Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES
Núm. 4999
Resolución del director del Instituto Balear de la Juventud de 10 de junio de 2020 por la que se aprueba la convocatoria de los certámenes y premios del Programa Cultural Arte Joven para el año 2020 y se establecen las bases generales y las específicas
Hechos
1. El Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) ejerce funciones relativas a la coordinación y el impulso de actividades en materia de juventud y a la promoción de acciones de dinamización juvenil, así como también del asociacionismo y de la participación de los jóvenes de las Islas Baleares en la vida social y cultural.
2. El Programa Cultural Arte Joven, promovido por el IBJOVE, tiene como objetivos básicos fomentar la participación libre y eficaz de los jóvenes de las Islas Baleares en el desarrollo de la cultura y potenciar su creatividad artística, lo cual se plasma cada año en la convocatoria de diferentes certámenes, premios y muestras en múltiples vertientes artísticas.
3. Las ayudas para la convocatoria de premios y certámenes del Programa Cultural Arte Joven, gestionada por el IBJOVE, están incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en conformidad con el artículo 6 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
4. En fecha 20 de mayo de 2020, de acuerdo con el informe justificativo previo de la responsable del área de Arte Joven del IBJOVE, el director de este organismo ordenó el inicio del procedimiento para convocar los certámenes y premios del Programa Cultural Arte Joven 2020, de conformidad con la Resolución del presidente del IBJOVE de 15 de febrero de 2018 por la cual se delegan determinadas competencias en el director del organismo.
Fundamentos de derecho
1. La promoción y la divulgación de la obra de artistas jóvenes es una de las competencias atribuidas expresamente al Instituto Balear de la Juventud, según establece el artículo 2.2 del Decreto 32/2006, de 31 de marzo, por el cual se regula el Instituto Balear de la Juventud. En concreto, la letra d) de este artículo le encomienda la realización de actividades de promoción cultural de la juventud y de promoción y divulgación de la obra de jóvenes artistas y creadores de las Islas Baleares.
2. El Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones cuyo establecimiento o gestión corresponden a la Administración de la Comunidad Autónoma o a las entidades públicas que dependen de ellas. Tiene la consideración de subvención cualquier disposición gratuita de fondos públicos y, en general, cualquier recurso público evaluable económicamente que lleve a cabo la Administración en favor de una persona física o jurídica, pública o privada, y que se destine a la realización de una actividad de utilidad pública o de interés social, o a la consecución de una finalidad pública.
3. La Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de 2003 (BOIB núm. 137, de 2 de octubre), modificada por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 19 de febrero de 2004 (BOIB núm. 29, de 28 de febrero) y por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 8 de marzo de 2005 (BOIB núm. 48, de 26 de marzo), establece las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y Deportes.
4. La Resolución del presidente del IBJOVE de 15 de febrero de 2018 por la cual se delegan determinadas competencias en el director del organismo (BOIB núm. 23, de 20 de febrero), en el apartado 1.b), dispone que se delegan todas las facultades en materia de subvenciones, incluidas las resoluciones de convocatoria.
5. La responsable del área de Arte Joven del IBJOVE ha emitido el informe justificativo correspondiente, el jefe del área Económica ha expedido el certificado de suficiencia de crédito pertinente y se ha emitido el informe jurídico favorable.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la convocatoria de los certámenes y premios del Programa Cultural Arte Joven para el año 2020, que se han de regir por las bases generales y las específicas que se publican como anexos 1 y 2, respectivamente.
2. Publicar esta Resolución en Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el director del Instituto Balear de la Juventud en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 10 de junio de 2020
El director del Instituto Balear de la Juventud
Sebastià Lliteras Lliteras
Por delegación del presidente del Instituto Balear de la Juventud (BOIB núm. 23, de 20/02/2018)
ANEXO 1 Bases generales del Programa Cultural Arte Joven 2020
1 Objeto de la convocatoria
1.1. El objeto de esta convocatoria son los certámenes del Programa Cultural Arte Joven 2020, el cual tiene la finalidad de fomentar la participación libre y eficaz de los jóvenes de las Islas Baleares en el desarrollo de la cultura y potenciar su creatividad artística
1.2. Los certámenes convocados para el año 2020 son los siguientes:
a) Certamen de Artes Visuales, dotado con 4.500,00 € (cuatro mil quinientos euros).
b) Certamen de Cortometrajes, dotado con 4.500,00 € (cuatro mil quinientos euros).
c) Certamen de Artes Escénicas, dotado con 4.500,00 € (cuatro mil quinientos euros).
d) Certamen de Música Joven Contemporánea, dotado con 4.500,00 € (cuatro mil quinientos euros).
e) Certamen de Música para Jóvenes Intérpretes, dotado con 4.500,00 € (cuatro mil quinientos euros)
f) Certamen de Literatura, dotado con 4.500,00 € (cuatro mil quinientos euros).
1.3. Las condiciones específicas, el plazo de presentación de los trabajos y las normas concretas del desarrollo de cada certamen se determinan en el anexo 2 (bases específicas).
2. Importe y crédito presupuestario
Se destina a esta convocatoria la cantidad máxima de 27.000,00 € (veintisiete mil euros), con cargo a los presupuestos del Instituto Balear de la Juventud para el año 2020.
3. Participantes
3.1. El Programa Cultural Arte Joven se dirige a jóvenes nacidos o residentes en las Illes Balears que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2020.
3.2. Se permite la inscripción de grupos en todos los certámenes.
3.3. En la inscripción de grupos, se considera representante del grupo el componente del grupo que formalice el boletín de solicitud de inscripción, y forman el resto del grupo los miembros que consten en él. Los concursantes no pueden participar en ningún certamen como parte de dos grupos a la vez o como parte de un grupo e individualmente.
3.4. Si resultan ganadores jóvenes de 16 o 17 años, tienen que cobrar el premio las personas que les representan legalmente, en el supuesto de que no estén emancipados.
