Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA
Núm. 4984
Expte. Nº 508/2020: Aprobación Modificación de Créditos Nº 03/2020, modalidad de suplemento de crédito para la aplicación del superávit presupuestario de 2019 a política social para hacer frente al COVID-19
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 3 de junio de 2020 por el que se convalida el expediente de modificación de créditos Nº 508/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito para la aplicación del superávit presupuestario.
Convalidar la Resolución de Alcaldía 332 de fecha 27 de mayo 2020 por la que se aprobó el suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para la aplicación del superávit presupuestario, destinado a financiar gastos en Servicios Sociales y promoción social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria de COVID-19, por un importe de 356.000,00€, lo que se publica a los efectos del artículo 20.2 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19:
Altas en aplicaciones de gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
Progr. |
Económica |
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|
Suplemento de crédito |
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2310 |
13000 |
Asistencia social primaria / Personal laboral fijo |
70.000,00€ |
2310 |
16000 |
Asistencia social primaria / Seguridad Social |
21.000,00€ |
2310 |
22105 |
Asistencia social primaria/ Suministro de productos alimenticios |
50.000,00€ |
2310 |
22199 |
Asistencia social primaria / Otros suministros |
15.000,00€ |
2310 |
22706 |
Asistencia social primaria / Servicios profesionales |
20.000,00€ |
2310 |
48900 |
Asistencia social primaria / Transferencias a familias e instituciones sin fines de lucro |
180.000,00€ |
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TOTAL ALTAS GASTOS |
356.000,00€ |
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Altas en conceptos de ingresos
Económica |
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Concepto |
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87000 |
Remanente de tesorería para gastos generales |
356.000,00 € |
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TOTAL FINANCIACIÓN |
356.000,00 € |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Sant Joan de Labritja, 12 de junio de 2020.
El Alcalde,
Antonio Marí Marí