Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 4709
Acuerdo de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Inca para el año 2020
El Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 28 de mayo de 2020, aprobó la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2020, aprobado por el Ayuntamiento en Pleno en sesión extraordinaria en fecha 12 de diciembre de 2019 y publicado en el BOIB núm. 174 de 28 de diciembre de 2019, en el cual se acuerda:
PRIMERO. Aprobar la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Inca para el ejercicio 2020, según la nueva redacción que se adjunta.
Texto que se modifica (importes i nombres modificados en negrita)
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2020
PREÁMBULO
El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter básico, motivo por el cual todos los Ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones tienen que aprobar su Plan Estratégico de Subvenciones correspondiente.
Hay que tener en cuenta la disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que establece que los planes y los programas relativos a políticas públicas sectoriales que estén previstas en normas legales o reglamentarias tienen la consideración de planes estratégicos de subvenciones y en el plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor del mismo (25 de octubre de 2006), los planes estratégicos de subvenciones o de los planes y programas sectoriales vigentes se adaptarán a aquello establecido en el mismo.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la transparencia que, junto con la gran variedad de instrumentos que se articulan en la Ley, afecta de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.
En este aspecto, una mayor información sobre las subvenciones hará posible eliminar las distorsiones e interferencias que puedan afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las diferentes Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.
Para mejorar la eficacia, en la Legislación se prevé que se proceda a elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones - instrumento de organización de las políticas públicas que tiene como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad púbica - con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.
Por eso, este Ayuntamiento aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones, el articulado del cual figura a continuación.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1.
El establecimiento de subvenciones por parte de este Ayuntamiento durante el periodo de 2020 se ajustará a aquello que prevé este Plan.
Articulo 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá de la inclusión de las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y la aprobación de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión.
Articulo 3.
El establecimiento efectivo de las subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, hecho por el cual las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a estos objetivos.
Articulo 4.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de ningún derecho en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir ninguna indemnización o compensación en caso de que el Plan no se traiga a la práctica en sus propios términos.
CAPÍTULO II BENEFICIARIOS Y MATERIAS EN LAS QUE SE ESTABLECERAN SUBVENCIONES
Articulo 5.
El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con el fin de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de objetivos públicos atribuidos a la competencia local.
Articulo 6.
El Ayuntamiento establece para el año 2020 los siguientes objetivos estratégicos:
1.- Fomento de la cultura: Música, cultura popular, mantenimiento y conservación del cultural del municipio.
2.- Mejorar la calidad educativa.
3.- Ayudar a las familias para cobrar los gastos de material escolar y libros de texto.
4.- Fomento del deporte: Prácticas deportivas, asociacionismo deportivo.
5.- Acción social: Apoyo económico a personas necesitadas, a familias con menores en situación de riesgo, asociacionismo y participación ciudadana.
6.- Fomento de la actividad empresarial y del trabajo.
El anexo I recoge de forma detallada las distintas líneas de actuación de los objetivos estratégicos.
CAPÍTULO III. CONTROL Y EVALUACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO
Articulo 7.
El regidor de cada área gestora efectuará el control del cumplimiento de este Plan durante su periodo de vigencia.
Una vez al año, como mínimo, el regidor de cada área gestora tiene que presentar ante el Pleno una actualización de los planes en una Memoria en la que se contemple, al menos, el grado de cumplimiento del Plan, la eficacia y la eficiencia del otorgamiento de subvenciones en la consecución de los objetivos y los efectos pretendidos y conclusiones, con propuesta de sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de Subvenciones.
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES AYUNTAMIENTO AÑO 2020
(Articulo 8 de la Lei 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones)
1.- Objetivo estratégico: FOMENTO DE LA CULTURA
2.- Objetivo estratégico: MEJORAR LA CALIDAD EDUCATIVA
3.- Objetivo estratégico: AYUDAR A LAS FAMILIAS PARA CUBRIR LOS GASTOS DEL MATERIAL ESCOLAR Y LIBROS DE TEXTO
4.- Objetivo estratégico: FOMENTO DEL DEPORTE
5.- Objetivo estratégico: ACCIÓN SOCIAL
6.- Objetivo estratégico: FOMENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y DEL COMERCIO.