4. Obligaciones de las personas beneficiarias
4.1. Las personas beneficiarias tienen que cumplir las obligaciones que establece el artículo 11 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, y el artículo 10 de la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de 2003 por la que se establece las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y Deportes (BOIB núm. 137, de 2 de octubre), modificada por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 19 de febrero de 2004 (BOIB núm. 29, de 28 de febrero) y por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 8 de marzo de 2005 (BOIB núm. 48, de 26 de marzo).
4.2. Antes de que se formule la propuesta de resolución de concesión de la subvención, las personas beneficiarias tienen que estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social con la Administración del Estado y de las obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. La presentación de la solicitud implica que la persona solicitante autoriza el órgano convocante a obtener directamente los certificados que acreditan que está al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social. Sin embargo, la persona solicitante puede denegar expresamente esta autorización si aporta un documento de denegación y los certificados mencionados.
5. Presentación de solicitudes: requisitos, plazos y documentación
5.1. Las personas interesadas que cumplan los requisitos generales que determina la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de 2003 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y Deportes (BOIB núm. 137, de 2 de octubre), modificada por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 19 de febrero de 2004 (BOIB núm. 29, de 28 de febrero) y por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 8 de marzo de 2005 (BOIB núm. 48, de 26 de marzo), así como los requisitos específicos de este anexo, pueden presentar las solicitudes de acuerdo con el que dispone este apartado.
5.2. El plazo para presentar las solicitudes y el resto de documentos que se mencionan en esta convocatoria es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24.00h del 30 de septiembre de 2020.
5.3. Las bases, el formulario de inscripción y el resto de documentos que se mencionan en esta convocatoria están a disposición de las personas interesadas en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (http://caib.es/seucaib), así como en la web del IBJOVE (http://ibjove.caib.es).
5.4. Los participantes pueden hacer llegar la documentación siguiente por correo electrónico a artjove2020@gmail.com, o por correo postal o presencialmente en la sede del Programa Cultural Arte Joven (Velódromo Illes Balears, C/ de l'Uruguai, s/n, 07010 Palma):
a. El formulario debidamente cumplimentado.
b. En caso de no haber nacido en las Illes Balears y de no ser residente en Palma, una fotografía o una fotocopia del certificado de empadronamiento a alguna población de las Illes Balears.
c. La documentación específica para cada certamen.
5.5. El Área de Arte Joven del IBJOVE puede solicitar, además, toda la documentación complementaria que considere necesaria para evaluar correctamente la solicitud.
5.6. Si la solicitud no cumple los requisitos exigidos o bien la información o la documentación aportadas son incorrectas o incompletas, el IBJOVE requerirá a la persona interesada que, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación por correo electrónico, enmiende la falta o presente los documentos preceptivos, de acuerdo con el que dispone el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Si en este plazo la persona interesada no hace las enmiendas correspondientes, se entenderá que desiste de su solicitud.
6. Instrucción del procedimiento
El órgano instructor es la responsable del área de Arte Joven del IBJOVE, la cual tiene que llevar a cabo las actuaciones a que se refieren el artículo 16 y los siguientes del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones. En concreto, tiene que hacer de oficio todas las actuaciones que considere necesarias para el desarrollo de los certámenes y premios.
7.Jurados
7.1 El jurado es el órgano colegiado al cual corresponde seleccionar las obras y los participantes finalistas y ganadores, así como también emitir el informe que tiene que servir de base al órgano instructor para elaborar la propuesta de resolución correspondiente.
7.2 El director del IBJOVE tiene que nombrar a los miembros de cada jurado mediante una resolución.
7.3 El jurado de cada uno de los certámenes está formato por los componentes que se indican a continuación. La composición de cada jurado se detalla en las bases específicas correspondientes:
- Presidente o presidenta (con voto dirimente en caso de empate): la persona que elija el IBJOVE siguiendo el criterio de profesionalidad o prestigio reconocidos en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente.
- Vocales: un mínimo de tres personas seleccionadas por el IBJOVE de acuerdo con el criterio de profesionalidad o prestigio reconocidos en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente.
- Secretaria (con voz y voto): la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven del IBJOVE.
7.4 Se considera que hay quorum suficiente cuando en las reuniones del jurado están presentes el presidente o presidenta y la secretaria o, si procede, las personas que los sustituyan, y la mitad de sus miembros, como mínimo. En caso de vacante, ausencia o enfermedad del presidente o presidenta, lo tiene que sustituir la persona del jurado de más edad, pero en este caso es necesaria la presencia de un vocal más porque haya el quorum suficiente. En caso de vacante, ausencia o enfermedad de la secretaria, la debe sustituir un técnico del área de Arte Joven o la persona en quien delegue la responsabilidad.
7.5 El veredicto del jurado es inapelable. Las decisiones se tienen que tomar por mayoría simple; no hace falta, pues, unanimidad, a la hora de escoger a los semifinalistes o finalistes de cualquier certamen.
7.6 En los certámenes en que las bases específicas establecen una duración de la interpretación, se tiene que entender como aproximada. El jurado es el que tiene que determinar si la carencia o el exceso en el tiempo utilizado por los participantes se puede penalizar, siempre dentro de las circunstancias generales de la prueba.
8. Resolución y notificación
8.1 El órgano competente para resolver la concesión de los premios es el director del IBJOVE.
8.2 La concesión de los premios del Programa Cultural Arte Joven se tiene que resolver antes del 31 de diciembre de 2020. Este plazo puede ser modificado en el supuesto de que haya impedimentos debidamente justificados que no permitan cumplirlo.
8.3. La resolución de concesión del director tiene que ser motivada y tiene que fijar, con carácter definitivo, la cuantía individual de los premios concedidos. La resolución se notificará a las personas interesadas mediante la publicación al lugar web http://ibjove.caib.es.
