, de 4 de abril), suspende el plazo de presentación de solicitudes para participar en las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes, y determina que el cómputo de este plazo se reanudará en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y, en su caso, las prórrogas del mismo, previa resolución de la directora general de Personal Docente, que concretará los días en que se pueden volver a presentar solicitudes de participación, y también las fechas de inicio y de fin del proceso selectivo, así como todas aquellas fechas que sean necesarias.
3. El apartado 2 de la disposición derogatoria única del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE núm. 145, de 23 de mayo), estableció que el 1 de junio de 2020 se reanudarían los términos suspendidos y los plazos interrumpidos.
4. Por otro lado, el artículo 6.1. del Decreto Ley 7/2020, de 8 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes en el ámbito de la educación para hacer frente a los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOIB núm. 77, de 9 de mayo), establece, en cuanto a la obligación de relacionarse electrónicamente con la Consejería de Educación, Universidad e Investigación en relación con los procedimientos de selección y los sistemas y procedimientos de provisión de plazas de personal docente no universitario, que:
Las personas interesadas que participen en los procesos de selección de personal funcionario de carrera docente, de personal funcionario interino docente o de personal laboral docente están obligadas a participar en los procedimientos convocados o que se convoquen mediante los canales de acceso, los sistemas y las aplicaciones que en cada caso se determinen.
5. El artículo 2.6.b) del Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 106, de 2 de agosto), modificado por el Decreto 36/2019, de 20 de diciembre (BOIB núm. 171, de 21 de diciembre), atribuye a la Consejería de Educación, Universidad e Investigación, concretamente a la Dirección General de Personal Docente, competencias en materia de ordenación y gestión del personal docente.
6. El punto 1.1 de la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 16 de septiembre de 2019 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión del personal docente en la directora general de Personal Docente (BOIB núm. 129, de 21 de septiembre), delega en la directora general de Personal Docente, entre otras competencias administrativas en materia de gestión de personal docente, la facultad de convocar y resolver los procesos de selección derivados de la oferta pública para el ingreso y el acceso a la función pública docente, establecer las bases, nombrar los miembros de los órganos de selección y de valoración y establecer el procedimiento de la fase de prácticas.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Reanudar el plazo de presentación de solicitudes para participar en las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño y de maestros en las Illes Balears convocadas por la Resolución de la directora general de Personal Docente de 3 de febrero de 2020, el cual estaba previsto en las bases 3.10 y decimoquinta y quedó suspendido con la declaración del estado de alarma día 14 de marzo de 2020.
2. Informar a las personas interesadas que el plazo mencionado se reanudará, exclusivamente, los días 29 y 30 de junio de 2020.
3. Dejar sin efecto la base 3.1 del anexo 1 de la convocatoria de las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño y de maestros en las Illes Balears, en aquello relativo a la posibilidad de formalizar la solicitud de manera presencial, en las oficinas de registro oficiales. Consecuentemente, el abono de las tasas del derecho de participación en este procedimiento selectivo no se puede realizar de manera presencial.
4. Establecer, a consecuencia del punto anterior, que el único sistema de tramitación y presentación de las solicitudes es el telemático, mediante el trámite habilitado al efecto en la página web de la Dirección General de Personal Docente.
5. Informar a los aspirantes que realizaron el trámite y tienen una solicitud con un número de pre-registro que pueden optar entre:
a) Volver a realizar el trámite de forma íntegramente telemática. En este caso la nueva solicitud sustituirá a la anterior y se deben adjuntar, de manera telemática, o bien los justificantes de abono de las tasas del derecho de participación, o bien el documento acreditativo de la exención.
b)Presentar la solicitud y los documentos de abono o de exención de tasas en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentar estos documentos en cualquier de los registros oficiales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, deben solicitar cita previa.
Considerando lo anterior y ante una eventual saturación de las citas previas los días 29 y 30 de junio de 2020, se aconseja utilizar la opción a)
6. El proceso selectivo convocado por la Resolución de la directora general de Personal Docente de 3 de febrero de 2020 se iniciará a partir del 1 de junio de 2021 y finalizará, como máximo, el 31 de julio, salvo que la Dirección General de Personal Docente autorice de manera motivada otro plazo. Como consecuencia de estos nuevos plazos se determinarán y fijarán todas las fechas que se puedan ver afectadas mediante Resolución de la directora general de Personal Docente.
7. Establecer un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución para que los participantes que ya han tramitado su solicitud de participación puedan desistir de participar en el procedimiento selectivo y solicitar la devolución de la tasa abonada.
Para la realización de este desistimiento y, si procede, para tramitar la correspondiente devolución de la tasa abonada se habilitará un trámite telemático en la página web de la Dirección General de Personal Docente (http://dgpdocen.caib.es).
8. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Personal Docente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, 17 de junio de 2020
La directora general de Personal Docente Rafaela Sánchez Benítez