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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 4716
Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se traslada y se incrementa el crédito previsto en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 17 de mayo de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para inversiones en puertos pesqueros, lugares de desembarco, lonjas y anclajes

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Texto

El 23 de mayo del 2019 se publicó en el BOIB núm. 69 la Resolución del presidente del FOGAIBA de 17 de mayo de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para inversiones en puertos pesqueros, lugares de desembarco, lonjas y anclajes.

Dicha resolución prevé un total de cinco convocatorias y destina a la primera convocatoria ciento cincuenta mil euros (150.000,00 €), mientras que el resto de convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas. También establece que, si una vez finalizado cualquiera de los periodos no se ha agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de estos, la cantidad no aplicada debe trasladarse al periodo siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, es decir, el vicepresidente en materia de pesca del FOGAIBA, que debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

El 6 de marzo del 2020, mediante Resolución del vicepresidente en materia de pesca del FOGAIBA publicada en el BOIB núm. 31, de 12 de marzo, se trasladó el crédito remanente de la primera convocatoria, por importe de 23.408,47 €, a la segunda convocatoria.

De acuerdo con el informe del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca de fecha 21 de mayo de 2020, una vez resuelta la segunda convocatoria se determina que existe un crédito sobrante por importe de diecisiete mil novecientos treinta y nueve euros con diez céntimos (17.939,10 €), que se puede trasladar a la tercera convocatoria.

Por otra parte, el artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, establece que los órganos superiores podrán avocar para sí mismos el conocimiento de un asunto cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente. De acuerdo con ello, en este momento, por motivos de simplificación y agilidad en la tramitación del procedimiento, es conveniente avocar la competencia para trasladar los créditos a la tercera convocatoria.

Finalmente, considerando que esta línea de ayudas está en proceso de tramitación, que la demanda de ayudas ha sido superior a la prevista inicialmente y dada la disponibilidad presupuestaria, es necesario incrementar la dotación económica inicialmente prevista.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Incrementar en cincuenta mil euros (50.000,00 €) el crédito destinado a las convocatorias de ayudas previstas en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 17 de mayo de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para inversiones en puertos pesqueros, lugares de desembarco, lonjas y anclajes, publicada en el BOIB núm. 69, de 23 de mayo del 2019, por lo que queda destinado un crédito final a esta línea de ayudas de doscientos cincuenta mil euros (200.000,00 €).

Segundo

Trasladar a la tercera convocatoria de subvenciones prevista en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 17 de mayo de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para inversiones en puertos pesqueros, lugares de desembarco, lonjas y anclajes, el crédito remanente de la segunda convocatoria por importe de 17.939,10 € más la cantidad correspondiente al incremento.

El crédito final que queda destinado a la tercera convocatoria es de sesenta y siete mil novecientos treinta y nueve euros con diez céntimos (67.939,10 €).

Dichas ayudas son cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en un 75% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB) en el 25% restante.

Tercero

Esta resolución se debe comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 8 de junio de 2020

La presidenta del FOGAIBA

María Asunción Jacoba Pía de la Concha García-Mauriño