8.4 Presentarse a un certamen o modalidad implica aceptar el premio que eventualmente puede corresponder, salvo que se manifieste expresamente el contrario.
9. Pago y justificación
9.1 Como justificación para el pago de los premios es suficiente acreditar los requisitos que establece la convocatoria.
9.2 De acuerdo con el punto 9.1 de esta convocatoria, a todos los efectos, los premios se pagarán íntegramente a los beneficiarios, mediante una transferencia o un talón bancario, una vez resuelta y notificada la concesión y completada correctamente la documentación exigida en el punto 5.4 de las bases generales.
10. Otras determinaciones
10.1 Los premios que establece esta convocatoria tienen la consideración de rentas imputables a efectos del que establece la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
10.2 El hecho de presentarse a cualquier certamen supone implícitamente que los autores autorizan el IBJOVE a reproducir y publicar su imagen y el contenido de las obras inscritas mediante cualquier recurso que considere oportuno.
10.3 Los finalistas de todos los certámenes convocados recibirán un diploma el día del acto de clausura y de entrega de los premios Arte Joven 2020.
10.4 El director del IBJOVE, a propuesta de la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven, puede introducir las modificaciones que considere convenientes en el desarrollo de los certámenes porque funcionen correctamente y tiene que resolver todas las cuestiones que puedan surgir en cuanto a la interpretación de las bases. Así mismo, puede anular o incorporar fases de selección previas cuando el número de participantes lo aconseje.
10.5 Una vez finalizado el plazo de inscripción, se considerará que la participación a un certamen o modalidad no es suficiente si es inferior a tres inscripciones. En el supuesto de que la participación sea insuficiente o, simplemente, escasa (inferior a cinco inscripciones), y antes de declarar el certamen o modalidad desierto, el director del IBJOVE, a propuesta de la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven, puede abrir un nuevo plazo de inscripción, siempre con la publicación previa en Boletín Oficial de las Illes Balears , conservando las solicitudes ya presentadas. Este nuevo plazo no perjudicará en ningún caso los participantes presentados en el plazo establecido inicialmente, dado que dispondrán de un tiempo adicional para mejorar y profundizar sus propuestas, o para presentar una de nueva, si lo consideran adecuada. En cualquier caso, si una vez finalizado el nuevo plazo de inscripción la participación es inferior a tres inscripciones, el certamen o modalidad se declarará automáticamente desierto.
10.6 Cuando el participante resida en las Illes Balears y cualquier acontecimiento programado por el Arte Joven tenga lugar fuera de la isla de residencia, el IBJOVE se hará cargo de su desplazamiento y del alojamiento y del transporte de su obra o del material necesario para actuar o exponerla. En ningún caso, se cubrirán los desplazamientos dentro de la isla.
10.7 Cuando el participante resida fuera de las Illes Balears, tendrá cubierto el desplazamiento y el alojamiento para asistir a cualquier acontecimiento programado por el Arte Joven.
10.8 Con respecto a la manutención, el participante cobrará media dieta (veinticinco euros) cuando tenga que sufragarse una comida (comer o cenar) y una dieta completa (cincuenta euros) si tiene que pagarse dos comidas (comer y cenar) cuando el acontecimiento programado sea fuera de su isla de residencia.
10.9 La participación en cualquier de los certámenes o modalidades que establece esta convocatoria implica la aceptación estricta de todas las bases (generales y específicas), de manera que se excluirán las inscripciones que no cumplan las condiciones en la forma establecida.
10.10 Durante los años 2020 y 2021, el IBJOVE puede editar catálogos, vídeos, DVD y publicaciones en que se recojan las obras y las interpretaciones ganadoras y finalistas de los diferentes certámenes que son objeto de esta convocatoria.
10.11 El IBJOVE no se hace responsable de las opiniones ni de los contenidos incluidos en las obras y las actuaciones admitidas a concurso, ni se identifica con ellas necesariamente. En cualquier caso, no se admitirán a concurso obras o interpretaciones que hagan apología explícita y claramente intencionada de la vulneración de los derechos humanos. Si se produce este supuesto, el director del IBJOVE, a propuesta unánime del jurado correspondiente, resolverá excluirlas del certamen.
10.12 El calendario de las actividades derivadas de esta convocatoria puede ser modificado por falta de disponibilidad de espacio o de profesionales, o por otras razones debidamente justificadas.
11. Propiedad de las obras
Los participantes tienen que retirar las obras, los dossieres, las maquetas, los prototipos y, en general, cualquier documentación que hayan aportado en el plazo de 25 días naturales a partir del momento en que se haga público el nombre de los semifinalistas y de los finalistas y, en cualquier caso, antes de las 14.00 horas del 28 de diciembre de 2020. A partir de este momento, el material entregado quedará a disposición del IBJOVE, el cual, incluso, podrá destruirlo, y el participante perderá su derecho a reclamarlo.
12. Tratamiento de datos de carácter personal
12.1 Los datos de los participantes serán tratados por el IBJOVE para gestionar la participación en estos certámenes, de acuerdo con el que dispone la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
12.2 Igualmente, los datos personales de los participantes solo se comunicarán a terceros cuando sea necesario por imperativo legal o con su consentimiento previo. En este sentido, en caso de tener que gestionar desplazamientos o alojamientos, los datos necesarios para esta finalidad serán comunicadas a las agencias de viajes minoristas encargadas de las tramitaciones de los billetes y de las reservas, así como a las empresas los servicios de las cuales se incluyen en estos viajes y reservas, como por ejemplo empresas de transporte u hoteles. Por otro lado, salvo que la persona afectada indique su voluntad contraria, los datos de los participantes pueden ser comunicadas a los organismos o entidades patrocinadores del certamen.
