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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 4751
Aprobación definitiva del expte. 006-2020 de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal

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Texto

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, adoptado en fecha 30 de abril de 2020, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, que se hace público: 

Presupuesto de gastos

Altas en aplicaciones de gastos

 

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DENOMINACIÓN

IMPORTE

 

009-1532-619001

Eliminación barreras Arquitectónicas Fase III

228.559,16

 

004-1510-600000

Proyecto Demolición Subsidiaria

62.681,18

 

009-1320-622000

Retén Policía Municipal

172.153,40

 

 

TOTAL

 

463.393,74

Bajas o Anulaciones en Concepto de Ingresos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DENOMINACIÓN

IMPORTE

 

009-1320-622001

Reten en platja de ponent

110.000,00

 

009-1710-600000

Expropiació de Terrenys

353.393,74

 

 

TOTAL

 

463.393,74

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción 

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

Sant Antoni de Portmany, 8 de junio de 2020

 El Alcalde

Marcos Serra Colomar