7.- Objetivo estratégico: PRÁCTICAS DEPORTIVAS Y ASOCIACIONISMO DEPORTIVO
Partida presupuesto |
Área gestora |
Beneficiario |
Objetivo Estratégico |
Finalidad |
Objetivo |
Importe |
Fuente financiamiento |
Modalidad |
23101-4820005 |
Asistencia Social Primaria |
Caritas |
Acción social |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Soporte económico personas necesitadas |
100.000,00 |
Propios |
Nominativa
|
23101-4820007 |
Asistencia Social Primaria |
Dentistas sobre ruedas |
Acción social |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Soporte económico personas necesitadas |
3.000,00 |
Propios |
Nominativa |
23102-4820006 |
Entidades sociales
|
Fondo Mallorquín Solidaridad
|
Acción social
|
Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985.
|
Soporte económico personas necesitadas |
20.000,00 |
Propios |
Nominativa |
23102-4820004 |
Entidades sociales |
Entidades Sociales |
Acción social |
Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Soporte entidades sociales |
40.000,00 |
Propios |
Concurrencia competitiva
|
23102-4820001 |
Entidades sociales |
Patronato Joan XXIII |
Acción social
|
Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Soporte discapacitados |
20.000,00
|
Propios |
Nominativa |
23102-4820002 |
Entidades sociales |
Proyecto Joven |
Acción social
|
Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Integración personas jóvenes |
21.000,00 |
Propios |
Nominativa
|
23102-4820003 |
Entidades sociales |
Proyecto Hombre |
Acción social |
Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Integración personas drogodependientes |
3.600,00 |
Propios |
Nominativa
|
23104-4870001 |
Tercera Edad |
Asociaciones tercera edad |
Acción social
|
Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Soporte personas mayores
|
8.000,00 |
Propios |
Concurrencia competitiva
|
32000-4850001 |
Educación |
Ayudas. Fomento libros de texto |
Mejora calidad educativa
|
Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Soporte estudiantes
|
90.000,00
|
Propios |
Concurrencia competitiva
|
32000-4850002 |
Educación. |
Ampas. Escuelas Públicas |
Mejora calidad educativa |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte Padres escuela
|
6,000,00 |
Propios |
Concurrencia competitiva.
|
32000-4850006 |
Educación |
Becas Erasmus |
Mejora calidad educativa |
Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Soporte a estudiantes en el extranjero |
0,00 (subvención suprimida) |
Propios |
Concurrencia competitiva
|
33000-4810001 |
Cultura. Normalización lingüística. Memoria Democrática |
Fundación Teatro Principal |
Fomento de la Cultura |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. Art 25.n. |
Soporte música |
50.000,00 |
Propios |
Nominativa
|
33000-4850003 |
Cultura. Normalización lingüística. Memoria Democrática |
Unión Musical Inquera |
Fomento de la Cultura |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. Art 25.n. |
Soporte música |
0,00 (subvención suprimida) |
Propios |
Nominativa |
33801-4860004 |
Participación Ciudadana y Trasnparencia |
Asociaciones de vecinos |
Acción social |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte ciudadanos |
0,00 (subvención suprimida) |
Propios |
Concurrencia competitiva.
|
33000-4840002 |
Cultura. Normalización lingüística. Memoria Democrática |
Libros de texto en catalán |
Fomento de la Cultura |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte asociaciones culturales |
3.000,00 |
Propios |
Concurrencia competitiva.
|
33900-4850004 |
Juventud |
Grupo Educativo Ambiental |
Fomento de la Cultura |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. Art 25.n. |
Soporte asociaciones educativas |
8.000,00 |
Propios |
Nominativa
|
33900-4850005 |
Juventud |
Alumnos escuelas de verano |
Soporte juvenil |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte juvenil |
0,00 (subvención suprimida) |
Propios |
Concurrencia competitiva. |
33900-4860001 |
Juventud |
Asociaciones y Entidades de Juventud y Tiempo Libre |
Soporte juvenil |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte juvenil |
6.000,00 |
Propios |
Concurrencia competitiva |
34100-4830001 |
Promoción y fomento del deporte |
Clubes deportivos |
Fomento del Deporte |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte deporte |
34.000,00
|
Propios |
Concurrencia competitiva |
34100-4830002 |
Promoción y fomento del deporte |
Deportistas individuales |
Fomento del Deporte |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte deporte |
15.000,00 |
Propios |
Concurrencia competitiva |
34100-4830003 |
Promoción y fomento del deporte |
Club Deportivo Constancia |
Fomento del Deporte |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte deporte |
50.000,00 |
Propios |
Nominativa |
34100-4830004 |
Promoción y fomento del deporte |
Club Deportivo Juventud Constancia |
Fomento del Deporte |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte deporte |
50.000,00
|
Propios |
Nominativa |
34100-4830005 |
Promoción y fomento del deporte |
Club Basquet Sa Creu |
Fomento del Deporte |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte deporte |
20.000,00 |
Propios |
Nominativa
|
43300-4860003 |
Innovación y Empresa |
Nuevos Emprendedores |
Fomento del Trabajo |
Bases de nuevos emprendedores 2016, BOIB 13 de febrero de 2016 |
Soporte nuevas empresas y autónomos |
0,00 (subvención suprimida) |
Propios |
Concurrencia competitiva |
SEGUNDO. Que el Plan Estratégico de Subvenciones modificado se publique en el Boletin Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Inca, 29 de mayo de 2020
El Alcalde Virgilio Moreno Sarrió