12.3 Cualquier persona interesada puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición enviando un escrito y una copia de su DNI al IBJOVE (calle de la Uruguay, s/n, Velódromo Illes Balears, 07010 Palma).
12.4 La persona que rellene el boletín de solicitud de inscripción, en el supuesto de que incluya datos de terceros, se compromete a pedir el consentimiento de las personas interesadas respecto a los aspectos mencionados y a informarlas con carácter previo.
13. Revocación
13.1 De acuerdo con el que dispone el artículo 43 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, corresponde revocar la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión, la persona beneficiaria incumpla total o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los cuales está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención.
13.2 Como consecuencia de la revocación, queda sin efecto el acto de concesión del premio y se tienen que reintegrar las cantidades percibidas indebidamente.
14. Reintegro de las ayudas concedidas
14.1 Corresponde reintegrar totalmente o parcialmente las cantidades recibidas y exigir el interés de demora desde el momento del pago del premio hasta la fecha de la resolución por la cual se aprueba el reintegro en los casos que prevé el artículo 44 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
14.2 Las cantidades reintegrables tienen la consideración de ingresos de derecho público y pueden ser exigidas por la vía de apremio.
14.3 Si todavía no se ha abonado el importe del premio, el incumplimiento de las obligaciones supone perder su derecho de cobrarlo, previa audiencia de la persona interesada.
14.4 El ganador perderá su derecho de reclamar el pago del premio si no entrega toda la documentación requerida o si, por cualquier otra circunstancia que se le pueda imputar, no es posible tramitar este pago dentro del plazo notificado por el IBJOVE.
15. Régimen de infracciones y sanciones
Si se incumplen los requisitos que establece esta convocatoria, se aplicará el régimen de infracciones y sanciones que regula el título V del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
16. Normativa aplicable
Esta convocatoria se rige por el que disponen estas bases; la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de 2003 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y Deportes (BOIB núm. 137, de 2 de octubre), modificada por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 19 de febrero de 2004 (BOIB núm. 29, de 28 de febrero) y por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 8 de marzo de 2005 (BOIB núm. 48, de 26 de marzo); el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, y el resto de normativa aplicable.
ANEXO 2 Bases específicas del Programa Cultural Arte Joven 2020
CERTAMEN DE ARTES VISUALES
1. Convocatoria
El Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) convoca este certamen dirigido a jóvenes artistas las obras de los cuales se puedan incluir en la categoría de artes visuales: fotografía, pintura, escultura, instalación, vídeo-arte, performance...
2. Participantes
Pueden participar en este certamen jóvenes nacidos o residentes en las Illes Balears que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2020.
3. Premios
Se establece una dotación total de 4.500,00 € (cuatro mil quinientos euros), que se tiene que repartir de la manera siguiente:
- Se establece una ayuda de 2.000,00 € (dos mil euros) en metálico, que se repartirá a partes iguales entre todos los semifinalistas (hasta un máximo de diez).
- Se establece una ayuda de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros) en metálico, que se repartirá a partes iguales entre todos los finalistas (hasta un máximo de cinco).
El jurado puede proponer que los premios sean declarados desiertos. Todos los finalistas recibirán un diploma.
4. Jurado
El jurado deber formarse teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1). De conformidad con el punto 7.3, los miembros del jurado deben ser designados entre los colectivos siguientes: artistas visuales de reconocido prestigio local o nacional, un representante de la Asociación de Artistas Visuales de las Illes Balears, críticos o periodistas de diferentes medios de comunicación con difusión suficiente en las Illes Balears o el resto del Estado español, directores de galerías, museos o salas de exposiciones y programadores de festivales de artes plásticas de las Illes Balears. Actuará como secretaria, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.
5. Plazo de inscripción y presentación de la documentación
El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación establecida en el punto 5.4 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24.00h del 30 de septiembre de 2020.
Además de esta documentación, cada participante tiene que presentar un archivo en formato digital con las obras que quiera presentar, mediante un enlace de Drive o el envío de un archivo JPEG, a la dirección electrónica artjove2020@gmail.com.
6. Condiciones técnicas
El archivo ha de ser anónimo y debe contener un mínimo de 3 obras de cualquier modalidad artística que se pueda incluir en la categoría de artes visuales. Tanto la técnica como el formato y el soporte de las obras son libres, a pesar de que se valorarán especialmente las propuestas que hagan referencia, aunque sea conceptualmente, a la situación excepcional que ha vivido nuestra sociedad por la pandemia del COVID-19..
7. Selección y desarrollo
En función de las propuestas presentadas y a partir de criterios de calidad y creatividad, el jurado seleccionará un máximo de diez obras (una por artista), las cuales pasarán a la semifinal.
La semifinal tendrá lugar en Palma, en un museo o centro cultural de prestigio reconocido. Los artistas finalistas deberán entregar su obra en la fecha que oportunamente les indique el área de Arte Joven. El Programa Cultural Arte Joven se hará cargo de los gastos del montaje de la exposición. Además, se establece una dotación de 2.000,00 € (dos mil euros) que se repartirá a partes iguales entre los artistas semifinalistas, una vez hayan entregado su obra.
El jurado, tras ver las diez propuestas presentadas, elegirá las obres finalistas (hasta un máximo de cinco ) y hará pública su decisión el día de la inauguración la exposición.
En el supuesto de que se volviese a proclamar el estado de alarma y no se pudiera celebrar la semifinal, el jurado elegiría sobre dossier las cinco propuestas finalistas. Igualmente, los semifinalistas cobrarían la ayuda, aunque la fase semifinal no se hiciera presencialmente.
La final tendrá lugar en Palma, en el mes de diciembre, durante la fiesta de clausura y entrega de premios del Programa Cultural Arte Joven. Los cinco artistas finalistas deberán llevar su propuesta en las fecha y al lugar que oportunamente les indique el Área de Arte Joven. Se establece una dotación de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros) en concepto de ayuda para los artistas finalistas.
