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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, CULTURA E IGUALDAD

Núm. 5116
Extracto de la Resolución de la consejera de Presidencia, Cultura e Igualdad por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para diseñar e implementar proyectos relacionados con la diversidad sexual y de género para erradicar la LGTBIfobia para 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Identificador BDNS: 510544

En conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones para diseñar e implementar proyectos relacionados con la diversidad sexual y de género para erradicar la LGTBIfobia para 2020.

El texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (<http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans>).

Primero

Entidades beneficiarias

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria las asociaciones, federaciones de asociaciones, fundaciones y cualquier otra persona jurídica privada sin ánimo de lucro legalmente constituidas y en activo, radicadas en las Illes Balears.

Así mismo, pueden concurrir a las subvenciones de forma conjunta por un mismo proyecto dos o más entidades siempre que especifiquen claramente cuáles serán las funciones de cada una y cumplan los requisitos anteriores.

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones las entidades que cumplan los requisitos del apartado 4.2 de la convocatoria.

Segundo

Objeto

El objeto de esta convocatoria es la realización de proyectos relacionados con la diversidad sexual y de género para erradicar la LGTBIfobia.

El objeto de las ayudas son las estrategias, los instrumentos y los materiales que faciliten la incorporación de medidas de responsabilidad social de las empresas en políticas LGTBI; las actividades formativas en diversidad sexual y de género dirigidas a profesionales de cualquiera de los ámbitos sensibles que establece la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBIfobia, y las acciones de investigación y los estudios relacionados con las causas, las características y las dificultades de identificación de los problemas y las consecuencias de la LGTBIfobia como una manifestación más de las violencias machistas, con las siguientes finalidades:

a. Desarrollar acciones de responsabilidad social en políticas LGTBI a efectos de evitar situaciones de rechazo y de discriminación de las personas por razón de su orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

b. Mejorar la capacitación profesional en materia de diversidad sexual y de género del personal que actúa en ámbitos sensibles a efectos de proporcionarle herramientas para mejorar el buen trato en la intervención que se ofrece desde la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a las personas LGTBIQ+.

c. Promover el conocimiento de las causas, las características y las dificultades de identificación de los problemas y las consecuencias de la LGTBIfobia, a efectos de disponer de datos sobre esta materia que ayuden a elaborar políticas públicas antidiscriminatorias en el ámbito LGTBI en todo el territorio de las Illes Balears.

 

Tercero

Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por la Orden de la consejera de Presidencia de 24 de agosto de 2018 (BOIB núm. 106, de 28 de agosto) por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de políticas públicas LGTBI.

 

Quart

Cuantía

El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de 75.000,00 € (setenta y cinco mil euros), con cargo a la partida presupuestaria 11301 316A01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2020.

La determinación del importe de la subvención se establece en el punto 12 de la convocatoria de acuerdo con los criterios previstos en el punto 11 que se detallan en el anexo 2 de la convocatoria.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes y la documentación adjunta es de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Los modelos para presentar la solicitud están disponibles en la sede electrónica del Gobierno de las Illes Balears (http://seuelectronica.caib.es) y en la página web de la Dirección General de Derechos y Diversidad (<http://dretsidiversitat.caib.es/>).

 

Palma, 12 de junio de 2020

La consejera de Presidencia, Cultura e Igualdad

Pilar Costa i Serra