En el supuesto de que se volviese a proclamar el estado de alarma y no se pudiera celebrar la fiesta de clausura, los finalistas cobrarían la ayuda igualmente.
En la exposición participarán, además, dos artistas invitados: el seleccionado francés y el seleccionado catalán del certamen Art Pertot. Sus obras no entran a concurso, pero estarán expuestas junto con todas las finalistas del Programa Cultural Arte Joven 2020.
8. Otras determinaciones
Los participantes finalistas y semifinalistas tendrán que recoger personalmente las obras o autorizar alguien para que las recoja. En caso de que no lo hagan, las obras quedarán en depósito en el almacén del Velódromo de las Illes Balears durante quince días. A partir de aquel momento, el participante que no haya recogido su obra perderá su derecho a reclamarla.
CERTAMEN DE CORTOMETRAJES
1. Convocatoria y tema
El Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) convoca el Certamen de Cortometrajes, en el cual se pueden presentar cortometrajes incluidos en las categorías de animación, documental y ficción y propuestas de video-art.
El tema de la propuesta presentada tiene que estar relacionado con alguno de los conceptos siguientes:
#pandemia
#confinamiento
#estadodealarma
#covid19
#desconfinamiento
2. Participantes
Los participantes se pueden presentar a este certamen de manera conjunta (formando equipo el guionista y el director del cortometraje) o bien individualmente. En cualquier caso, todos los participantes tienen que tener entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2020 y tienen que haber nacido o tienen que residir en las Illes Balears.
3. Premios
Se establece una dotación total de 4.500,00 € (cuatro mil quinientos euros), que se tiene que repartir de la manera siguiente:
· Se establece una ayuda de 2.000,00 € (dos mil euros) en metálico, que se repartirá a partes iguales entre todos los semifinalistas (hasta un máximo de diez).
· Se establece una ayuda de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros) en metálico, que se repartirá a partes iguales entre todos los finalistas (hasta un máximo de cinco).
El jurado puede proponer que los premios sean declarados desiertos. Todos los finalistas recibirán un diploma.
4. Jurado
El jurado se tiene que formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1). En conformidad con el punto 7.3, los miembros del jurado tienen que ser designados entre los miembros de la Asociación de Cineastas de las Illes Balears (ACIB), los miembros de la Asociación de Productores Audiovisuales de las Illes Balears (APAIB), los miembros de CIMA. Actuará como secretaria, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.
5. Plazo de inscripción y presentación de la documentación
El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación establecida en el punto 5.4 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24.00h del 30 de septiembre de 2020.
Además de esta documentación, cada participante tiene que enviar a la dirección electrónica artjove2020@gmail.com su trabajo, a través de un enlace (Vimeo, YouTube o Drive) que permita la reproducción en streaming del vídeo. El enlace tiene que permanecer activo durante tres meses.
6. Condiciones técnicas
Los cortometrajes tienen que ser posteriores al 31 de diciembre de 2019 y la duración no puede ser superior a 10 minutos ni inferior a 3 (con los títulos de crédito incluidos). En el momento de la presentación, el corto tiene que estar acabado y preparado para ser exhibido; en caso contrario, la organización lo puede excluir del certamen.
En el supuesto de que el cortometraje sea seleccionado para pasar a la final, el participante tiene que entregar al área de Arte Joven, en las fechas indicadas oportunamente, el trabajo en formato códec H.264, con extensión MOV o MP4 y en alta definición.
Se puede utilizar el sistema tecnológico que mejor se ajuste a la realidad social actual. Se anima a los participantes a emplear los sistemas de filmaci´ón más diversos, desde la cámara más sofisticada, hasta el teléfono inteligente, pasando por la cámara web.
Cada participante solo puede presentar una obra; por lo tanto, no se pueden presentar individualmente y en grupo ni formar parte de dos grupos a la vez.
No se puede presentar ningún trabajo que se haya presentado en ediciones anteriores del Programa Cultural Arte en el momento en que se inscribe la obra a concurso.
Los participantes se responsabilizan que no haya derechos de terceros por el uso de las piezas musicales utilizadas en las obras presentadas ni ninguna reclamación por derechos de imagen de las personas que aparecen, y eximen al IBJOVE de cualquier tipo de responsabilidad.
7. Selección y desarrollo
Una representación del jurado visionará a puerta cerrada todos los trabajos presentados y, a partir de los criterios de calidad técnica y artística, seleccionará un máximo de diez .
A partir de esta selección, se celebrará la fase semifinal, en las fechas y a los lugares que oportunamente dará a conocer el área de Arte Joven. Este acto será abierto al público, y ha de asistir, como mínimo, el 50 % del jurado. Se establece una dotación de 2.000,00 € (dos mil euros) que se repartirá a partes iguales entre los artistas semifinalistas, una vez hayan entregado su obra.
El jurado, una vez vistas las diez propuestas presentadas, elegirá los cortos finalistas (hasta un máximo de cinco ) y hará pública la decisión el mismo día de la semifinal.
En el supuesto de que se volviese a proclamar el estado de alarma y no se pudiera hacer la semifinal, el jurado elegiría directamente las cinco propuestas finalistas. Igualmente, los semifinalistas cobrarían la ayuda, aunque la fase semifinal no se hiciera presencialmente.
La final tendrá lugar en Palma, en el mes de diciembre, durante la fiesta de clausura y entrega de premios del Programa Cultural Arte Joven. Los cinco cortos finalistas serán exhibidos durante esta fiesta. Se establece una dotación de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros) en concepto de ayuda para los artistas finalistas.
En el supuesto de que se volviese a proclamar el estado de alarma y no se pudiera celebrar la fiesta de clausura, los finalistas cobrarían la ayuda igualmente.
CERTAMEN DE ARTES ESCÉNICAS
1. Convocatoria y tema.
El Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) convoca este certamen dirigido a jóvenes artistas de las Illes Balears. Se admite cualquier género y técnica de la categoría de artes escénicas (incluidos el mimo, el teatro de objetos, la danza teatro y el teatro gestual).
El tema de la propuesta presentada tiene que estar relacionado con alguno de los conceptos siguientes:
#pandemia
#confinamiento
#estadodealarma
#covid19
#desconfinamiento
2. Participantes
Pueden concursar en este certamen jóvenes en solitario o formando compañía. Pueden presentarse formando compañía el dramaturgo, el director, el coreógrafo, los actores, los bailarines, el técnico de sonido y luz y los músicos acompañantes. En cualquier caso, todos los participantes tienen que tener entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2020 y tienen que haber nacido o tienen que residir en las Illes Balears.
3. Premios
Se establece una dotación total de 4.500,00 € (cuatro mil quinientos euros), que se tiene que repartir de la manera siguiente:
- Se establece una ayuda de 2.000,00 € (dos mil euros) en metálico, que se repartirá a partes iguales entre todos los semifinalistas (hasta un máximo de diez).
- Se establece una ayuda de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros) en metálico, que se repartirá a partes iguales entre todos los finalistas (hasta un máximo de cinco).
El jurado puede proponer que los premios sean declarados desiertos. Todos los finalistas recibirán un diploma.
4. Jurado
El jurado se tiene que formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1). El punto 7.3 indica que los vocales tienen que ser designados entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. En cuanto al Certamen de Artes Escénicas, se tienen que elegir entre representantes de la AAAPIB (Asociación de Actores y Actrices Profesionales de las Illes Balears), representantes de IllaEscena, coreógrafos, directores de teatro y críticos teatrales de mediados de comunicación con difusión suficiente en las Illes Balears. Actuará como secretaria, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.
5. Plazo de inscripción y presentación de la documentación
El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación establecida en el punto 5.4 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24.00h del 30 de septiembre de 2020.
Además de esta documentación, los participantes tienen que enviar a la dirección electrónica artjove2020@gmail.com un archivo con una descripción del espectáculo que presentan a concurso, en que indiquen el título del texto, el autor, el género, la duración, la ficha artística, una breve sinopsis y una lista de necesidades técnicas, así como un archivo con la grabación de un fragmento de la propuesta que dure entre 3 y 5 minutos.
6. Condiciones técnicas
Los textos, dramaturgias o coreografías presentados pueden ser inéditos o versiones dramatizadas de textos o coreografías ya escritos o representados, y tienen que ser en lengua catalana o en lengua castellana. El jurado puede valorar positivamente los textos, dramaturgias o coreografías que sean originales o de autores de las Illes Balears. La representación de la pieza completa tiene que durar como máximo 10 minutos y como mínimo 5.
Cada persona inscrita solo puede participar en una propuesta y tiene que aportar su propio vestuario y escenografía y se tiene que hacer cargo del traslado de este material.
7. Selección y desarrollo
A partir de las grabaciones presentadas, el jurado elegirá un máximo de diez propuestas semifinalistas. El área de Arte Joven tiene que informar oportunamente los inscritos al certamen de las fechas y los espacios donde tendrá lugar la semifinal..
En la fase semifinal todos los participantes o grupos de participantes tienen que representar, en un espacio teatral abierto al público, su propuesta íntegra, que tiene que durar entre 5 y 10 minutos. Se establece una dotación de 2.000,00 € (dos mil euros) que se repartirá a partes iguales entre los semifinalistas.
El público asistente elegirá las cinco propuestas que más le gusten. El resultado de la votación del público será considerado como un voto más del jurado y, por lo tanto, será vinculante. Seguidamente, el jurado se retirará a deliberar y elegirá las cinco propuestas finalistas, teniendo en cuenta el voto del público, a partir de los criterios de creatividad y calidad artística, originalidad e innovación de la propuesta, y dimensión interpretativa (puesta en escena, transmisión y personalidad).
En el supuesto de que se volviese a proclamar el estado de alarma y no se pudiera fer la semifinal, los participantes tendrían que enviar una grabación de su pieza íntegra a la dirección electrónica artjove2020@gmail.com. El jurado elegiría telemáticamente las cinco propuestas finalistas. Igualmente, los semifinalistas cobrarían el ayuda, aunque la fase semifinal no se celebrase presencialmente.
La final tendrá lugar en Palma, al mes de diciembre, durante la fiesta de clausura y entrega de premios del Programa Cultural Arte Joven. Durante esta fiesta se representarán, las cinco propuestas finalistas varias veces. Se establece una dotación de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros) en concepto de ayuda para los artistas finalistas.
En el supuesto de que se volviese a proclamar el estado de alarma y no se pudiera fer la fiesta de conclusión, los finalistas cobrarían el ayuda igualmente.
CERTAMEN DE MÚSICA JOVEN CONTEMPORÁNEA
1. Convocatoria
El Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) convoca este certamen para músicos en solitario o grupos de jóvenes la música de los cuales se pueda incluir en cualquier género o estilo musical: música clásica, blues, jazz, soul, rock-and-roll, reggae, ska, funk, disco, rap, pop, flamenco, salsa, música electrónica, música del mundo...
En cualquier caso, les canciones presentadas tienen que ser de creación propia o versiones o remix de otros autores.
2. Participantes
Pueden concursar en este certamen jóvenes músicos en solitario o grupos de jóvenes, todos nacidos o residentes en las Illes Balears. En cualquier caso, todos los participantes tienen que tener entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2020.
3. Premios
Se establece una dotación total de 4.500,00 € (cuatro mil quinientos euros), que se tiene que repartir de la manera siguiente:
- Se establece una ayuda de 2.000,00 € (dos mil euros) en metálico, que se repartirá a partes iguales entre todos los semifinalistas (hasta un máximo de diez).
- Se establece una ayuda de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros) en metálico, que se repartirá a partes iguales entre todos los finalistas (hasta un máximo de cinco).
El jurado puede proponer que los premios sean declarados desiertos. Todos los finalistas recibirán un diploma.
4. Jurado
El jurado se tiene que formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1). En conformidad con el punto 7.3, los miembros del jurado tienen que ser designados entre los colectivos siguientes: músicos de prestigio reconocido en las Illes Balears, críticos musicales de diferentes medios de comunicación con difusión suficiente en las Illes Balears o al resto del Estado español y directores o productores de sellos discográficos y programadores de festivales. Actuará como secretaria, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.
5. Plazo de inscripción y presentación de la documentación
El plazo para formalizar la inscripción y presentar toda la documentación es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24.00h del 30 de septiembre de 2020.
Además de la documentación requerida en el punto 5.4 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1), cada participante o grupo de participantes tiene que enviar a la dirección electrónica artjove2020@gmail.com un enlace con uno o dos temas, ya sea a través de un servicio de reproducción en streaming (Bandcamp, SoundCloud, Spotify, etc.) o mediante la descarga de las canciones en formato Mp3 (Dropbox, WeTransfer, Drive, etc.). La durada de la maqueta tiene que ser de entre 3 y 6 minutos de música.
6. Condiciones técnicas
Los temas presentados tienen que ser, obligatoriamente, interpretados por el músico o grupo de músicos inscrito.
Cada persona inscrita solo puede participar en una propuesta y tiene que aportar sus instrumentos, y se tiene que hacer cargo del traslado de este material.
7. Selección y desarrollo
A partir de las grabaciones presentadas, el jurado elegirá un máximo de diez propuestas semifinalistas. El área de Arte Joven tiene que informar oportunamente a los participantes del certamen de las fechas y los espacios donde tendrá lugar la semifinal.
En la fase semifinal todos los participantes o grupos de participantes tienen que presentar, en un espacio abierto al público, su propuesta íntegra, que debe durar entre 5 y 10 minutos. Se establece una dotación de 2.000,00 € (dos mil euros) que se repartirá a partes iguales entre los semifinalistas.
A partir de esta actuación, el jurado elegirá los cinco intérpretes o grupos finalistas, basándose en criterios de creatividad y calidad artística, originalidad e innovación de la propuesta, y dimensión interpretativa (puesta en escena, transmisión y personalidad).
En el supuesto de que se volviese a proclamar el estado de alarma y no se pudiera celebrar la semifinal, los participantes tendrían que enviar uno grabación del grupo o intérprete interpretando su propuesta y enviarla a la dirección electrónica artjove2020@gmail.com. El jurado elegiría telemáticamente las cinco propuestas finalistas. Igualmente, los semifinalistas cobrarían la ayuda, aunque la fase semifinal no se celebrara presencialmente.
La final tendrá lugar en Palma, al mes de diciembre, durante la fiesta de clausura y entrega de premios del Programa Cultural Arte Joven. En esta fiesta los cinco grupos o intérpretes finalistas actuarán en directo durante un mínimo de media hora. Se establece una dotación de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros) en concepto de ayuda para los artistas finalistas.
En el supuesto de que se volviese a proclamar el estado de alarma y no se pudiera celebrar la fiesta de clausura, los finalistas cobrarían la ayuda igualmente.
CERTAMEN DE MÚSICA PARA JÓVENES INTÉRPRETES
1. Convocatoria
El Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) convoca este certamen dirigido a jóvenes intérpretes de música clásica.
2. Participantes
Se pueden presentar a esta convocatoria jóvenes o grupos de jóvenes nacidos o residentes en las Illes Balears que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2020.
3. Premios
Se establece una dotación total de 4.500,00 € (cuatro mil quinientos euros), que se tiene que repartir de la manera siguiente:
- Se establece una ayuda de 2.000,00 € (dos mil euros) en metálico, que se repartirá a partes iguales entre todos los semifinalistas (hasta un máximo de diez).
- Se establece una ayuda de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros) en metálico, que se repartirá a partes iguales entre todos los finalistas (hasta un máximo de cinco).
El jurado puede proponer que los premios sean declarados desiertos. Todos los finalistas recibirán un diploma.
4. Jurado
El jurado se tiene que formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1). El punto 7.3 indica que los vocales tienen que ser designados entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. En cuanto al Certamen de Música para Jóvenes Intérpretes, tienen que ser designados por los directores de los conservatorios profesionales de las Illes Balears y por el director del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears, o las personas en que deleguen, entre los coordinadores de festivales de música clásica de prestigio reconocido en las Illes Balears y músicos o compositores de las Illes Balears. Actuará como secretaria, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.
5. Plazo de inscripción y presentación de la documentación
El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación establecida en el punto 5.4 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24.00h del 30 de septiembre de 2020.
Además de esta documentación, cada participante o grupo de participantes tiene que enviar a la dirección electrónica artjove2020@gmail.com un archivo con la actuación del intérprete o del grupo grabada, que debe durar entre 3 y 6 minutos.
6. Condiciones técnicas
Si el concursante se presenta en solitario, el repertorio que proponga tiene que ser original para el instrumento con que se presenta. Solo se admiten las transcripciones y las reducciones para el instrumento acompañante.
En el caso de los grupos, las interpretaciones deben de pertenecer obligatoriamente al repertorio de música clásica para grupos de cámara. Quedan excluidas formalmente las transcripciones no consolidadas y las reducciones orquestales para piano.
Una misma persona solo puede interpretar una propuesta, por tanto, no puede participar en dos grupos de cámara diferentes o en un grupo de cámara y en solitario.
7. Selección y desarrollo
A partir de las grabaciones presentadas, el jurado elegirá un máximo de diez propuestas semifinalistas. El Área de Arte Joven tiene que informar oportunamente a los inscritos del certamen de las fechas y los espacios donde tendrá lugar la semifinal.
En la fase semifinal todos los participantes o grupos de participantes tienen que representar, en un espacio abierto al público, su propuesta entera, que debe durar entre 5 y 10 minutos. A partir de esta actuación, el jurado elegirá los cinco intérpretes o grupos finalistas, a partir de criterios como la dificultad del repertorio seleccionado y la calidad de la interpretación.
En el supuesto de que se volviese a proclamar el estado de alarma y no se pudiera hacer la semifinal, los participantes tendrían que enviar una grabación del grupo o intérprete tocando su propuesta y enviarla a la dirección electrónica artjove2020@gmail.com. El jurado elegiría telemáticamente las cinco propuestas finalistas. Igualmente, los semifinalistas cobrarían el ayuda, aunque la fase semifinal no se hiciera presencialmente.
La final tendrá lugar en Palma, en el mes de diciembre, durante la fiesta de clausura y entrega de premios del Programa Cultural Arte Joven. En esta fiesta los cinco grupos o intérpretes finalistas actuarán en directo durante un mínimo de media hora. Se establece una dotación de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros) en concepto de ayuda para los artistas finalistas.
En el supuesto de que se volviese a proclamar el estado de alarma y no se pudiera celebrar la fiesta de clausura, los finalistas cobrarían la ayuda igualmente.
CERTAMEN DE LITERATURA.
1. Convocatoria y tema
El Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) convoca este certamen dirigido a jóvenes escritores. Se admite cualquier género literario: narrativa, poesía, artículo periodístico, dramaturgia, ensayo...
El tema de la propuesta presentada tiene que estar relacionado con alguno de los conceptos siguientes:
#pandemia
#confinamiento
#estadodealarma
#covid19
#desconfinamiento
2. Participantes
Pueden participar en este certamen jóvenes nacidos o residentes en las Illes Balears que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2020.
3. Premios
Se establece una dotación total de 4.500,00 € (cuatro mil quinientos euros), que se tiene que repartir de la manera siguiente:
- Se establece una ayuda de 2.000,00 € (dos mil euros) en metálico, que se repartirá a partes iguales entre todos los semifinalistas (hasta un máximo de diez).
- Se establece una ayuda de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros) en metálico, que se repartirá a partes iguales entre todos los finalistas (hasta un máximo de cinco).
El jurado puede proponer que los premios sean declarados desiertos. Todos los finalistas recibirán un diploma.
4. Jurado
El jurado se tiene que formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1). El punto 7.3 indica que los vocales tienen que ser designados entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. En cuanto al Certamen de Literatura, se tienen que elegir entre escritores de prestigio reconocido, críticos literarios de medios de comunicación y un representante de la Asociación de Editores de las Illes Balears. Actuará como secretaria, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.
5. Plazo de inscripción y presentación de la documentación
El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación establecida en el punto 5.4 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24.00h del 30 de septiembre de 2020.
Además de aquesta documentación, cada participante tiene que enviar a la dirección electrónica artjove2020@gmail.com un archivo PDF que contenga la propuesta que presenta a concurso.
6. Condiciones técnicas
El trabajo tiene que ser original, inédito, anónimo y redactado en lengua catalana. Para garantizar el anonimato, el título del archivo tiene que ser obligatoriamente el pseudónimo del participante. En la primera página del trabajo tienen que constar el título de la obra, el género y el pseudónimo. También se puede enviar por correo postal o presentar presencialmente. En estos casos, se tiene que entregar un sobre cerrado que contenga la obra y en que consten el título del proyecto, el género y el pseudónimo del participante.
Si es poesía, la extensión de la obra tiene que ser de un mínimo de 25 versos y un máximo de 100, en uno o más poemas.
Si es teatro, el autor tiene que escribir una propuesta que, representada, dure un mínimo de 5 minutos y un máximo de 10.
Para el resto de modalidades, la extensión tiene que ser de un mínimo de 9.000 caracteres y un máximo de 12.000, espacios incluidos.
Cada participante solo puede presentar una propuesta.
7. Selección y desarrollo
Los miembros del jurado ‒que previamente habrán leído los trabajos presentados‒ se reunirán a puerta cerrada para deliberar, una vez acabado el plazo de presentación de trabajos, y elegirán un máximo de diez semifinalistas.
La semifinal se hará en un acto público, al cual pueden asistir todos los concursantes, en las fechas y en los lugares que oportunamente dé a conocer el Programa Cultural Arte Joven. Durante el acto, actores y actrices del Programa Cultural Arte Joven leerán las diez obras semifinalistas. Se establece una dotación de 2.000,00 € (dos mil euros) que se repartirá a partes iguales entre los semifinalistas.
El público asistente elegirá las cinco propuestas que más le gusten. El resultado de la votación del público será considerado como un voto más del jurado y, por lo tanto, será vinculante. Seguidamente, el jurado se retirará a deliberar y elegirá las cinco propuestas finalistas, teniendo en cuenta el voto del público.
En el supuesto de que se volviese a proclamar el estado de alarma y no se pudiera hacer la semifinal, el jurado elegiría directamente las cinco propuestas finalistas. Igualmente, los semifinalistas cobrarían la ayuda, aunque la fase semifinal no se hiciera presencialmente.
La final tendrá lugar en Palma, en el mes de diciembre, durante la fiesta de clausura y entrega de premios del Programa Cultural Arte Joven, con la lectura dramatizada de las cinco propuestas finalistas. Se establece una dotación de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros) en concepto de ayuda para los artistas finalistas.
En el supuesto de que se volviese a proclamar el estado de alarma y no se pudiera hacer la fiesta de clausura, los finalistas cobrarían la ayuda igualmente.